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mi bandera, dos tibias cruzadas y una calavera siempre perseguirá a los emblemas de los bancos

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Elwuan 27/09/10 16:49
Ha respondido al tema MBNA y la práctica de la Usura parte 1ª
amortizaciones negativas Una negativa escribe apagado es el contrario de una amortización. Es decir, es término usado para referir a una cantidad del pago excesivo que no sea consolidada al individuo o la organización que tiene pagó en exceso en una demanda. Las amortizaciones negativas se pueden considerar a veces como actividad fraudulanta debido al hecho de que las que pagan en exceso una demanda o una cuenta no son informadas que tengan pagaron en exceso y no están dadas ninguna ocasión de reconciliar su pago excesivo o de ser consolidado. Algunas instituciones tal Muchas personas sostienen que el período de amortización de una deuda hipotecaria de cerrado es más largo que el de las tarjetas de crédito. Pero, con tasas de penalización y las tasas de interés enclavada en la composición, muchos consumidores están quedando atrapados en la espiral de "amortización negativa", que es lo que los reguladores lo llaman cuando los consumidores realizar pagos, pero los saldos siguen creciendo debido a los costos pena. Las nuevas leyes de bancarrota obligado a las compañías de tarjetas de crédito para duplicar sus pagos mínimos, pero eso no es suficiente para reducir el principal con la suficiente rapidez para que la gente pagar sus saldos de manera oportuna. En cambio, los saldos siguen creciendo. Por lo tanto, tiene sentido seguir adelante y utilizar el valor de su casa para poner fin a este ciclo mediante el pago de tarjetas de crédito con una segunda hipoteca cerrado. La Amortización Negativa - Ocurre cuando los pagos mensuales no cubren todo el costo de interés. El costo del interés que no es cubierto se suma al saldo vivo del principal. Esto implica que aún después de hacer muchos pagos, usted podría deber más de lo que debía al principio del préstamo. La amortización negativa podría ocurrir cuando el tope del préstamo ARM produce un pago mensual insuficiente para cubrir el interés adeudado o cuando el pago mínima está fijada en una cantidad menor al monto adeudado en intereses. Definir características La amortización negativa ocurre solamente en los préstamos en los cuales el pago periódico no cubre la cantidad de interés debida para ese período de préstamo. El interés acrecentado sin pagar entonces se capitaliza mensualmente en el equilibrio principal excepcional. El resultado de esto es que el equilibrio del préstamo (o el principal) aumenta en la cantidad del interés sin pagar sobre una base mensual. El propósito de tal característica está lo más a menudo posible para la tesorería y/o más simplemente la flexibilidad avanzadas del pago, pero no aumentar affordability total. Neg-Ams también tiene qué se llama un período modificado y un casquillo principal modificado del balance basados en la legislación federal y del estado. El período modificado es generalmente 60 meses (5 años). El casquillo principal modificado del balance (también sabido como el “límite del neg”) está generalmente hasta un aumento del 25% del equilibrio amortizado del préstamo sobre la cantidad original del préstamo. Los estados y los prestamistas pueden ofrecer a productos con menos períodos modificados y los casquillos principales del balance; pero no puede publicar los préstamos que exceden su estado y requisitos legislados federales bajo pena de la ley. Se ha introducido una más nueva opción del préstamo que permite un término de préstamo de 40 años. Esto hace el pago mínimo incluso más bajo que un término comparable de 30 años. Circunstancias típicas Todos los préstamos caseros de NegAM requieren el reembolso completo del principal y lo interesan eventual según el término original de la hipoteca y de la nota firmadas por el prestatario. La mayoría de los préstamos permiten solamente NegAM suceda por no más de 5 años, y tienen términos “modificados” (véase abajo) el pago a un horario completamente de amortización si el prestatario permite que el equilibrio principal se levante a una cantidad especificada primero. Este préstamo se escribe a menudo en altas áreas del coste, porque los pagos de préstamo mensuales serán más bajos que cualquier otro tipo de instrumento del financiamiento. Los préstamos de la amortización negativa pueden ser préstamos de riesgo elevado para los inversionistas inexpertos. Estos préstamos tienden para ser más seguros en un mercado de la tarifa que cae y más riskier en un mercado de levantamiento de la tarifa. Las tarifas del comienzo en préstamos de la opción del pago de la amortización negativa o del mínimo pueden ser tan bajas como el 1%. Ésta es la tarifa del pago, no el tipo de interés real. La tarifa del pago se utiliza para calcular el pago mínimo. Otras opciones mínimas del pago incluyen 1.95% o más
Elwuan 27/09/10 16:26
Ha publicado el tema MBNA y la práctica de la Usura parte 1ª
Elwuan 01/08/10 12:55
Ha publicado el tema MBNA el fraude, la usura en contrato simulado de mutuo préstamo/crédito y las malas prácticas bancarias
Elwuan 23/06/10 23:51
Ha respondido al tema Las malas prácticas bancarias de MBNA
No te van a contestar te lo aseguro,pero bueno es preceptivo espero que fundamentes bien tu escrito al Servicio de Reclamaciones Mucha Suerte
Elwuan 23/06/10 23:47
Ha respondido al tema Las malas prácticas bancarias de MBNA
Estimado amigo: Mucho se ha hablado últimamente de la cláusula del suelo. El hecho de tener esta cláusula en el contrato de la hipoteca hace que el cliente no pueda beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés, al establecer un mínimo a pagar por la hipoteca. Pero, ¿qué alcance tiene esta clausula? Concretamente, afecta al 29% de los hipotecados. Estos datos son resultado de un informe del Banco de España, elaborado a petición del Senado, siendo calificadas por el banco central como “un factor que favorece la estabilidad financiera, elemento de interés público”, aludiendo al contexto económico desfavorable. Esta cláusula, que ha sido criticada con fuerza por las asociaciones de consumidores, abogando directamente por suprimirla, lleva tiempo siendo centro de atención en el mundo hipotecario. A pesar de existir desde hace mucho tiempo, ahora ha cobrado más protagonismo por el contexto de tipos de interés bajos, donde se aplica con más asiduidad. El estudio, elaborado por una entidad fiable, ha tenido en cuenta datos de quince bancos, treinta cajas de ahorros, dos cooperativas de crédito y un establecimiento financiero de crédito. Una lectura de los resultados indica se obliga a pagar al cliente como mínimo, de media, un 3,12% de tipo de interés, cuando éstos se sitúan en la zona euro muy por debajo de esa cifra, en el 1% desde mayo de 2009. Además, trece de las entidades usan sistemáticamente la cláusula del suelo, si bien cuatro de ellas no aplican la cláusula opuesta, conocida como “techo”, que fija un interés máximo a pagar por el hipotecado y que por tanto, corre de su parte. Estos datos son esclarecedores de la situación del suelo hipotecario, pero su aplicación, actualmente es legal. Si bien es cierto que los consumidores se han quejado en repetidas ocasiones, el organismo que dirige Miguel Ángel Fernández Ordóñez justifica esta clausula en favor de “el coste medio para los clientes bancarios del crédito hipotecario a lo largo de la vida del contrato, de la estabilidad del sistema financiero y de la accesibilidad a largo plazo de la población al mercado de la vivienda”. Solución: subrogación En cuanto a aquellos que tienen en su contrato cláusula del suelo, la única solución posible para deshacerse inmediatamente de ella, es subrogar su hipoteca a otro banco o caja que ofrezca un crédito hipotecario sin dicho mínimo al tipo de interés. Esta operación, que tiene algún requisito, como es, en muchos casos, que la hipoteca que se abandona lleve constituida al menos cinco años, mejora casi siempre las condiciones del cliente. Siempre que se reduzca el tipo de interés a pagar o se eliminen clausulas que entorpecen la bajada del tipo. Además, actualmente muchos bancos pagan los gastos de subrogación, único coste que implica el cambio de entidad en la tenencia de la hipoteca. iBanesto, por ejemplo, ofrece una hipoteca de subrogación con un tipo de interés del 0,38%, sin suelo, aunque exige contratar un seguro del hogar, de una tarjeta de crédito, la domiciliación de la nómina y de recibos. No tiene gastos de subrogación. Además, hay otras hipotecas de subrogación interesantes. De momento las cosas están así, pero particularmente pienso que es una condición abusiva por no mantener un justo equilibrio entre los parámetros suelo/ techo y deja muy al libre albedrío la postura de las entidades financieras Un saludo
Elwuan 23/06/10 16:01
Ha respondido al tema Las malas prácticas bancarias de MBNA
evidentemente que si,pero para basarnos en la Ley que mencionas se ha de desarrollar el principal meollo de la cuestión y ese no es otro que el sistema de amortización negativa de los préstamos ya sean al consumo,personales de tarjeta de crédito o hipotecarios, que MBNA concede y que al incumplir el pago de una sola cuota ya entras en una espiral donde en aplicación de ese sistema de amortización negativa nunca terminarías de pagar. Existen variadas resoluciones Judiciales que mantienen que ese sistema contable es fraudulento e intrínsecamente de inadecuada aplicación. Yo evidentemente mantengo que MBNA practica la usura.
Elwuan 01/06/10 18:52
Ha respondido al tema Las malas prácticas bancarias de MBNA
Estimado Cajero: Abrí ese hilo como modelo de una información a las prácticas surrealistas y usurarias que utilizan muchos bancos y entidades financieras. ¿Que como es posible que haya ayudado a impres? pues mira igual que podría haberte ayudado a ti. Impres me mandó un mail muy correcto y educado dándome las gracias por la información y en relación en que si conocía o no sus necesidades debo de manifestarte que para nada,colgué un hilo, impres hizo una pregunta y yo le contesté. Verás cajero y lo digo sin ninguna acritud,no todos los "picapleitos " como denominas a los que honestamente ejercemos esta profesión nos mueve el dinero. Como en todas los hay honestos y deshonestos, me imagino que como en la tuya, no es bueno generalizar ni dejarse guiar por equivocas impresiones. Yo tengo mi trabajo y cobro por ello no necesito al cabo de casi 30 años de ejercicio promocionarme y no vendo nada es más me ofrecí privadamente a impres a ayudarla TOTAL Y ALTRUISTAMENTE como lo haría con cualquiera. No tengas la menor duda de que si tu un día tienes un problema y como alguien dijo hay gente que no reclama porque le sale muchos más caro los servicios de un letrado que tragarse una injusticia aquí tienes uno que te ayudaría y gratis. Un saludo Jesús
Elwuan 31/05/10 14:22
Ha respondido al tema Las malas prácticas bancarias de MBNA
Mira en realidad es un informe Jurídico donde se ponen de manifiesto las malas prácticas bancarias y legales de MBNA, nos lo pidió una cliente para tener la certeza de que estaba obrando bien oponiéndose al pago por entender que bajo nuestro criterio MBNA traspasa los límites de la Usura. No es una contestación a un monitorio es una base a la contestación o a la interposición de una demanda. Espero haberte ayudado y si tienes dudas me mandas un correo a elwuan@hotmail.com Salu2
Elwuan 28/05/10 14:03
Ha publicado el tema Las malas prácticas bancarias de MBNA
Elwuan 18/05/10 14:19
Ha respondido al tema Problema con Citibank
Hola Impres. No cuentas el detalle o concepto por el que te cargaron esos gastos aunque presupongo que por la manera de actuar de esta entidad supongo que se corresponderán con gastos de devolución de cuota impagada y los consiguientes por reclamación de deuda. Bien bajo esta primera premisa te diré que ninguno de los dos son acordes a derecho a priori es decir los gastos repercutidos siempre deben de corresponder a gastos acreditados o justificados y así lo determina el principio Jurídico de la realidad remunerada. Si la entidad no te ha enviado fehacientemente ya sea mediante buro fax o telegrama reclamandote la deuda y justificando el gasto ocasionado tienes el camino allanado para poder reclamar. De cualquier manera y en base a mi experiencia profesional en el sector bancario (Asesoría Jurídica) Citi nunca te planteará una demanda porque sus contratos o parte de su clausulado no tiene desperdicio legal por donde cojerlo en cuanto a la abusividad y ya me dirás a donde van a presentar una demanda para que un Juez vea ese contrato y encima les meta la del pulpo por abusivas (ya de por si las tiene anuladas varias clausulas de sus tarjetas de crédito aunque las siguen aplicando). Bien de acuerdo con R.Sanjose no te pueden negar esos extractos pues ellos están a tus expresas órdenes de hacer en tanto en cuanto eres mandante de la entidad para ese tivo de operaciones. Solicitalo mediante un Buro Fax a sus oficinas centrales y si no te lo mandan pues deberás de interponer una reclamación ante su servicio de atención al cliente y con seguridad pues te lo desestimarán al Servicio de reclamaciones del Banco de España. La interposición de un acto reclamatorio suspende las acciones a posteriori hasta su resolución. En cuanto a la posibilidad de consignar el dinero puedes hacerlo y en los juzgados de primera instancia te informaran de como, pero ya te digo yo no me complicaría tanto la vida simplemente un burofax oponiendote a sus pretensiones en cuanto a esos gastos en tanto en cuanto no te los acrediten Si necesitas más información te dejo mi mail elwuan@hotmail.com un saludo Jesús Palau PD. eso sí preparate a un incesante acoso de llamadas pero para eso esta la Agencia española de protección de datos amigo y ahí les han dado muchas veces.
Elwuan 14/05/10 13:47
Ha publicado el tema Cancelación anticipada y unilateral de préstamos hipotecarios por los bancos
Elwuan 20/04/10 20:54
Ha respondido al tema La ilegalidad de las comisiones de descubierto. Por Jesús Palau Espinosa Abogado Mercantilista
Una entidad bancaria jamás negociará contigo el cobro de una comisión de descubierto es una teta demasiado grande como para no chupar de ellas están ilegitimadas por Audiencias y Juzgados y las siguen aplicando la cuestión es la cantidad, claro si te clavan 30€ ¿como vas a ir a un Juzgado en solicitud de que te anulen ese cargo? De ello se valen pero date una vuelta por internet y mira en que situación están esas comisiones. Saludos el wuan
Elwuan 09/11/09 15:16
Ha respondido al tema Comisiones de descubierto: Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante
Estamos absolutamente de acuerdo en que el adelanto de fondos por parte de una entidad financiera a sus clientes es un acto que podría entenderse como de buena fé al objeto de que el cliente pueda atender en plazo pero sin saldo sus necesidades financieras,desde esa premisa lo veo perfecto y me parece lícito que por ese adelanto de fondos se le cobren al prestatario del servicio unos interéses. Ante la evolución de la situación económica, el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo (BOE 31 de marzo) ha modificado el tipo de interés legal del dinero establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para este año y que ascendía al 5,5%. Así pues, el 1 de abril entró en vigor un nuevo tipo de interés legal del dinero, que queda fijado en el 4%. Ahora bien estamos hablando del incumplimiento de pago de una obligación que le corresponde al cliente al cual la entidad puede cobrarle perfectamente no ese interés legal si no el de demora 9.50%y para el primer semestre del 2009,y el 8% para el segundo semestre. Lo que la meritada Sentencia entiende basandose en la Doctrina del Tribunal Supremo es que "la demora en el pago y cumplimiento de la obligación se retribuye mediante esos intereses de demora nunca bajo la via de las comisiones. Está claro que aplicar esos intereses de demora y a su vez una comisión por descubierto supone un doble recobro injustamente enriquecedor para la entidad. Sabemos que el interés de demora legal está regulado por ley,pero las comisiones son libres. En ese tema es en el que se le dá la razón al apelante en la sentencia,no en que no pague los interéses si no en que no tenía obligación de soportar unas comisions que carecian de causa por no corresponde a ningún servicio prestado.
Elwuan 07/11/09 15:19
Ha respondido al tema Comisiones de descubierto: Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante
Hola bético,no se trata de las cantidades,o de que se tenga más o menos dinero,se trata de defender unos derechos sobre una base legal. Piensa que si todos aceptamos lo que está declarado ilegítimo y dejamos que nos sigan pisando y cribando las cuentas con gastos y comisiones que carecen de legitimidad jurídica para ser aplicadas estaremos amparando un enriquecimiento injusto de las entidades financieras en detrimento de los usuarios o consumidores de los servicios bancarios. Un saludo
Elwuan 07/11/09 13:24
Ha publicado el tema Comisiones de descubierto: Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante
Elwuan 03/11/09 19:32
Ha respondido al tema ¿Es lícito que una entidad bancaria cobre comisión por cada recibo pendiente?
Muchisimas amigo Mariachi,no solo por las comisiones de desubierto, si no por las denominadas de reclamación de posiciones deudoras o por el indebido cobro de las comisiones de devolución cuando te devuelven un talón,mira me llamó la atención el ejemplo que puso una Jueza del Juzgado nº 12 de 1ª Instancia de Madrid en la que un empresario reclamo los gastos que le cobraba una entidad financiera y basó su pretensión en que ya le cobraban por efectuar el ingreso que es el verdadero servicio,pero joder con perdón ¿no es ya suficientemente penalizador que encima del perjuicio que te ocasiona la devolución de un efecto encima te vuelvan a cobrar por ello? La jueza en cuestión declaro en el fallo que fué favorable a este empresario que el doble recobro de esa comisión de devolución equivaldría a ir al cine, pagar por ver la película y al salir te volvieran a cobrar. Las comisiones cualquier tipo de ellas deben de responder a unos servicios prestados,si no hay servicio no ha lugar a la comisión.
Elwuan 03/11/09 19:25
Ha respondido al tema ¿Es lícito que una entidad bancaria cobre comisión por cada recibo pendiente?
Mira eso es un tema relativamente sencillo y digo relativamente,porque ya he expuesto mi criterio sobre los vendidos ¿defensores del cliente? y mi opinión sobre el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Como mandante que eres al respecto de tu entidad bancaria,la misma nunca puede ir en contra de las expresas órdenes de hacer de su cliente,ahora bien ¿que hacer? El artículo 1.172 del Código Civil sobre la imputación de pagos dice:"el que tuviere varias deudas de la misma especie en favor de un solo acredor,podrá declarar al tiempo de hacer el pago a cual de ella debe de aplicarse. Te sugiero que cuando vayas a efectuar un depósito hagas mención al destino del mismo es decir te haces un escrito donde ponga tus datos personales tu nº de cuenta y dices:que la cantidad ingresada va destinada al pago de........ y no hay necesidad de consignar nada. El banco te da un resguardo que denominan boleta y ahí debe de poner el destino de tus fondos si no lo cumplen pues al coñazo de reclamar pero almenos con garantias. Un abrazo Un abrazo
Elwuan 03/11/09 19:13
Ha respondido al tema ¿Es lícito que una entidad bancaria cobre comisión por cada recibo pendiente?
Cajero tienen su significado para mi nada más. elwuan
Elwuan 03/11/09 18:27
Ha publicado el tema La ilegalidad de las comisiones de descubierto. Por Jesús Palau Espinosa Abogado Mercantilista
Elwuan 03/11/09 17:05
Ha respondido al tema ¿Es lícito que una entidad bancaria cobre comisión por cada recibo pendiente?
Eso dependerá de lo que tengas pactado en contrato, a priori si me parece lícito que te cobren unos intereses de demora,lo que tu llamas suplidos normalmente se conocen como gastos de reclamación de posiciones deudoras y estos solamente pueden cobrartelos si te acreditan que la devolución del recibo o efecto les ha ocasionado algún gasto a la entidad financiera que te pueda repercutir,en cuanto a los 18€ pues no lo veo nada claro,ten en cuenta que normalmente estas cuestiones se pactan en contrato pero claro nos encontramos con unos documentos que son de adhesión y o aceptas o nada,no obstante,te dejo mi mail y me lo explicas más detalladamente. Un saludo Jesús Palau Espinosa elwuan@hotmail.com
Elwuan 05/01/06 21:38
Ha respondido al tema La ilegalidad de las comisiones de descubierto 1ª parte
La reclamacion por descubierto es otro concepto a parte de la comision por descubierto. Se suele establecer cuando dejas la cuenta en descubierto màs de 15 dias. Lo tocaremos en otro momento es tambien una situacion en las que los bancos cometen un sinfin de irregularidades, no se discute su legitimidad pero si los tèrminos en los que la aplican.
Elwuan 05/01/06 16:24
Ha publicado el tema La ilegalidad de las comisiones de descubierto 1ª parte
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