El informe Deloitte hace referencia a la ley 13/1985, pero si se lees el folleto esta emisión de obligaciones se hace al amparo de la ley 211/1964, y esta en su articulo 4 dice que si se dejan de abonar dos cupones, se considerará vencida la obligación, y se podrá reclamar los intereses y el principal.
No soy abogado, por ello espero comentarios para centrar el tema.
Tal vez por ello dice "enriq" que es una emisión para vips de Bancaja