Al que dice que no puede ver su saldo, el problema es que no funciona el acceso web a las cuentas desde que les revocaron la autorización en febrero.
Aquí el problema es que puede que muchos clientes no sepan cuál era su saldo final.
En mi caso, yo conozco mi saldo, que era menor que 15 euros. Me temo que no me lo devuelven porque me han debido aplicar la comisión de 15 euros de la que habláis y por tanto me debí quedar en negativo sin saberlo. Como no me responden nada (salvo el email donde dicen que están procesando mi solicitud), ni siquiera sé qué reclamar.
¿Alguien sabe si la retrocesión de la comisión de 15 euros se la han aplicado a todos los clientes, o sólo a los que han protestado?
Creo que las autoridades españolas deberían obligar a Younique a enviar a todos los clientes los movimientos del último año y el saldo final, para que el que no esté conforme pueda reclamar.
Yo envié la solicitud con la documentación el día 11-feb y no he recibido contestación alguna. ¿Es posible que a los que tuviéramos saldos pequeños (menos de 20 euros) no nos estén contestando, pues total es improbable que les llevemos a juicio por esas cantidades, y así se las ahorran? ¿Hay más gente en este caso?
¿A alguien le han llegado los vales para dos lavados en gasolineras Repsol que ofrecían este verano si repostabas más de 200 euros con la tarjeta Solred?
A mí no me han llegado. Las he reclamado en el 902 de Solred y estoy esperando respuesta.
Sólo quería saber si ahora que otras personas no te pueden hacer pagos a tu tarjeta Paypal mediante transferencia, si había otra forma de hacer este tipo de pagos (no por transferencia, sino via Mastercard directamente). Pero parece ser que mi idea no es viable. Entiendo que a partir de ahora, para que otra persona te haga un pago a tu Paypal-prepago, tiene que ser forzosamente usuario de Paypal.
Ya, pero no creo que el que me va a hacer el pago tenga tarjeta Paypal. Sería más cómodo si cualquier comercio que admita Mastercard pudiera simplemente hacerme el pago dándole el número de mi tarjeta Paypal, lo mismo que cuando yo soy el que hace un pago en un comercio, no hay problema en cobrarme a mí.
Otro cambio de condiciones, a peor cómo no:
"Por motivos de seguridad, a partir del lunes 20 de noviembre de 2014, la recarga por transferencia solo podrá realizarse desde una cuenta bancaria cuyo ordenante sea el titular de la tarjeta que se recarga. Las transferencias provenientes de ordenantes diferentes al de la tarjeta serán devueltas en el plazo máximo de 3 días hábiles."
¿Quiere esto decir que no me pueden enviar pagos a mi tarjeta si le doy el número de la tarjeta a quien me va a hacer el pago?
Pues no hice la recarga desde Paypal porque en ese momento no tenía saldo Paypal.
Pero al final he llamado a Paypal al 900801665 y me han preguntado por el remitente del email publicitario. Les he dicho que el remitente era "[email protected]" y entonces han decidido "excepcionalmente" abonarme ellos mismos los 5 euros en saldo Paypal.
Así que muchas gracias por el consejo!
Y los que hemos comprado estas obligaciones hace menos de un año, me temo que tendremos que declarar la amortización como ganancia patrimonial generada en menos de un año, por tanto nos la clavarán al tipo marginal del IRPF. ¿Correcto? :(
Expongo un caso similar, que puede ser frecuente.
Una persona residente en la Comunidad de Madrid que no tiene hijos, ni ascendientes, pero tiene 3 sobrinos: uno de un hermano ya fallecido y otros dos de un hermano vivo.
Ha puesto en el testamento que sus bienes se repartan equitativamente entre los tres sobrinos, es decir, que hereden lo mismo cada uno de los tres, independientemente de que sus padres hayan fallecido antes o después.
Si lo reparten así sin más, ya sabemos que Hacienda cruje a los sobrinos, por ser parientes del grupo III, y aplicárseles el coeficiente corrector del 1,5 o más.
Para evitar esta circunstancia, ¿no podrían los sobrinos del hermano vivo renunciar a la herencia en favor de su padre, que al ser hermano del causante tendría un coeficiente corrector de 1,0, en la confianza de que en el futuro heredarán de todos modos, pero entonces ya con un 99% de exención?
Es que la diferencia sería entre pagar al final un 30%, o bien un 45%.
Como pronosticar es gratis, voy a hacer un pronóstico deportivo y otro económico:
- El Mónaco compra a Falcao al Atleti por 60M, y al año que viene, el Mónaco se lo vende al Madrid por 70M.
- Alguna operadora europea compra Telefónica por 60.000M, y al año que viene, la operadora se lo vende a AT&T por 70.000M.
No se puede luchar contra el mercado. O por lo menos, no contra el mercado único europeo.
Ese es el mismo que decía Lorenzo, y le veo eso, que está en dólares, lo mismo que la mayoría de los ETFs "exóticos".
Por eso ando yo buscando alguna manera de cubrirme a largo plazo ante una posible devaluación del dólar respecto al euro, por aquello de que los americanos no hacen más que imprimir dólares, y eso a la larga se tiene que notar, creo yo.
Cuando dices que está cubierto el riesgo divisa, imagino que te refieres a la divisa local. Pero este ETF está denominado en USD. ¿Alguien sabe cómo se podría uno cubrir ante la posibilidad de que baje el dólar respecto al euro, a largo plazo (más de 10 años)?
Lo pregunto porque si por ejemplo este ETF subiera un 40% en 10 años, pero el dólar en el mismo período perdiera un 20% respecto al euro, nuestra ganancia en euros sería sólo del 20%, ¿verdad?
A mí también me gustaría poder operar en la Bolsa de Madrid desde flatex, si las comisiones fueran razonables.
Pero según dice aquí: https://www.flatex.de/handel/wertpapierhandel/usa-europa.html
las bolsas disponibles desde flatex son:
"USA, Kanada, Österreich, Schweiz, Frankreich, Italien, Belgien, Portugal und die Niederlande".
Igual si vieran que hay interés por parte de los inversores, podrían habilitar la posibilidad de operar con acciones del Ibex.