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Dijote

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Dijote 08/03/13 16:11
Ha respondido al tema Duda cantidad a consolidar a los 67 años para disfrutar de renta vitalicia
Hace muchos años cuando empezaba en esto de los seguros,planes de pensiones ect.. tuve un profesor que me dijo una frase que nunca se me olvida, nunca pongas todos los huevos en un solo cesto. siguiendo con estas palabras y si me lo permites, yo miraria de dividir las aportaciones que puedas realizar a planes de pensiones. es decir pongo como ejemplo si aportas 150 euros mensuales al plan de pensiones, yo aportaria 100 al plan de pensiones y 50 a un plan de ahorro jubilacion. con la finalidad de que los intereses que genere el plan de jubilacion, me puedan servir para compensar la fiscalidad en el momento de percibir la prestacion del plan de pensiones, con lo que por un lado he conseguido un ahorro fiscal ( plan de pensiones) y por el otro poseo liquidez inmediata del plan de jubilacion. No olvides que las desgrabaciones de los planes de pensiones no son mas que un defirimiento de pago de impuestos. Si es cierto que el plan de pensiones cobrado en forma de capital, puede ser perjudicial en el momento del debengo, pero eso esta supeditado a la situacion que tengas en ese momento, y por otro lado es conveniente saber que las prestaciones de los planes de pensiones en forma de renta hoy por hoy tributan como rendimiento del trabajo, con lo que si la pension de jubilacion que se cobra es alta + la pension del plan de pensiones, te puedes encontrar que al final tributes mucho mas de lo que tributarias si cobras todo el capital, evidentemente todo esto son hipotesis y fantasias, ya que solo cuando se tenga que tributar por que te has jubilado es cuando a ciencia cierta tendras que ver que opcion cojer. un saludo.
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Dijote 08/03/13 15:53
Ha respondido al tema Cambio de compañia de seguro de coche
En principio estoy deacuerdo contigo en que lo mejor es negociar siempre antes de pagar, ahora bien tambien existen acuerdos entre compañias y empresas privadas ( no relacionadas con el mundo de los seguros), por los que se pactan una primas determinadas, es decir seguramente Ford España y la cia Axa España, han pactado unas primas determinadas si al comprarte un coche te incluyen el seguro, estos acuerdos no se pueden denominar descuentos promocionales, ya que las primas que se pactan obedecen a un acuerdo privado entre ambas, en estos casos no existe lo que se denomina limado de descuentos, que es lo que te explicaba anteriormente. Sobre la segunda parte de lo que indicas, si la compañia que sea te comunica con 2 meses de antelacion la prima que vas a pagar en el proximo vencimiento, y tu no contestas por escrito que no estas deacuerdo con la prima de renovacion, se entiende que al no contestar estas dando conformidad a dicha subida, si intentas anular la poliza pasado esos dos meses con anterioridad al vencimiento, es posible(no siempre se hace), que la compañia te reclame judicialmente la prima. El tema de los descuentos es muy escabroso, dado que las compañias no estan obligadas a realizar ningun tipo de descuento ( comercial o de siniestralidad), con lo que el cliente puede elegir libremente donde asegura sus riesgos. No olvidemos nunca que las Compañias de seguros son entidades con animo de lucro y por tanto cuando hacemos un seguro estamos firmando un contrato, donde ambas partes reconocen diferentes clausulas. un saludo.
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Dijote 07/03/13 21:44
Ha respondido al tema Cambio de compañia de seguro de coche
Buenas Tardes, lo mas habitual es que no desaparezca el descuento comercial/promocional, en un solo año. La practica habitual es que cada año desaparezca una parte, ( siempre y cuando no se tenga siniestralidad). la mayoria de compañias prorratean el descuento entre 4/5 años. Es decir cada año te suben un porcentage que retraen del descuento, mas la subida de primas que puedan aplicar ese año. Por ejemplo; si entraste con un 40% de descuento promocional, cada año te restaran un 10% de ese descuento mas la subida de prima del año, con lo que te puedes encontrar que el seguro del coche te suba un 15% anual desde la entrada en esa cia. Otro caso es que tengas siniestralidad ( mas de un siniestro en un año) te puedes encontrar que quiten el descuento promocional de golpe, mas la subida de prima del año,mas la perdida de bonificacion, con lo que en un solo año te pueden subir la prima hasta un 60% ( perdida de desct. comercial 40%+subida del año 5%+perdida de bonificacion 15% = 60%. Por otro lado, los historiales siniestrales no pueden aparecer en las polizas, dado que asi lo prohibe la ley de proteccion de datos, ahora bien si puede aparecer (segun compañias)el nivel de bonus/malus, que esa compañia aplica, que no tiene por que ser igual, que el de la compañia que procedes. Lo que si estan obligadas por ley es a que en sus condiciones generales, se explique como calculan el bonus /malus de sus polizas ( solo en el ramo de auto). espero haberte resuelto la duda. un saludo.
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Dijote 04/03/13 21:53
Ha respondido al tema Duda cantidad a consolidar a los 67 años para disfrutar de renta vitalicia
por lo que indicas que te quedan 22 años, deduzco que tienes en la actualidad unos 45 años, que posees un plan de pensiones, el tema de la rentabilidad media es dificil de calcular, ya que no sabes como va ha evolucionar los mercados economicos, a no ser que poseas alguna garantia de tipo de interes, ( lo cual dudo, ya que los PPI)por ley no pueden dar un tipo garantizado. para poder hacer un calculo actualmente, de lo que deberias aportar, y/o suponiendo, que alcanzases unos derechos consolidados, por el importe que indicas. Juega el tema de que fiscalidad te aplicaran en la fecha del debengo, es decir, no te olvides que todas las aportaciones que realizas y que te descuentas en el irpf, al final debes cotizar en el irpf del año en el que cobres el debengo, por tanto y a mi entender te pueden hacer muchos calculos y muchos proyectos, pero al final es imposible saber que vas a cobrar, piensa que los calculos/proyectos que recibas hoy no seran fiables, ya que influye ( la fiscalidad, los tipos de interes de la fecha), la unica forma de poder hacer un calculo fiable, es decir saber cuanto debes aportar mensualmente para obtener un capital al final, es realizar aportaciones a un plan de ahorro/jubilacion, ya que este si establece un interes al inicio del contrato hasta el final, no esta sujeto a los vaivenes del mercado, y dado que no es deducible fiscalmente, ( si la ley no cambia) solo tributa fiscalmente los rendimientos obtenidos. se que a lo mejor me he enrrollado un poco pero, no me se explicar mejor. un saludo.
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Dijote 04/03/13 21:38
Ha respondido al tema Duda cantidad a consolidar a los 67 años para disfrutar de renta vitalicia
he estado mirando en una cia y teniendo en cuenta que cuando supere la cantidad de 190000 euros ya no me daba importe mensual, debo indicarte que por 190.000 euros con un crecimiento del 3%, para compensar el IPC, me daba un resultado de 825 euros brutos, en caso de fallecimiento se pagaba la prima no consumida a los beneficiarios. no se si te sirve como referencia.
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Dijote 04/03/13 21:15
Ha respondido al tema Seguro de hogar ligado a hipoteca
lamento indicarte que hoy en dia para poseer el titulo de corredor de seguros, se exige como minimo tener la selectividad aprobada o el bachillerato superior, ademas de pasar un curso de un año, homologado por el ministerio de hacienda. saludos. nota: no soy ningun corredor,mediador o otros.
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Dijote 04/03/13 21:12
Ha respondido al tema Seguro de hogar ligado a hipoteca
la ley hipotecaria obliga a la contratacion de un seguro de incendios, para proteger la "inversion del banco", es decir pagaran al banco por el capital contratado, ha excepcion de la parte que ya se haya abonado del prestamo, que se pagara al asegurado. el asegurado, si tiene la vivienda bien asegurada,(capitales correctos), se quedara con la vivienda pagada ( es decir prestamo cancelado), y tendra que reparar los daños por su cuenta. espero haber aclarado la duda.
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Dijote 01/03/13 18:08
Ha respondido al tema Chanchullo con el seguro
Como observo que eres una persona seria, por tu comentario, mirate la poliza que posees si existe una partida de daños esteticos, ya que precisamente esa cobertura se da para situaciones similares a la que comentas, en las que no se ecuentra un material igual, ya que esa partida puede sumarse a la partida de daños por agua, en cuanto al "profesional" que te han enviado, llama a la cia y diles que no te gusta el reparador y que te envien perito, que tu lo vas a reparar por tu cuenta, el perito tasara los daños y averiguara si existe o no parquet del mismo color, en el caso de que exista, pues te tasara los daños por el valor de reparacion y si no existe tendra que añadir la partida de daños esteticos, con lo que podras resolver el problema lo mas satisfactoriamente posible. espero que te sirva, lo comentado. un saludo
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Dijote 25/02/13 21:37
Ha respondido al tema Duda con los términos del contrato de un Seguro Vitalico BBVA ("Eurorisk " agencia de seguros, S.A.)
Bueno si como dice usted, mañana va ha ir al banco, creo que lo fundamental es que le indiquen por escrito, que pasara con el dinero que no hayan pagado de la renta en caso de fallecimiento de su padre, desgraciadamente no puedo ofrecerle mas, ya que desconozco el tipo de poliza y para ser mas exhaustivo seria necesario analizar todas las condiciones una a una, ya que entiendo que los porcentajes que usted indica, en algun lugar de las condiciones particulares o generales, debera decir que significan. un saludo y suerte.
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Dijote 25/02/13 21:06
Ha respondido al tema 12.779 euros por rozar un banco
buenas tardes/noches; Lo primero es dar parte a la aseguradora, y en la mayoria de los casos la aseguradora se hace cargo de los daños producidos, otro tema es si la aseguradora puede repercutir contra el asegurado, la practica habitual es que cobre un suplemento al asegurado aplicando una regla de equidad, es decir si la prima que hubiera tenido que pagar por la conduccion de un menor "segun las normas de esa cia" es superior a la pagada, esta aseguradora podra cobrar al asegurado la diferencia. ( todo ello dependiendo de lo que indique la poliza, para estos casos). Ya que existen polizas en el mercado, que unicamente indican que se podra repercutir contra el asegurado. tambien debo indicar que realmente el que tiene el problema , no es el conductor del vehiculo, si no el propietario/tomador/asegurado, el conductor del vehiculo al hacerlo con consentimiento del propietario, solo se podra ver perjudicado si este presenta una demanda civil contra él. un saludo
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Dijote 25/02/13 20:23
Ha respondido al tema Legalmente me esta engañando Adeslas con el cambio de mi póliza? ayuda por favor.
Buenas tardes; La compañia puede decir misa, si no has firmado nada, no lo hagas y contrata con la compañia que quieras, por ley ellos te podrian reclamar la prima de renovacion de la poliza antigua, pero dado que se ha variado el contrato , ni asi pueden realizarte reclamacion, evidentemente intentaran amedrentarte con ponerte una demanda civil, para cobrar, pero que sepas que segun la ley de contrato de seguro, cuando existe variaciones de coberturas y o primas, el cliente tiene la posibilidad de rechazar la oferta y no contratar. Por tanto yo si estubiera en tu caso, no firmaria nada y me haria la poliza donde mas me conveniese. un saludo.
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Dijote 25/02/13 20:13
Ha respondido al tema Simulacion seguro de vida - seguro de ahorro
Buenas tardes; Creo que te estas equivocando en cuanto al planteamiento que haces, dado que los PPA ( Planes de Pensiones Asegurados 0 tambien llamados Plan de Prevision de ahorro), poseen el mismo tratamiento fiscal y reglamentos que los Planes de Pensiones, no confundir con planes de jubilacion, estos últimos no se pueden desgrabar del IRPF. efectivamente y coincido con pesetero lo que le estan ofreciendo es una renta ( no se si vitalicia o temporal), con un componente de muerte y ademas con la posibilidad de rescate a partir del 2 año, si bien posee una penalizacion, que puede ser o no favorable al cliente, Creo y tambien coincido con pesetero, existen en otras entidades ofertas que quizas puedan ser mejores que lo que le ofrecen, yo solicitaria presupuestos a compañias como Allianz,Axa,Generali, y nombro estas tres porque son los tres primeros grupos aseguradores del mundo y con una solvencia reconocida, en este tipo de operaciones es muy importante saber con quien estas tratando y no firmar absolutamente nada si no entiendes lo que te ofrecen. Debo indicarte que en este tipo de productos la banca, suele no tener las mejores ofertas,dado que son productos a largo plazo.
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Dijote 25/02/13 19:52
Ha respondido al tema Engaño en polizas de seguro hogar
hola lamento que hayas tenido problemas con la cia que indicas, me gustaria que entendieras que no existe compañia de seguros que cubra todo al 100%, y desgraciadamente no existe ningun siniestro igual ( aunque lo parezcan), por otro lado creo que debes reclamar a la compañia, si es necesario mediante abogados, que te atiendan el siniestro ( siempre y cuando tengas la cobertura de robo y los daños a consecuencia del mismo), porque me imagino que presentaste denuncia y abriste el parte correspondiente en la aseguradora. Hay veces que las aseguradoras para segun que importes, les es suficiente con copia denuncia, fotografias y facturas de reparacion y/o reposicion de los objetos sustraidos. Sinceramente creo este caso, si todo es correcto, tienes absolutamente toda la razon.
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Dijote 25/02/13 19:36
Ha respondido al tema Duda con los términos del contrato de un Seguro Vitalico BBVA ("Eurorisk " agencia de seguros, S.A.)
buenas Tardes; Creo que lo primero que deberia hacer es solicitar copia del contrato de seguros y condiciones generales de la poliza, ya que según entiendo, no posee la copia de la poliza completa. Por otro lado, si se trata de una renta vitalicia, debe averiguar cuanto esta cobrando su padre de esa renta, ya que tengo mis dudas de que se trate de un seguro de vida, si como usted indica al inicio existio una aportacion de 42000 euros. Si se trata de una renta vitalicia y su padre la esta cobrando, asegurese que tipo de renta es , ya que existen diferentes tipos, (sin rescate, con rescate, reversibles ect..), por lo que he deducido de lo que usted indica, el porcentaje que indica 0%, puedee referirse a la reversibilidad de la renta, es decir que en caso de fallecimiento, la beneficiaria no seguira cobrando la renta, lo que no tengo claro es si en caso de fallecimiento, la parte pendiente de abonar de la renta, ira a los herederos legales o se lo queda la cia. En cuanto al tema de donde estan realizadas las inversiones de la renta, esto solo afecta a la parte de los intereses que "teoricamente le estan pagando a su padre". por eso si bien le puede parecer un abuso por parte de la cia, es el mal menor, dado que en estos momentos con las retabilidades que hay en el mercado, es dificil obtener rentabilidades superiores al 3%. En definitiba creo que el punto mas importante es saber; _ si se trata de una renta y sobre todo saber que pasa en el caso de fallecimiento con el dinero que no se ha pagado al rentista. espero que le pueda servir, un saludo.
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Dijote 24/02/13 14:37
Ha respondido al tema Indemnizacion incapacidad permanente absoluta tomador distinto beneficiario
buenos dias, lo primero que tendria que averiguar es si el seguro que la empresa contrato, se trata de un seguro por el que dicha empresa esta obligada por legislacion laboral a contratar para todos sus empleados( los llamados seguros de convenio sectorial), si no es asi, creo recordar que en estos casos, en el que el beneficiario/asegurado es diferente al tomador, tributa atraves de Donaciones/sucesiones.( pero no estoy seguro al 100%), en el caso de que se trate de un seguro de convenio, las indemnizaciones tributan como rendimientos del trabajo,( con sus deducciones, según el modelo 145). un saludo.
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Dijote 24/02/13 13:53
Ha respondido al tema Plan jubilacion Flexible de ocaso año 2003 modelo 1632
buenos dias, una vez leidas las condiciones generales de la poliza y sin haber podido visualizar las condiciones particulares debo indicarte,( siempre con las reservas de no conocer las condiciones particulares). 1º según he visto en las condiciones generales se trata de un producto mixto, es decir de las aportaciones /mensualidades una parte se destina al pago de un seguro de vida y el resto a ahorro, te puedes encontrar que la liquidacion que te realizan este bien calculada, ya que te descuentan la parte de prima que cubre el seguro de vida. (ejemplo; mensualidad de 300€, 60€ parte del seguro de vida y 240€ al de ahorro). 2º Según indican en las condiciones generales, los tipos de interes que te ofrecian eran "creo recordar trimestrales", con lo que te puedes encontrar que dichos intereses puedan haber variado durante el tiempo, es decir; de las aportaciones destinadas al ahorro dado que la poliza tiene cierta antiguedad es posible que te dijeran que el interes era del 5% al inicio, pero tal y como ha ido el mercado financiero, es muy posible que los intereses en los3 últimos años no hayan superado el 2%, ha esto le tienes que quitar, los gastos de gestión ( que no indican cuales son), pero que a veces, pueden ser superiores a los intereses que te ofrecen. 3º Por tanto y resumiendo, Creo que debes solicitar una liquidacion provisional, donde se incluyan todos los gastos y que te indiquen que porcentage de la prima pagada se destinava a el ahorro y cual a el seguro de vida, Hazlo por escrito, si puedes hacerlo por burofax con acuse de recibo y de contenido mejor y si en el plazo de 15 dias no te contestan, presenta una queja por escrito a la Direccion General de Seguros. UN SALUDO.
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