Gracias Ismael.
No conocía la búsqueda por, schoolar google al menos me has dado a conocer una herramienta muy interesante.
Que plataforma de trading utilizas?
Hola virtual.
esas acciones, por ejemplo compradas y vueltas a vender con perdida,si las volvemos a comprar solo se pueden compensar cuando las ultimas compradas se venden si las operaciones se han realizado con menos de dos meses de espacio temporal.
Saludos
Kyrie, entonces siguiendo el ejemplo que pones, yo en la casilla de compensacion de perdidas pondre, para el año que viene, los 2000 euros.
Lo de los "919 euros" es meremente informativo, yo tengo que poner la perdida real restando cada año, hasta el cuarto, lo que me este podiendo deducir. lo que me puedo deducir me lo dice, cada año, la casilla informativa.
Mil gracias Kyrie.
que tengas felices sueños
Hola Brujitabuena. Es la primera declaracion donde incluyo acciones por lo que no he podido compensar nada. Son todo perdidas, es decir, la diferencia de operaciones es perdida, 2500 y pico euros.
Kyrie, Creo que empiezo a entender. Entonces el año que viene , 2015,meto los 919 que me permiten compensar, y la del 2016 metere el 25% de la diferencia entre los 2500 euros, perdida total, y los 919 que me permitiran compensar en declaracion del 2015.
Es asi?
gracias
Kyrie, si, son operaciones del mismo periodo, 2014.
Entonces..... ¿en el ejercicio 2015 solo podre compensar los 919 euros con las ganancias realizadas?
¿y los siguientes ejercicios el limite del 25% de la BI general ?
¿es asi?
dices que eso se realiza automaticamente, pero imagino que solo si descargas los datos de la agencia tributaria. Caso de rrellenar a mano el programa padre, ¿donde colocaria las perdidas de 919?
Mil gracias Kyrie por tu ayuda y paciencia
Gracias kyrie por tu ayuda.
Entonces como el limite que me permiten deducirme esta limitado a 919,47 euros.......
Que hago con las perdidas latentes de 1634,55 euros?(2534,02 euros de perdida total -919,47 limite deducible).
Puedo seguir incluyéndolas en los siguientes ejercicios o las doy por pérdidas incompensables.
Solo puedo deducirme para los próximos 4 ejercicios los 919,47?
Gracias y perdona mi torpeza