Hola! te aconsejo que facilites el numero de cuenta del banco con el que más antigüedad tengas.. no importa que tu nomina no esté allí, lo mas sencillo es después cambiar la domiciliación. Pero una cuenta antigüa da muchos puntos en el scoring. ;)
Para los que "escrituramos" antes de la entrada en vigor de la orden 17/2010:
alegaciones:
en aplicación del principio in dubio pro actione que constituye uno de los soportes de la institución jurídica que es el procedimiento administrativo, ya que he realizado la compra de la vivienda y he escriturado antes de la entrada en vigor de la citada orden 17/2010.
Kalika33 y Jaboru,
Estoy un poco desconectado ultimamente, pero esta semana me ha llegado ya la notificacion del PROP donde inadmiten mi solicitud, (yo lo habia visto hace 1 mes en la pagina web de Vivienda, pero la notificación no había llegado) por lo que no la he aceptado al cartero para ganar 7 días más de tiempo ya que tenemos 30 días desde que notifican.
Estoy preparando el recurso de Alzada, y tantear las posibilidades:
1) Que me admitan el recurso con fecha 2010,
2) Que aun habiendo pasado los 4 meses pero por haberla entregado en tiempo, me incluyan en las de 2011.
A ver que tal sale y ya os estaré informando.
Hola! Alguien más que esté en mi situación? Me han inadmitido la solitud por escrito en la Comunidad Valenciana(en diciembre). Presento recurso de alzada y solicito que me incluyan en 2011 o que alternativas proponéis?
Gracias!
Hola, me presento: He contratado una hipoteca en agosto, "voluntariamente" seguro de prima única a 25 años creo... con BBVA.... ¿Puedo hacer algo 6 meses después? ´
Gracias!
350€ la mía recientemente....
pagué otros 400€ a ST Valora, por una 2da tasación en el entendido que me tasaran mejor que la primera.... (la diferencia entre una y otra me compensó los 400 euros)
(Felices fiestas!!)
Kalika 3 3, yo estoy igual que tu... Me aceptaron la documentación con la advertencia de que esta todo parado. He entrado a consultar el estado de mi solicitud y me aparece lo siguiente:
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bla bla bla
bla bla bla
RESUELVO INADMITIR la solicitud que nos ocupa, al haber sido formulada con posterioridad a la entrada en vigor de la Orden 17/2010, de 25 de agosto, de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Vivienda y Proyectos Urbanos, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
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Alguien en el mismo caso que nos apoye con el recurso de alzada???
Gracias!