Muchas gracias por la respuesta. Entonces para terminar de aclararme... esta medida que entra en vigor el 1 de Enero no me afectaría porque se entiende que he adquirido la vivienda en 2012; y los impuestos a los que tendría que seguir haciendo frente serían la plusvalia municipal en mi ayuntamiento y las ganancias patrimoniales ( que según me indicó el notario supondría mas o menos un 25% de la diferencia entre el valor de la venta del piso y la cantidad en que me tasó mi CCAA el piso a efectos del pago del impuesto de sucesiones).
¿ Estoy en los cierto?
Muchas gracias por tu respuesta. En algún sitio había leído que no era obligatorio que figurase el techo en la O.V. y ya no sabía cual era lo correcto . Creo que me animare de momento a hablar con el director de la sucursal y presentar reclamación.
Muchas gracias