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clinadin 14/06/20 17:48
Ha respondido al tema Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Hola Bacalo,me alegra que comentes a mi publicación, porque creo que eres de los que más luz ha aportado en este tema, de hecho, he dejado mi anterior comentario aqui, para someterlo a la crítica de los que más saben del tema. Personalmente me  sorprende la cantidad de personas que invierten con degiro, pero que no tiene claro como declarar las correspondientes plusvalías, minusvalías, dividiendos o retenciones obtenidas con este broker.Soy cliente de degiro desde esta semana, hasta ahora solo he usado broker español, pero llevo más de un mes leyendo toda la  controversia y problemas que se cuenta en foros acerca de este tema, ya que antes o después, todos tenemos que declarar.Lo que comento en el apartado anterior, me llega por parte de dos personas que tienen cuenta en degiro desde hace unos años (uno de ellos con una importante suma invertida, de 6 cifras), y me comentan que ellos nunca han declarado ni dividiendos, ni plusvalías en su declaración de la renta, que se limitan a rellenar cada año sus posiciones en el D6 y posteriormente rellenar el 720.La explicación que me dan los tres, es que mientras el dinero no llegue a España y quede reinvertido en el fondo monetario en la cuenta de degiro, no hay que declarar nada. Y que llegado el momento, se declararía como la liquidación de un fondo monetario, siendo la ganancia la diferencia entre el dinero que entró inicialmente, y el que se obtuvo al fiinal.Sinceramente, me extraña esto, y me extraña aún más que ninguna de estas tres personas hayan tenido una llamadita de hacienda en este tiempo (lo que me lleva a pensar que o bien están en lo cierto, o bien hacienda los tiene enfilados de manera que si están haciendo algo irregular, les pueda meter una sanción cuando se acerque el plazo del prescripción).A continuación, te dejo de forma más o menos literal lo que me comentaron al respecto: "Degiro, al no ser un banco, no puede guardar el dinero en una cuenta, por ello, atendiendo a la normativa holandesa, cuando mandas dinero a su cuenta, ellos lo invierten en un fondo monetario. Cuando das orden de compra o venta de acciones, degiro coge SU dinero y lo invierte en dicha acción (hace la compra su nombre), y lo anota en un registro contable, en el que indica por ejemplo que a Antoñito le corresponden 1000  euros en acciones de Endesa. Si vendes por ejemplo con una plusvalía de 3000 euros, ellos anotan esa plusvalía, pero el dinero vuelve al fondo monetario. Si reembolsamos ese dinero a la cuenta española, lo que tendrá la hacienda española es que Antoñito el primer año ingresó 1000€ en un fondo monetario de degiro y que 3 años después retiró de ese fondo monetario 4000€, por lo que ha tenido una plusvalía de 3000€. Y declararía sobre esa cantidad,"
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