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Participaciones del usuario Claire23 - Fiscalidad

Claire23 21/11/23 23:01
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Una aclaración ritekg5. Aunque el INSS recurra la sentencia, tiene la obligación dw iniciar los pagos del imv. De no ser  así se interrumpirá el recurso. Y en el caso de que finalmente se de la razón al INSS, estos cobros no han de ser devueltos.
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Claire23 21/11/23 22:11
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Lucía yo siempre he animado a la gente que tiene la verdad de su parte a que presenten reciamación judicial. De hecho yo la presenté a los 45 días hábiles sin respuesta tal y como establece la ley.En realidad lo que hacen los letrados es un copia y pega de tu reclamación y le dan la forma jurídica de demanda. Se basan en los documentos probatorios de tu reclamación para defender tu causa como no podría ser de utra manera y  si encuentran algo que a tu derecho convenga ( que te sea útil ) lo aportan también. Ese es el funcionamiento en el supuesto que tu caso fuese claro.En caso de que estuvise ahí ahí , habría que estudiar la viabilidad de una demanda judicial. Pero no es nada complejo Tendrías que haber acudido a la justicia gratuita y haber presentado ya reclamación judicial. Así mientras esperas resolución dw tu reclamación, las cosas en el ámbito jurídico , hubisen seguido su curso. Pero todavía estás a tiempo.Podrías indicarme porqué te lo denegaron?
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Claire23 21/11/23 16:09
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Hola Lucía .Efectivamente, demandé a INSS. Los llevé a juicio y el día antes recibí el SMS aceptando mi reclamación. Al otro día fui al juzgado donde enviaron todo por fax y donde me pedían que renunciará al juicuo. Revisada toda la documentación y las cantidades, renuncié. Al letrado del INSS no le vi el pelo .
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Claire23 21/11/23 14:46
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola Lucía .Efectivamente, demandé a INSS. Los llevé a juicio y el día antes recibí el SMS aceptando mi reclamación. Al otro día fui al juzgado donde enviaron todo por fax y donde me pedían que renunciará al juicuo. Revisada toda la documentación y las cantidades, renuncié. Al letrado del INSS no le vi el pelo .
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Claire23 20/11/23 19:21
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Me lo dices a mi? Que en su día también lo pedí ( gracias a Dios hoy ya no me hace falta ) y ,tardaron 11 meses en denegármelo y 11 mas en estimarme la reclamación ? Y te voy a decir algo, entonces no había ni la mitad de la mitad de información que hay ahora. Íbamos "suponiendo las cosas a ciegas".. Las fases eran en estudio, pendiente de recibir documentación y pendiente de revisar documentación que era la solicitud del padrón histórico y colectivo.Y se acabó  Ni declaración jurada de que eras soltero/a ni nada que se le pareciese (por cierto en pendiente de revisar documentación mi solicitud pasó 7 meses) El tramitador debía estar muy ocupado que tardó todo ese tiempo aen revisar dos documentos de una hoja cada uno. Porque ni en el caso de que leyera a renglón por día me salen las cuentas . Cuando NADIE presentaba reclamaciones y presentar una reclamación era poco menos que una excentricidad. Y la mía la sacaron del cajón y la desempolvaron el dia antes del juicio, porque si no, nu eso. Y sabes por qué pasó y pasa todo esto junto con lo de los pagos indebidos, ERTES, etc? Porque la organización del INSS da pena y te lo dice una persona que ha trabajado en la asesoría jurídica de una gran empresa. Y todos los expedientes en los que no había sido posible llegar a un acuerdo e iban a juicio pasaban primero por mis manos. Pero yo tenía una cosa que al parecer el INSS no tiene y que se llama "plazos". Y además de no tener plazos deja la tramitación en manos inexpertas. Y de ahí viene la equivocación primera en el pago de los ERTE, y vuelta a meter la pata en el pago dell IMV , y ahora hacemos otro RD-ley para establecer los plazos con tal que nos " vomiten" hasta el último céntimo aunque nos hayamos equivocado nosotros. Igual que hicieron con los ERTE durante la pandemia  Y así llega la modificación de la modificación. que ya no sé cuantos RD-LEY van,de la ley del imv por la que se establecen los plazos para pagar.Y cuando surja otra cosa, se volverán a equivocar. Otra metedura de pata y otro tirón de orejas a España Cd fue el Tribunal constitucional el que " asfixiado" por la justicia europea tuvo que declarar inconstitucional, nulo y discriminatorio» el método de cálculo de las prestaciones de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial . Y eso fue en 2019. Y hemos tardado en hacer "rodar" esa ley 4 años haciéndonos los remolones. Y sabes porque es importante? Porque hay mucha gente (sobretodo mujeres que han trabajado a jornada parcial) y conozco gente que le faltaba un año, meses e incluso menos de dos meses y han tenido que esperar cuatro años para poder solicitar esa pensión. Porque la gente que  hemos cotizado queremos seguir haciéndolo y es la única pensión  que sigue cotizando por jubilación y  es la única pensión contributiva al contrario que el imv que es pan para hoy y hambre para mañana. Y ojo !!! Yo también lo solicité cuando salimos de la pandemia Así que yo también he padecido la tortura del imv.No esnada personal conta ti te lo aseguro, pero que agusto me he quedado
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Claire23 19/11/23 22:06
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Así que a los que hayáis cotizado a la SS y hayáis trabajado alguna vez en jornada parcial, os invito a revisar vuestras cotizaciones porque os podéis llevar una agradable sorpresa.Primero PORQUE ES LA ÚNICA PRESTACIÓN QUE COTIZA A LA JU JUBILACIÓN y segundo PORQUE ES COMPATIBLE CON EL IMV.Lo podéis hacer a través de la página tu seguridad Social en inicio este era hasta ahora el único sitio en el que se podía ver. 
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Claire23 19/11/23 20:43
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Tratándose de una ley retroactiva a toda la vida laboral pero NO a los ya jubiladosplanteo la siguiente cuestión  que pasa con las personas que se jubilaron entre 2019 y octubre de 2023 y que han pasado a percibir una "pensión NO CONTRIBUTIVA porque ( pongamos un ejemplo ) les faltaba supuestamente un año para cumplir los 15 establecidos por la Ley .para la jubilación     
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Claire23 19/11/23 15:43
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Este cambio fue forzado por una sentencia del Tribunal Constitucional que actuó a instancias de la justicia europea, y que consideraba «inconstitucional, nulo y discriminatorio» el método de cálculo de las prestaciones de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial.Esto fue en 2019!!!!!
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