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Participaciones del usuario Chumeti

Chumeti 30/01/15 19:04
Ha respondido al tema ¿Quién está obligado a ser autónomo en CENTRO ESPECIAL EMPLEO
Los administradores, sean o no socios, cuya actividad se limite a la inherente a sus funciones como administrador, se encuentran excluidos de la Seg Social (ET 1.3.c; LGSS 97.1). O sea que si únicamente realiza funciones de administrador se encuentra excluido pero, en caso de que realice funciones de dirección y gerencia, sea retribuidos por ellas o por su condición de trabajador en la sociedad, se encuentra incluido en la Seg Social En resumen, sean administradores o no, si se retribuye a los socios por cualquier causa, éstos deben cotizar a la Seg Social. El régimen en el que deben darse de alta es consecuencia de si poseen o no el control de la sociedad. Se entiende que tienen el contro efectivo (LGSS disp. adic. 27.1) cuando, entre otros casos, poseen la tercera parte o más del capital social como es este caso. Si poseen el control efectivo, deben darse de alta en el régimen de autónomos, independientemente de que se encuentren en el régimen general por otros motivos. Los dos regímenes no se excluyen entre si. Si no poseen el control efectivo deben cotizar en el régimen general.
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Chumeti 19/12/14 02:28
Ha respondido al tema Seguro obligatorio viajeros
amnbos tipos de seguros SOVI y RC son compatibles a la hora de la indemnización? no seria indemnizar por el mismo siniestro?
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Chumeti 11/10/14 21:58
Ha respondido al tema Tarjeta que no cobre comision por pago en divisas
ing tarjeta mastercard no cobra comision, segun apunte detalle Descripción Detalle operación Fecha y hora de la operación 10/10/2014 13:58:00 Tipo Pago en Concepto RCS RDS Importe en euros 5,43 € Comisión 0,00 País RO Importe y moneda original 24,00 null
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Chumeti 30/08/14 18:43
Ha respondido al tema ¿El seguro cubre al conductor ocasional?
Sin embargo, el problema del conductor ocasional no está resuelto con el apartado anterior. Si los padres no quieren pagar el precio que supone asegurar a sus hijos como conductores habituales, porque no lo van a ser, y resulta cierto que el riesgo de que tengan un accidente es muy bajo, pueden recurrir a la figura del conductor ocasional. Como las compañías desconfían de esta figura, aplican un recargo, que puede ser menor que si se declara al hijo conductor habitual, pero en cualquier caso un recargo importante (entre el 30 y el 50 por ciento de la prima sin bonificación). Por tanto, los padres pueden pagar su póliza bonificada, pero su precio será incrementado hasta en un 50% del precio de la tarifa normal, lo quede suponer de hecho multiplicar casi por dos el precio de la póliza.. Además, en el caso de que el conductor “ocasional” tenga un siniestro (de cualquier tipo, como rotura de lunas), es posible que esté previsto que se aplique una franquicia que puede obligar a desembolsar entre 200 y 500 euros, según la compañía, pero ATENCIÓN: por cualquier tipo de siniestro. Sin embargo, hay conductores que se han negado a pagar esta franquicia y han recurrido esta obligación por vía judicial. Los jueces les han dado la razón en todos los casos. Si bien es cierto que la exposición al riesgo se incrementa con el conductor ocasional, las compañías aprovechan la coyuntura para barrer para casa. Porque: Como la exposición al riesgo de este conductor es “ocasional” no se tiene en cuenta su falta de siniestros para otorgarle ningún tipo de bonificación (tiene pocas oportunidades de tener siniestros)
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Chumeti 30/08/14 18:36
Ha respondido al tema ¿El seguro cubre al conductor ocasional?
el fichero que se intercambian entre las compañías para el tema de las bonificaciones ni tan siquiera contempla la figura del conductor habitual. Las bonificaciones recogen la siniestralidad del tomador del seguro (persona que firma el contrato).
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