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Participaciones del usuario Catalega - Seguros

Catalega 23/11/10 23:39
Ha respondido al tema Algun experto en temas de seguros de vida hipotecarios
Tu aporta lo que te pidan. Si te solicitan un certificado médico, pues deberás acudir a tu médico de cabecera y que certifique sobre lo que te solicitan. La Compañía lo que quiere determinar es tu estado de salud en el momento de contratar el seguro (firma del cuestionario de salud). Las aseguradoras no tienen la obligación de pedir certificados médicos en el momento de contratación, sólo somenten a cuestionario o declaración de salud, basándose en la buena fe contractual. Si como dices te diagnosticaron una cirrosis con 11 años, de la que mejoraste y en el año 1999, al contratar la póliza estabas perfactamente de salud, entiendo que no hay problema en acceder a la indemnización. Entiendo que no es, ni mucho menos, un caso perdido (con la información que conocemos).
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Catalega 23/11/10 09:39
Ha respondido al tema Agravación riesgo y contrato de seguro de vida
Sossek, no estoy deacuerdo, en este caso el contrato de seguro de vida no tendría sentido pues, si me detectan una enferemedad tras contratar la póliza, y la compañía excluye grarantías o anula la póliza, el seguro no tendría razón de ser. Todos los siniestros serían rechazados.
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Catalega 22/11/10 09:41
Ha respondido al tema Agravación riesgo y contrato de seguro de vida
Los artículos 11 y 12 de la Ley de Contrato de Seguro, regulan lo relativo a la agravación del riesgo y, en resumidas cuentas, vienen a desarrollar lo que has planteado. Lo que planteas iría contra el propio contenido contractual ya que en todos los supuestos de enfermedad más o menos grave se concdería al asegurador una facultad de modificación del contrato o de rescisión del mismo, con lo que se frustaría, en perjuicio del asegurado, la finalidad del contrato.
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Catalega 18/11/10 10:06
Ha respondido al tema ¿Qué pasa si devuelvo el recibo?
Al tratarse de un seguro de vida, puedes proceder a la cancelación del mismo en el plazo de 30 días, desde que te entreguen la documentación, artículo 83 LCS. Si ya has firmado las Condiciones Particulares y devuelves el recibo, la aseguradora tiene la posibilidad de reclamarte el pago.
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Catalega 16/11/10 15:24
Ha respondido al tema Seguro de vehículo: me dan largas.
En la página de la DGS te puedes informar: http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones/index.asp Antes de reclamar ante el Servicio de Reclamaciones de la DGS deberás dirigirte al Servicio de Atención al Cliente de tu aseguradora, si en dos meses no te contestan o la contestación no te satisface te puedes dirigir a la DGS.
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Catalega 11/11/10 09:48
Ha respondido al tema Seguro hogar con BIHARCO
Buenos días Chumeti, sin ver la póliza no podría contestarte. ¿Por qué no llamas a Biharko? 902 210 368.
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Catalega 10/11/10 18:30
Ha respondido al tema Seguro del hogar a nombre de fallecido
Es un tema complejo y, como siempre, habría que analizar la póliza. La Ley de Contrato de Seguro, en sus artículos 34 a 37 regula la transmisión del objeto asegurado. Preceptúa que "en caso de transmisión del objeto asegurado, el adquirente se subroga en el momento de la enajenación en los derechos y obligaciones que le correpondían en el contrato de seguro al anterior titular". Si bien no has actuado correctamente, deberías haber comunicado a la aseguradora esta situación y el cambio de titularidad, considero que, si la póliza ampara lo ocurrido, deben indemnizar.
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