Es muy probable que en el momento de la cancelación se abonen los intereses brutos de los 5 días y quiten la retención.Al mismo tiempo, en cumplimiento de lo firmado, se aplica la penalización establecida: el importe bruto de los intereses abonados.Es una hipótesis.
1. La cuenta q abra en el BdE tiene q tenen los mismos titulares que en la d destino? ( quiero comprar letras con un solo titular y el destino tiene 2 titulares) No, no es necesario2. Una vez vencidas las letras el principal se transfiere al destino o debo ordenar yo una transferencia? Sí, se transfiere todo el dinero (principal+intereses) al destino que hayas indicado, salvo que pidas la reinversión. No tienes que hacer ninguna transferencia3. Si decido no comprar mas letras en el futuro, la cuenta del BdE puedo cancelarla online o tendria que acudira las oficinas? Realmente no se crea una cuenta bancaria con su IBAN. La supuesta "cuenta" únicamente es una referencia, no puedes realizar transferencias a esa "cuenta" ni desde esa "cuenta".
Esto es lo que dice el Banco de España: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/comision-por-tramitacion-de-testamentaria.htmlSi no está de acuerdo con el tiempo que están tardando y/o comisión, sigue este procedimiento: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/
El comercio donde vayas a pagar tiene que tener firmado un contrato con su entidad financiera para admitir amex.El problema es que muchos comercios no aceptan amex dado que las comisiones que tienen que abonar a su entidad financiera por aceptar amex normalmente son más altas que con visa/master.
En la página web de amex puedes consultar si el importe del pago que vayas a realizar lo van a autorizar o no.En el comercio tendrás que consultar si admiten amex.
Aquí tienes el criterio del Banco de España: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/comision-por-tramitacion-de-testamentaria.html
Los préstamos entre particulares no se registran en el CIRBE.Desde la firma del préstamo entre particulares dispones de 30 días para liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (exento). Si no lo presentas en plazo puedes cometer una infracción tributaria.