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caliope54

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caliope54 03/11/12 19:19
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
Ni una cosa, ni la otra, ni soy un tio tampoco. Se debería exigir un poco de nivel para intervenir en estos foros, cuando se tratan temas que afectan a tanta gente. Se ve que al que contesto ni se ha leído, ni sabe de que va el tema, a ver si le da por otra cosa, con su nivel... por morder esquinas, por ejemplo.
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caliope54 29/10/12 16:20
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
No, por supuesto que no generalizo, ese comentario iba relacionado con un mensaje bastante insultante que recibí en este foro y que rezumaba envidia por todos lados. Pido perdón a los tramitadores que se hayan sentido ofendidos por mi comentario, la verdad es que hacen una labor encomiable. Ahora bien, si que es cierto que en muchas ocasiones los letrados recibímos órdenes de los tramitadores de openernos en casos que resultan indefendibles y, esto me ocurrió en varios ocasiones a mi, como a infinidad de compañeros de otras Entidades Aseguradoras, que nos encontrábamos a diario en los Juzgados y comentábamos, este asunto lo pagaría... pero he recibido órdenes expresas del Departamento de Siniestros de oponerme. Desde una mesa de oficina es fácil oponerse a muchos temas y aplicar exclusiones, otra cosa es ganarlos en el Juzgado. Tengamos en cuenta que, los Jueces en una proporción mayoritaria dan la razón a los perjudicados, sean terceros perjudicados frente a la Entidad como responsable civil directa ó asegurados frente a su Entidad Aseguradora. El Abogado sopesa todo ello cuando decide pagar un asunto antes del juicio. Resulta, en muchas ocasiones vergonzoso para los Letrados de Entidades Aseguradoras, que Su Señoría antes del Juicio nos pregunte : Como no han pagado este asunto antes? con qué ánimo nos sentamos en Estrados a defender el juicio?.
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caliope54 29/10/12 15:57
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
En esencia estoy de acuerdo con lo que has expuesto, excepto en el último párrafo.Yo no pienso que los seguros no sirven para nada, de hecho tengo contratadas hasta un total de 5 pólizas, sigo repitiendo y repitiendo y repitiendo lo mismo, en el CASO que expuse en este foro, la Entidad Aseguradora no me cubrió el único Siniestro que tuve en los 5 años de vida de la póliza, debido a un tema de exclusión. Y, este es un caso que ocurre a menudo, simplemente veáse las intervenciones de los asegurados en este foro. Por ello, EN MI CASO, se dió la CIRCUNSTANCIA IRRACIONAL, repito IRRACIONAL de que hubiese sido para mí, más lucrativo durante cinco años meter ese dinero en una hucha 500 euros por 5 años y con esos ahorros hubiese pagado de sobra el siniestro. Como se trata de una CIRCUNSTANCIA IRRACIONAL y tan solo imputable a la Aseguradora. Deberíamos de luchar por que esas exclusiones fuesen estudiadas detalladamente por técnicos e ir reduciéndolas lo más posible, pues para mí son las lagunas de los seguros.
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caliope54 27/10/12 17:33
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
He vivido casos en los que, por no consultar el Departamento de Siniestros con el Abogado, el caso se perdió, el que más me dolió era un tema claríssimo de fraude al Seguro. Los abogados no nos solemos implicar personalmente en los casos que llevamos, pero aquel pleito me afectó muchíssimo. Por no alargárme diré que era un caso de autorobo, el asegurado en connivencia con un taller, desmontó todas las piezas del coche y declaró el siniestro por robo, los restos tan sólo el chasis, dijo el asegurado aparecieron en un descampado, lo tenía a todo riesgo y había que indemnizarle por pérdida total del vehículo. Levantó sospechas al Perito el empeñó del asegurado en quedarse con aquellos restos, alegando que había comprado todas las piezas en un desguace. El perito acudió al taller y pudo comprobar como aquellas piezas eran las originales de aquel coche, incluso tomó muestras de cables cortados que casaban perfectamente con el corte de los restos de los cables del coche. Pues bien el pleito se perdió porque no pudimos probar la procedencia de esas piezas que obraban en nuestro poder y que fueron incautadas por el perito de las piezas supuestamente de desguace compradas por el asegurado que se encontraban en ese taller. Si hubiesen consultado con el Departamento de Asesoría Jurídica, nos hubiéramos personado con un Notario en el taller, para que diese fé de la procedencia de esas piezas incautadas, tan simple como eso. Pero bueno, yo tampoco culpa a nadie, pues el perito lo hizo lo mejor que pudo, pero me dejó sin pruebas. Volviendo a mi tema, te diré que no me siento cabreada, empiezo a estar acostumbrada, pues es la tercera vez que me pasa algo así y con distintas aseguradoras, los otros dos temas afortunadamente no terminaron en pleito, uno se encuentra aún sin resolver, y se trata de las controvertidas bajantes, el seguro de la comunidad dice que las humedades provienen de mi bajante y mi seguro de hogar que se trata de la bajante general, una por otra la casa sin barrer y la perjudicada soy yo. En estos casos lo que debería de hacerse es que alguna de las dos Aseguradoras me arreglara los desperfectos y,luego repitiera contra la otra, si efectivamente las dos lo tienen tan claro que se demanden, pero que no me dejen a mi sin cubrirme el riesgo. El otro tema me indemnizaron después de pasar un calvario, un seguro individual de accidentes en el que solicitaba para mi padre una indemnización por incapacidad permanente al haber quedado mi padre en silla de ruedas tras una caída accidental, aunque mi padre murió al mes del accidente no reclamé por muerte, por que dos peritos médicos me indicaron que era díficil probar la relación causa efecto entre la caída, la operación de cadera a la que tuvo que ser sometido tras la misma y la muerte por septicemia ocurrida un mes después. Asi que sólo reclamé por la incapacidad. La tramitadora alegó que mi padre antes de la caída estaba enfermo de Alzheimer, por supuesto así era y nunca lo negué pero mi padre andaba y se movía perfectamente antes del accidente y, así lo podía acreditar con informes médicos, después de muchas ida y venidas a la Compañía su última palabra fué no cubrimos el sinestro. Una semana después, cuando ya preparaba el pleito, sin ninguna notificación previa por parte de la Entidad, consulto la cuenta bancaria y veo que La Aseguradora me había hecho una transferencia por el importe de la indemnización, me costó sangre, sudor y lágrimas que me pagara. Por todo ello, como podrás ver, no se trata de una situación si no de varias y con distintas aseguradoras. Tu dices que no generalice, pero a las pruebas me remito cuando examino la cantidad de consultas que teneis por temas de exclusión de cobertura. Pienso que mi principal error consistió en contratar a través de un agente amigo y, por hacerle un favor a él. Ahora todas mis pólizas las tengo en la Aseguradora donde trabajé tantos años, ahora espero que si tengo algún problema pueda resolverlo hablando con mis antiguos compañeros, es triste pero es así.
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caliope54 27/10/12 16:31
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
Entré en este foro con la idea altruista de exponer mi caso por si podía ayudar a alguien que se encontrara en mi situación, a cambio no he recibido más que mensajes en contra, yo creo que todos los que me habeis criticado trabajais para Entidades Aseguradoras en Departamento de Siniestros. Cuando os preguntan particulares y, esto ocurre muy a menudo, sobre algún tema de exclusión, os limitais a leer la póliza, no aportando ninguna solución positiva para esos indefensos asegurados. Pues yo, por supuesto en contra de la corriente de las Entidades Aseguradoras, les digo a esos asegurados : Los Tribunales de Justicia normalmente dan la razón al particular en tema de Exclusiones de cobertura, vease la Jurisprudencia de los mismos en estos temas. Cuando trabajaba para mi Compañía a menudo tenía que defender temas de Exclusión, resultaba muy díficil ganarlos en una proporción de 7 a uno. Los únicos temas que ganabamos con claridad eran los temas de Alcoholemia,lo cual por otra parte me parece lo más justo, cuando repetíamos contra el asegurado para recobrar las indemnizaciones pagadas frente a terceros por responsabilidad civil, ya que éramos siempre condenados como responsables civiles directos en el juicio penal. Al repetir en demanda civil frente al asegurado siempre lo ganábamos cuando las Exclusiones estaban expresamente aceptadas, firmadas por el Tomador del Seguro y destacadas a parte del resto de las Claúsulas del Condicionado General. Es posible que de cara a a Las Aseguradoras vaya contra corriente en temas de Exclusión de cobertura, por que no me limito a leer el Condicionado General, pero estos mismo casos se vuelven totalmente contra las Asguradoras en los Tribunales de Justicia. Yo, afortunadamente, ya me encuentro retirada del ejercicio de mi profesión, aunque curiosamente sigo dada de alta como ejerciente en el Colegio de Abogados, los únicos temas que llevo son mis propios pleitos y, curiosamente han sido siempre contra Las Aseguradoras por tema de Exclusiones.
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caliope54 26/10/12 06:50
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
Bueno, yo creo que mi exposición es clara. No voy contra los tramitadores en general, a los que alabo su esfuerzo y dedicación, pero no puedo hablar bien de una tramitadora que ha alargado la resolución de un siniestro de 1.740 euros por más de 2 años y diez meses y lo que queda con la ejecución de Sentencia. Que gracias a su labor ha incrementado un siniestro de 1.740 euros en 400 euros más en intereses de demora y lo que queda. Que ha utilizado los servicios de colaboradores externos como perito, abogado y procurador a los que la Entidad debe pagar sus minutas. Todo ello, se hubiese evitado si hubiese leído mis alegaciones ante el SAC, ante el Comisionado ó mi demanda donde hago constar al existencia de un testigo presencial. Yo creo que efectivamente esta tramitadora se está cubriendo de gloria, cuando no consigna en el Juzgado el principal inmediatamente cuando recibe la Sentencia donde se condena a la Aseguradora al 20% de interés en este su tercer año. Todo esto se hubiese evitado si la misma hubiese consultado con un letrado, porque parece ser que ella lo ignora. Cuando digo se cuece, me estoy refiriendo a que una tramitadora debería informar al letrado con todo detalle de su tramitación, pero no debería dar ordenes a un letrado en cuanto al modo defender un caso, como ha ocurrido en el mío y en otros siniestros, en los que el abogado pagaría al recibir la demanda pero tiene ordenes expresas de oponerse por parte del tramitador. En general, el tramitador en siniestros de hogar, en su celo profesional cuando recibe el expediente lo primero que piensa es en las exclusiones : por poner un ejemplo temas de inundación de terrazas,atasco en sumidero, falta de mantenimiento, exclusión. Hasta ahí me parece normal que llegue a esa deducción, pero no con caracter general y de manera automática como lo hacen en todos los casos y sin estudiar a fondo cada tema y, sobre todo sin consultar con el letrado cuando se trata de reclamaciones y resoluciones judiciales. Es curioso que cuando hablas de que el Jefe de Siniestros decidía sobre una exclusión ó no, consultaba con el Jefe de Producción ó con el Jefe Comercial, pero no te refieres para nada a la consulta al Letrado cuando muchos de estos temas podían desembocar en un proceso judicial. Que hay abusos por parte de los asegurados, por supuesto que los hay y muy graves, como es el fraude al seguro, perseguible en vía penal, cosa que no se da al contrario. Pero, por qué un asegurado que paga la prima de su seguro, por tanto cumple con su obligación contractual, no va a tener derecho a recurrir a un abogado y este a poner la correspondiente reclamación judicial cuando entiende que sus derechos se ven claramente lesionados ante un incumplimiento de contrato de la Aseguradora, que se ampara en alguna de sus exclusiones para no cumplir su obligación de cubrir el riesgo? Yo esto no lo interpreto como mala fé por parte del asegurado. Mala fé, como te decía antes, el fraude al seguro, declaración de siniestros falsos. Aqui si debe la Entidad Aseguradora concentrar todo sus esfuerzos. Pero debemos partir de la base que cuando un siniestro se produce el principal perjudicado es el asegurado y que la Entidad Aseguradora, cubriendo el riesgo lo único que hace es cumplir con su obligación contractual y no suponer siempre que el asegurado se está enriqueciendo a costa de la Compañía.
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caliope54 26/10/12 05:36
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
Si has leído con detenimiento mi mensaje, lo único que pretendo es exponer mi caso. El tema de exclusión de cobertura por atasco en el sumidero de la terraza por falta de mantenimiento, que yo sepa, viene excluido en todos los Condicionados Generales de todas Las Entidades Aseguradoras. Si no fuese así, te agradecería me lo hicieses saber, para tenerlo en cuenta a lo hora de contratar mi seguro de hogar. Si bien esta claúsula de exclusión podría admitirla como razonable en algunos casos, en otros muchos se ha extrapolado de tal manera que se usa ya como una patente de corso por las Aseguradoras, bastando tan sólo para aplicarla, que se trate evidentemente de un tema de inundación en las terrazas y que el perito de la Compañía emita su informe en cuanto a la falta de mantenimiento. Pero la clave de mi caso y, asi creo que lo ha visto el Juez en su Sentencia, es sí realmente la Entidad Asegurdora ha probado la exclusión que alega cuando presenta como única prueba un informe pericial de parte, basado en el exámen que dicho técnico realizó sobre la arqueta, mes y medio después del siniestro y, cuando el mismo perito, a preguntas de Su Señoría reconoce que el sumidero se encontraba limpio cuando lo inspeccionó. Frente a esta prueba presentada por la Aseguradora, el Juez sopesó la prueba que yo aporté al juicio, un testigo presencial de los hechos como fué mi vecino, el cual entró en mi vivienda el día del siniestro y observó que la nieve caída había solidificado y taponaba el sumidero. Aportando asimismo Certificado de la Agencia Estatal de Meteorología que probaba la intensidad de la nieve caída ese día en la zona. Todos estos datos obraban en poder de la Aseguradora años antes del juicio, ya que no sólo lo hice constar en mi escrito al SAC, sino también en la reclamación previa que formulé ante el Comisionado de Defensa del Asegurado y Planes de Pensiones, asi como en mi escrito de Demanda. Aún así el juicio se celebró, ya que no hubo oferta de pago por parte de aquella. Yo entiendo, que hay que luchar contra las exclusiones aplicadas asi con criterios generales, como asimismo hay que luchar contra el fraude al seguro. Si bien entiendo que las exclusiones alegadas por la aseguradora siempre constituye un tema civil mientras que el fraude al seguro, siempre será un tema penal. En general, creo que el tema de las exclusiones de cobertura, preocupa mucho a los asegurados, los cuales se ven indefensos frente al despliegue de medios, en cuanto a peritos, tramitadores, abogados etc... con los que cuentan las Entidades Aseguradoras. Los Tribunales de Justicia hasta ahora asi lo han visto y en muchos casos ejerecen una Tutela Judicial bastante efectiva de los Derechos del asegurado. La Jurisprudencia de aquellos es unánime cuando establece que las exclusiones deben ser expresamente aceptadas y firmadas por el asegurado y destacadas del resto de las claúsulas del Condicionado General. Generalizar no es bueno como tú dices, pero si examinas este foro, por poner un ejemplo, la mayoría de las quejas de los asegurados van referidos a temas de exclusión de cobertura. El problema es evidente.
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caliope54 26/10/12 04:20
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
La ignorancia que osada es, sigues cometiendo faltas de ortografía: minúscula lleva acento, soportándote también. Entidad Aseguradora, sí , sí, con mayúscula como Sentencia y Derecho. La Real Academia de la Lengua permite usar las mayúsculas en un escrito cuando se pretende destacar la importancia de las palabras. No hace falta pasar por la Universidad para saber estas cosas, basta con tener la EGB. Derecho y Sentencia se escriben en mayúscula en el Lenguaje Jurídico. Bueno, como te decía sigues, con tus presunciones, basadas simplemente en tu envidia hacia los profesionales que tiene una titulación. Contestarte y darte lecciones es perder el tiempo, explicaciones sobre si la empresa me echó, sin h, ó fuí yo quien se fué previo pago a mis 25 años de servicio, se queda para la gente que quiera y sepa escuchar. Intenta, si puedes, no contestarme más, porque pierdo mucho el tiempo dándote la réplica y las leciones de ortografía.
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caliope54 24/10/12 00:07
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
Primero de todo, aprende a escribir "mis respeto" adjetivo posesivo con nombre mismo género y número. "Yedo" qué es? . No creo que con tan limitado nivel cultural puedas dar lecciones a nadie y menos de Derecho. Tu ignorancia es muy osada, siento decirte que la conclusión a la que llegas, posiblemente después de haberte estrujado el cerebro durante horas, en nada coincide con la Sentencia del Juez
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caliope54 23/10/12 23:56
Ha respondido al tema Derecho del asegurado frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora
El artículo que he escrito va dirigido a los asegurados que se vean indefensos frente a las exclusiones alegadas por la Aseguradora, no a los tramitadores de Siniestros de las Aseguradoras. Mi percepción del mundo del seguro se basa en mi experiencia de 25 años como letrada del Departamento de Asesoría Jurídica de una Entidad Aseguradora, de la que conservo muy buen recuerdo y muy buenos amigos. Esto no quita para que sepa perfectamente lo que se cuece en el Departamento de Siniestros a nivel de tramitadores, obsesionados por encontrar causas para rechazar los siniestros,en especial en los seguros de hogar. En muchas ocasiones deberían dejarse aconsejar por los letrados, pero la inquina y envidia de aquellos hacia estos siempre ha sido una constante, claramente patente en el mensaje al que contesto, desde que los asuntos se encargan a Despachos externos, los letrados no tienen ni voz ni voto, son los tramitadores los que dan instrucciones a los letrados sobre los asuntos a los que deben oponerse y las sentencias que deben apelar, paraque vale entonces un abogado? Ah! por cierto en mi juicio he presentado hoy escrito pidiendo la ejecución y el embargo de bienes de la Aseguradora condenada en Sentencia. Consultado el tema con el agente me informa que la tramitadora de Siniestros tiene la Sentencia sobre su mesa, pero que para pagar debo esperar mi turno, que tiene otras sentencias anteriores a la mía a las que debe dar preferencia. Sin duda no sabe que en mi juicio fueron condenados a pagar los intereses del art. 20 de la LCS, y que nos encontramos ya en el tercer año de demora. La tramitadora se está cubriendo de gloria, a ella se debe que el asunto se haya incrementado en 400 euros de intereses por demora en el pago.
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