Muchas gracias por tu respuesta. Entonces por lógica, para ser agente vinculado de otra compañia tendría que dejar de ser ag. exclusivo de la primera compañía, es decir, si no tengo exclusividad con ninguna podría tener vinculación con varias ¿no?
Saludos.
Muchas gracias por responder a todos.
Por lo que he sacado en claro es que, para poder deducirlo en IRPF, ha de ser afecto al 100 % a la actividad profesional. En mi caso, al tener 2 vehículos, podría rotular uno con el fin de dejar constancia que es de uso profesional exclusivamente y en principio creo que no tendría problemas en gastos tales como combustible, reparaciones, seguros, IVTM, etc...
Aunque de todas formas, he realizado la consulta telefónica a AEAT y me han trasladado al Ministerio de Economía, cuando reciba respuesta lo postearé por si a alguien le puede ser de utilidad.
Un saludo y muchas gracias!!!
Muchas gracias por las respuestas. La formación la estoy realizando actualmente como agente en una compañía de seguros; será, y eso espero, mi principal negocio. He trabajado durante 7 años en banca, 5 de los últimos como director de oficina por lo que tengo "algo" de experiencia y formación en banca. Por ese motivo me gustaría complementar mi actividad principal (seguros) con productos y servicios bancarios con el fin de captar más clientes, ofreciendoles asesoramiento financiero y asegurador y por tanto aumentar la rentabilidad del negocio.
Lo que "me echa para atrás" es que la colaboración con BBVA no sea eficiente y correcta (ya que no dependo de mí, sino de una oficina) y repercuta en el servicio a mis clientes.
Un saludo!!