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benigfpk

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benigfpk 03/03/15 12:19
Ha comentado en el artículo ¿Cómo valorar un inmueble heredado?
Buenos días. Gracias por la respuesta. No me queda claro el valor de adquisición. Si en el 2008 pasó a nuestro patrimonio un 50% de la vivienda por un valor de 50 y en el 2014 el otro 50% por un valor de 75, ¿no habría que sumar ambos para obtener el valor de adquisición? Gracias y saludos.
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benigfpk 02/03/15 19:53
Ha comentado en el artículo ¿Cómo valorar un inmueble heredado?
Buenas tardes. Esta es una consulta sobre cómo obtener el valor de un piso heredado y si existe una pérdida patrimonial. En el año 2008 falleció mi padre, casado en régimen de gananciales. En el impuesto de sucesiones se declaró un valor del piso de 100 (valores supuestos), y se liquidó por un valor de 50, porque era la parte que heredamos los hijos. Mi madre quedó con el usufructo del piso. El año 2014 falleció mi madre y se declaró un valor de 150 del piso, liquidándose el impuesto de sucesiones por 75, puesto que los hijos heredamos el restante 50%. Una primera pregunta es sobre el valor de adquisición: ¿debe ser 125, 50 de la primera herencia y 75 de la segunda? Recientemente hemos vendido el piso por un valor de 80. ¿Existe una pérdida patrimonial de 45 a distribuir entre todos los hermanos si el precio de adquisición correcto es de 125? Y puestos a preguntar, ¿se puede compensar esa pérdida patrimonial durante 4 años con ganancias obtenidas, por ejemplo, de ventas de fondos de inversión o de acciones? He leído en otro de vuestros blogs que al valor de adquisición también se suman los cuotas pagadas por el impuesto de sucesiones. ¿Se pueden sumar también los gastos de notario y registro de la propiedad?. ¿Y la plusvalía municipal? También hemos tenido que liquidar otro impuesto de sucesiones y registro de la propiedad para levantar el usufructo que tenía mi madre. ¿Se incrementaría el precio de adquisición con esta cuota? Muchas gracias y disculpas por tantas preguntas.
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