por tratar de explicártelo mejor:1-puede que con esa "golden visa" obtengas la residencia fiscal en Dubai, yo no lo sé, no conozco sus leyes. Lo que es seguro es que no te van a aplicar el convenio de doble imposición entre España y Dubai, porque solo es para gente con nacionalidad de los Emiratos Arabes. Esto afecta a los ingresos que sigas obteniendo en España, aunque te hayas marchado y obtengas la residencia fiscal allí.2-Pero si en España obtienes la mayoría de tus ingresos mundiales, porque sigues teniendo inversiones aquí (viviendas en alquiler, acciones españolas, fondos de inversión españoles,etc), entonces también serías residente fiscal en España, ya que "tu centro de intereses económicos" estaría en España, y este es otro criterio, aparte del de vivir en España más de 183 días, para que Hacienda te considere residente fiscal.Evidentemente, la gente que se va a Dubai a trabajar, probablemente NO va a obtener más de la mitad de sus ingresos en España, y será solo residente fiscal en Dubai si consigue la residencia allí. Pero sí tú no vas a trabajar allí y tienes inversiones en España, el caso no está tan claro: España te puede considerar residente fiscal por ese criterio de que la mayoría de tus ingresos son en España y por ello, tendrías que declarar en el impuesto de la Renta por todas tus rentas mundiales.3-Por tanto, te diría que tienes que preocuparte no solo de obtener la visa en Dubai; además, repartir adecuadamente tu patrimonio para que en España se generen menos ingresos (dividendos, ganancias de fondos, acciones, alquileres,etc) que en otro país. Esta es la manera para que seas residente fiscal solo en Dubai.4-Si logras ser solo residente fiscal en Dubai, entonces los impuestos que te corresponde pagar en España, lo he explicado en el anterior correo: por dividendos de empresas españolas, intereses de cuentas corrientes o depósitos en bancos españoles, ganancias en venta de fondos de inversión españoles y acciones de empresas españolas: el 24%, ya que no te aplicaría el convenio con Dubai y tendrías que pagar ese porcentaje en el IRNR (impuesto renta no residentes) que es el que corresponde a no residentes que viven fuera de la Unión Europea.----> RECTIFICO: dividendos y ganancias patrimoniales son al 19% en el IRNR, con independencia del país de residencia.