Hola
A ver si estoy en lo cierto. A toda la gente a la que le dieron un acción suelta por la cuenta 1, 2, 3 le deberíamos recomendar vender el único derecho que tienen al banco, porque
1) Sino por defecto el banco lo venderá al mercado, y la comisión será mucho mayor que los 5 céntimos que saquen.
2) Lo peor es que los que tenían derecho a simplemente confirmar su borrador del IRPF en hacienda lo perderán por esta tontería. Sin embargo si reciben el dividendo como venta al banco, con su retención, pueden seguir obteniendo borrador y confirmarlo en hacienda luego.
¿Son correctos ambos puntos? ¡Gracias por adelantado!
Hola, sólo es para certificar que por ahora mi experiencia es la de Bruixot : pedí pago total y tengo la solicitud preconcedida. A ver cómo acaba esto...
Hola
Los dividendos de las cuentas de reinversión son dividendos normales y corrientes cobrados en metálico. Así pues, te ingresan los dividendos tras descontarles la retención, como cualquier otro dividendo normal en efectivo, y en el IRPF pagas a toca teja lo que corresponde (casilla 23 del modelo 100).
Por otro lado, el 8% de la remuneración de la cuenta va por separado. Es como la remuneración normal de cualquier otra cuenta, con su retención y pago de IRPF de toda la vida (casilla 21).
Saludos
Buenas. Una vez cuando me fui de vacaciones todo iba perfectamente, y cuando volví unas semanas después, se caía continuamente. Cuando vino el técnico (que al final es de una contrata de Telefónica), tras probar varias cosas me cambió el cable a la centralita y la cosa volvió a ir bien. Luego, como medio año después, empezó a caérseme de vez en cuando. No he vuelto a llamar al técnico porque al ser infrecuente por un lado va a ser difícil que se caiga justo estando él y por otro, me molesta más esporádicamente.