Veo el siguiente comentario en una Adjudicación Directa de la AEAT (se trata de un vehículo): "Se hace constar que en la Base de Datos de la DGT figura una anotación de la AEAT que no obstante no está
anotada como carga en el Registro mercantil".
¿Qué quiere decir? ¿Me voy a comer algún marrón?
Dudé durante unos instantes si me interesaría formar parte de este proyecto, los justos hasta que comprobé que ya en el primer comentario participaba el maestro Llinares.
Contad conmigo!
¿No sería suficiente con una nota informativa simple que solicite en el Registro?
¿Qué problemas "ocultos" me podría encontrar? Se me ocurre que la propiedad no exista...