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Participaciones del usuario Anlumar

Anlumar 01/05/24 19:43
Ha respondido al tema ¿Tienes dudas sobre Raisin y sus depósitos en el extranjero? Plantéalas aquí
 Retención fiscal estándar: 19%Retención fiscal reducida: 0%Plazo:Entre 1 año y, como máximo, 14 días antes de la fecha de vencimiento.Documentación necesaria:Para reducir la retención fiscal, tendrá que facilitar un certificado de residencia fiscal para Eslovaquia expedido por la Agencia Tributaria.En caso de que tenga varios depósitos en el mismo banco colaborador:Si tiene más de un depósito a plazo con el mismo año de vencimiento, simplemente bastará con que facilite la documentación una sola vez a pesar de que haya recibido esta documentación doble.Si tiene múltiples depósitos abiertos con diferentes años de vencimiento, deberá enviar la documentación pertinente cada año. 
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Anlumar 30/04/24 18:18
Ha respondido al tema Urbanitae
Aunque tengo cta. en MyInvestor, entro siempre directamente desde la web de Urbanitae, y hasta ahora he podido pillar los 3 últimos proyectos.
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Anlumar 30/04/24 16:06
Ha respondido al tema Urbanitae
Increíble. 20 segundos ha durado la financiación del proyecto Los Olivos de Colmenar Viejo.No sé si será la suerte del principiante, pero he podido invertir una pequeñísima cantidad.   
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Anlumar 30/04/24 12:37
Ha respondido al tema Civislend
Así es, la web un desastre, al final he tenido suerte y me ha dejado invertir. En menos de 2 min. completo. Ha durado menos que una pompa de Mistol.
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Anlumar 30/04/24 12:15
Ha respondido al tema Wecity
Algo ha debido de pasar que han cancelado la puesta en marcha de la financiación del proyecto Marbella-El Herrojo que estaba previsto para hoy 30 a las 12:00 h. Ahora aparece en estudio.
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Anlumar 29/04/24 22:43
Ha respondido al tema Urbanitae
Este lo he descartado por el plazo 20 meses como poco y la rentabilidad del 10% anual. No le veo buena relación rentabilidad/riesgo/tiempo.
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Anlumar 29/04/24 19:12
Ha respondido al tema Urbanitae
Acabo de ver el webinar y dan bastantes detalles del proyecto y de las garantías. Pero al final la última palabra la tiene cada inversor. Esto no es una IPF a 24 meses donde sabes que vas a recibir seguro un 3,75 % de TIN.Entraré con una pequeña cantidad para probar (500 €) y a ver como sale la cosa. Al fin y al cabo estoy empezando en este mundillo.
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Anlumar 28/04/24 23:08
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Muy importante no olvidarse de la plusvalía del muerto.Qué es la plusvalía del muertoEs como se denomina a una regla fiscal especial que se aplica al heredar fondos de inversión, acciones e inversiones similares.Gracias a la plusvalía del muerto los herederos no tendrán que pagar impuestos por las ganancias acumuladas por fondos de inversiones. A efectos prácticos esto suponer ahorrar ente un 19% y un 23% de impuestos sobre los beneficios.La plusvalía en la herencia se aplica tanto a la herencia como a los pactos sucesiones, pero no a las donaciones. Si donas un fondo tú tendrás que tributar por la ganancia patrimonial y la otra persona pero la donación.Cómo funciona la plusvalía del muertoPara entender esta ventaja fiscal primero hay que tener muy clara la fiscalidad de los fondos de inversión y cómo incluir los fondos en la declaración de la renta.Los fondos de inversión cuentan con una ventaja fiscal muy clara: sólo tributan en el momento de recuperar el dinero, cuando se produce el reembolso. En caso de traspaso a otro fondo, existe una exención por la que se libran de tributar en la renta. El ahorro fiscal va desde el 19% hasta el 23% y puede marcar las diferencias a largo plazo.A la hora de pagar impuestos en la renta por los fondos de inversión hay que tributar por la diferencia entre el precio de compra y de venta. En este sentido, se toma como precio de referencia el de la primera participación, no el del último traspaso. Ese dinero se suma a las demás ganancias y pérdidas patrimoniales y al resto de rentas del ahorro para tributar a los siguientes tipos:Hasta 6.000 euros – 19%Entre 6.000 y 50.000 euros – 21%Más de 50.000 euros -23%La plusvalía del muerto elimina esta parte del tributo para el heredero. Y es que al heredar un fondo el precio de compra será el que marque su cotización a día del fallecimiento. El recorrido desde que lo compró la persona fallecida hasta que se transmite vía herencia o pacto sucesorio se barre, desaparece y no hay que tributar por él.El motivo de esta ventaja fiscal al heredar un fondo es que como heredero ya estás pagando por ese capital en el Impuesto sobre Sucesiones.
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Anlumar 28/04/24 16:47
Ha respondido al tema Depósitos o Fondos MONETARIOS
Pues yo en un traspaso de 160,36 € se perdieron con el redondeo 63,33 €. ¿Cómo se os ha quedao el cuerpo? Después de más de 1 mes de llamadas y correos a MyInvestor reconocieron la cagada y me lo devolvieron. Pa mear y no echar gota. 🤦‍♀️Estas son las participaciones reales que debieron asignarY estas la que asignó MyInvestor:
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