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angelalcazar 08/11/12 00:59
Ha comentado en el artículo Tratando de aclarar la obligación de informar sobre las cuentas en el extranjero
Las normativas que exponen son de ámbitos y con intenciones diferentes. La del Banco de España es a efectos de control de operaciones y de estado de cuentas pero no tiene objetivo de vigilancia de índole fiscal. La actual, quiere meter sanciones a lo bestia. Se comenta que el límite pueda ser de 50.000 euros y que el reglamento se espera para el 1er trimestre del 2013. La sanción se considerará muy grave con multa del 150% Que no nos pase nada
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