Acceder

Participaciones del usuario Anamx - Fiscalidad

Anamx 26/11/19 18:02
Ha respondido al tema Duda declaración de la renta 2018 - Fiscalidad apuestas deportivas
No se de donde te sacas esos datos Javiypaula05, pero no estoy  de acuerdo.Si vamos al articulo 7 de la ley del IRPF que nos habla de rentas exentas no veo pòr ningun lado lo que mencionas.Lo que si menciona es lo siguiente acerca de la obligacion a declarar:Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.Es decir, si tu ÚNICA renta obtenida durante el año es de  1.500 euros, no estarías obligado a declarar. Pero si tienes otras rentas que te obligan a realizar la declaración tendrías que imputar tus ganancias en el juego aunque estas fueses de 50 euros.
Ir a respuesta
Anamx 03/10/19 10:07
Ha respondido al tema Gasto de kilometraje/ IS
Recapitulando, lo que afectaría esa subida de  0.19 a 0.25 cntms/ sería:*Al trabajador:      -Pagara más seguridad Social y tributara en el IRPF por los 0.06 centimos.* La empresa:      - Pagara más seguridad social por lo 0.06 centimos y la totalidad del gasto ( 0.25) será gasto deducible en el impuesto de sociedades.¿Correcto? ¿no se me escapa nada verdad?Muchas gracias por vuestra ayuda :)
Ir a respuesta
Anamx 02/10/19 19:14
Ha respondido al tema Gasto de kilometraje/ IS
Muchas gracias por su respuesta Juan.¿Y a la hora de contabilizar y hacer la nomina?¿serían los 0.06 en especie o los 0.25 al completo?¿ lo meto  todo en una cuenta o uso distintas cuentas?
Ir a respuesta
Anamx 17/04/19 09:33
Ha respondido al tema Pension EEUU
Muchisimas gracias Bacalo lo hare tal y como dices y problema resuelto :)
Ir a respuesta
Anamx 16/04/19 17:59
Ha respondido al tema Reducciones rdtos. irregulares, (art. 18, aptdos. 2 y 3, y D.T. 11,12 y 25 de Ley I.R.P.F.)
Muchisimas gracias por su ayuda una vez mas:) Comprobare que las aportaciones anteriores a 31/12/2016 son esos 2.767 y listo :P No lo encontraba en el Boe y ahora con tras tu ayuda ya lo he visto: Disposición transitoria duodécima. Régimen transitorio aplicable a los planes de pensiones, de mutualidades de previsión social y de planes de previsión asegurados. 1. Para las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas con anterioridad al 1 de enero de 2007, los beneficiarios podrán aplicar el régimen financiero y, en su caso, aplicar la reducción prevista en el artículo 17 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas vigente a 31 de diciembre de 2006. 2. Para las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2007, por la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, los beneficiarios podrán aplicar el régimen financiero y, en su caso, aplicar la reducción prevista en el artículo 17 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas vigente a 31 de diciembre de 2006.  
Ir a respuesta
Anamx 16/04/19 17:26
Ha respondido al tema Pension EEUU
Espero poder sacarlo de una manera o de otra, ya que soy muy cabezota XD. Ademas lo que estoy estudiando esta mas o menos relacionado con esto, por lo que me lo tomare como un aprendizaje ;)
Ir a respuesta
Anamx 16/04/19 17:12
Ha respondido al tema Pension EEUU
En el lugar en el que me encuentro de nada me serviría ir a un gestor, y mi tio esta enfermo y no es posible que vaya a un gestor. Pensaba que una de las muchas funcionalidades de este foro era ayudar a resolver este tipo de dudas. Si no es así pido disculpas. Gracias por su respuesta.
Ir a respuesta