alvpereira
19/08/16 00:35
Ha comentado en el artículo Modelo 720: qué es y cómo rellenarlo
ir al comentario
Buenas Noches,
Voy a presentar el 720 referente a 2015, entiendo que me va a caer una multa de 1500€ por entregar voluntariamente fuera del plazo.
El caso es que herede un inmueble en el extranjero que lo tengo que declarar.
Mi pregunta es: si hacienda me pregunta de donde me vino ese inmueble, el pago (en este caso estaba exento) del impuesto de sucesiones justifica la ganancia patrimonial?
Tengo también una cuestión referente a las participaciones e sociedades.
Tengo 25% de una sociedad extranjera (limitada) que no tiene cuentas auditadas. Entiendo que el criterio para valorar si mi participación sobrepasa los 50000€ es el mayor de los siguientes valores (valor nominal; valor teórico; capitalizar al tipo del 20% el promedio de los beneficios).
En el caso de esta sociedad el mayor valor esta relacionado con beneficios capitalizados. La empresa tiene un promedio de 37.000€ de beneficios antes de impuestos. Entiendo que capitalizando al 20% (por 5) y valorando mi participación no tendría que declarar.
37000€ x 5 x 25% = 37500.
¿Es correcto?