Estoy pensando en contratar la Oro, ¿sabéis si hay problema en darla de baja el primer año? Otra cosa, como hay que pagar las tasas de los vuelos aunque paguemos con avios, ¿sabéis si compensa o salen más caras las tasas que el billete comprado directamente?
Un saludo
Hola, la EPSV no tributa por Sucesiones, sino por IRPF. Algunos notarios hacen referencia a ella en la escritura de partición de herencia, pero dejándola fuera del caudal hereditario, y desde luego no hay que incluirla en la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones. Dependiendo del importe, es posible que la entidad financiera os tenga que retener, y la tenéis que incluir en la declaración de IRPF del beneficiario como rendimientos de trabajo, al 60%.
Un saludo