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Alfonso Perea

Se registró el 03/02/2016
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Alfonso Perea 05/02/16 17:12
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias por tu claridad y sinceridad, me parece muy buen consejo. Voy a pedir cita presencial, por teléfono ya hable con ellos pero no me aclararon gran cosa. Si avanzo algo mas lo comparto.
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Alfonso Perea 03/02/16 10:51
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Fernan Me animo a escribirte directamente, pues creo que eres particularmente experto en este tema. También he posteado en el foro correspondiente a 720, pero el mensaje está a la espera de moderación, y no sé si lo verás. Como el tema me está consumiendo, te escribo directamente para ver si puedes darme información y alguna tranquilidad al respecto. Si lo prefieres postear en el propio foro, en vez o además del blog, perfecto. O si prefieres responderme en privado Gracias en cualquier caso / Alfonso No encuentro un caso similar al mío (es particularmente tonto), así que me animo a describirlo brevemenente, y ruego y agradezco por adelantado su ayuda. En el 2014 tanto mi mujer como yo abrimos depósitos en Malta. Ambos depósitos están por debajo de 50K, con lo cual asumimos que no era necesario declararlos. Sí vamos (nos gusta sentirnos bien y dormir tranquilos) a declarar los intereses generados; pero como se devengan anualmente, hasta 2015, no generó intereses, que toca declarar en el IRPF de este año. De modo que estábamos tranquilos y en paz con el mundo. El caso es que, al ir investigando la forma de declarar estos intereeses, he descubierto con horror que, al estar casados en gananciales, hay que tener en cuenta la suma. Y resulta que entre los dos sí nos pasamos de 50K, y deberíamos haber informado el 720 el año pasado Ya hemos declarado vía 720, con un año de retraso, ambos depósitos, cada uno el suyo. Ahora estoy a la expectativa de lo que nos pase. Entiendo que nos va a caer la multa de 1500 euros, pero aún así tengo varias dudas: - será una multa única de 1500, o pueden ser dos, una para cada uno? (espero que no) - hay alguna posibilidad de evitarla? - hay riesgo de que la multa sea aún peor? - hay algo más que pueda hacer por prevenir la multa, o su agravamiento? He leído que se debe hacer una complementaria, pero en mi caso creo que no aplica, pues no hay ganancias sin declarar (se declararán ahora en el IRPF) - puedo pagar de alguna forma sin esperar al IRPF, para mostrar la voluntad que tenemos al respecto? Destacar que en ningún momento ha habido intención de defraudar. No hemos dejado de pagar ni un euro debido, ni queremos hacerlo. Sólo hemos pecado de ignorantes y tranquilos. Tontos en una palabra. Cualquier ayuda más que bienvenida Alfonso
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Alfonso Perea 03/02/16 10:46
Ha comentado en el artículo Modelo 720: qué es y cómo rellenarlo
No encuentro un caso similar al mío (es particularmente tonto), así que me animo a describirlo brevemenente, y ruego y agradezco por adelantado su ayuda. En el 2014 tanto mi mujer como yo abrimos depósitos en Malta. Ambos depósitos están por debajo de 50K, con lo cual asumimos que no era necesario declararlos. Sí vamos (nos gusta sentirnos bien y dormir tranquilos) a declarar los intereses generados; pero como se devengan anualmente, hasta 2015, no generó intereses, que toca declarar en el IRPF de este año. De modo que estábamos tranquilos y en paz con el mundo. El caso es que, al ir investigando la forma de declarar estos intereeses, he descubierto con horror que, al estar casados en gananciales, hay que tener en cuenta la suma. Y resulta que entre los dos sí nos pasamos de 50K, y deberíamos haber informado el 720 el año pasado Ya hemos declarado vía 720, con un año de retraso, ambos depósitos, cada uno el suyo. Ahora estoy a la expectativa de lo que nos pase. Entiendo que nos va a caer la multa de 1500 euros, pero aún así tengo varias dudas: - será una multa única de 1500, o pueden ser dos, una para cada uno? (espero que no) - hay alguna posibilidad de evitarla? - hay riesgo de que la multa sea aún peor? - hay algo más que pueda hacer por prevenir la multa, o su agravamiento? He leído que se debe hacer una complementaria, pero en mi caso creo que no aplica, pues no hay ganancias sin declarar (se declararán ahora en el IRPF) - puedo pagar de alguna forma sin esperar al IRPF, para mostrar la voluntad que tenemos al respecto? Destacar que en ningún momento ha habido intención de defraudar. No hemos dejado de pagar ni un euro debido, ni queremos hacerlo. Sólo hemos pecado de ignorantes y tranquilos. Tontos en una palabra. Cualquier ayuda más que bienvenida Alfonso
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