¿Podrías poner un link que corrobore la multa de ¡60.000 euros! o nos podrías decir de dónde sacas esa información?
Me chirría que por ingresar 3.001 euros negros en el banco te vayan a imponer una multa descomunal de 60.000 euros.
Si te estás refiriendo a las sanciones de la ley de blanqueo de capitales, sin habérmela leído entera, diría que es una ley para profesionales del comercio, sector financiero, etc., no se aplica al ciudadano medio que meta en el banco el dinero que tenía bajo el colchón..
Gracias por contestar.
Debes tener en cuenta que el 3 % adicional te lo dan si gastas al menos 300 euros en "otras compras". En tu ejemplo con 250 euros de gasto, no te darían el 3 % adicional.
Hay que tener en cuenta que el importe máximo de gasto en las gasolineras Cepsa sobre el que se calcula bonificación es de 4200 euros.
Por otra parte, cada vez que gastas en Cepsa tienes un 3 % de descuento, que se convierte en 6 % (es decir, 3 % adicional) si ese mes has realizados gasto de al menos 300 euros en "otras compras". Por lo tanto un 6 % aplicado sobre el máximo bonificable de 4200 euros son 252 euros anuales.
Así que el máximo descuento anual que podrás conseguir con la VISA Cepsa serán 294 euros, desglosados así:
-252 euros por compras en la red Cepsa (el 3 % + 3 % adicional sobre un máximo de 4200 euros en la red Cepsa).
-42 euros por el 1 % del resto de compras (sobre un máximo de 4200 euros).
Yo tampoco he recibido el email, pero ya está publicado en su página web (fijaos en la letra pequeña debajo del 1 %), así que es oficial:
https://www.porquetuvuelves.com/wls/porquetuvuelves/conocenos_comofunc_visa.htm
Y en las dos primeras páginas de este pdf se especifan las condiciones (las condiciones de los descuentos son claras, nada de ambigüedad):
https://www.porquetuvuelves.com/porquetuvuelves/prom/BBLL_VISA_CEPSA_PORQUETUVUELVES/CONDICIONES_GENERALES_VISA_PQTV.pdf
Una gran noticia volver a tener la bonificiación general del 1 %.
No había leído la página 4. Tienes razón: tras leerla parece claro que ya no se admitirán las transferecias de un mismo titular.
Mi deducción incorrecta se basaba en la literalidad del punto 2.3, de la cual no se podía asegurar que ya no se admitieran ese tipo de transferencias, pero tras ver la página 4, ya no hay duda.
Saludos.
No entiendo por qué mucha gente interpreta, de la lectura del punto 2.3 del comunicado, que ya no serán válidas las transferencias del mismo titular desde otras entidades para cumplir el requisito de los 600 euros.
Cuando hablan de las "transferencias realizadas por el propio titular" es para excluirlas de la definición de "nómina, pensión o prestación". No sé por qué interpretaís que están hablando de los ingresos recurrentes superiores a 600 euros. De los ingresos recurrentes sólo se dice que serán los abonos procedentes de otras entidades (sin especificar nada más)..
El mensaje de "Su cuenta no está activa para operar ON-LINE", que te aparece cuando intentas realizar muchas operaciones, es porque tu cuenta tiene un bloqueo que se quitará cuanto esté activa. El proceso de activación se produce cuando les llega la documentación y la verifican. En ese momento recibirás un email diciéndote: "Hemos recibido correctamente la documentación de su nueva cuenta" y te pedirán que hagas un primer ingreso etc.
Es decir, ese mensaje que te aparece es normal y no tiene nada que ver con que todavía no hayas hecho el primer ingreso. Lo que no te sé decir es si en una semana ya deberían haber recibido la documentación y haberla verificado. Llámales y pregúntales. Y todavía no hagas el primer ingreso, espérate.
Tal vez la culpa no haya sido de los "simpáticos" de la Caixa, sino de alquien que se ha pasado de listo y haya dado el número de cuenta de esa empresa.
¿Solución? Fácil: algo tan simple como "devolver el recibo". Si no puedes hacerlo online o no sabes, llama a tu oficina. No tiene mayor complicación.