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Al.garcia

Se registró el 18/12/2011
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Al.garcia 18/12/11 19:56
Ha comentado en el artículo ¡¡Me caducó el embargo!!
la Audiencia Provincial de Granada se ha decantado por ordenar la cancelación de las anotaciones de embargo posteriores, y ello, a pesar de la caducidad de la anotación de embargo que dió lugar a la ejeución que culminó en la subasta y adquisición por un tercero (hija de los deudores). El procedimiento utilizado fue la tercería de dominio. Si os interesa, os doy más datos. También tengo otra sentencia de este año de la Audiencia Provincial de Valencia. Y yo no cobro 60.000 €, pero se aceptan ofertas.
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