Perdon quise decir fondos de inversión ,no planes de pension.¿tendríamos que tributar todos los años por el aumento del valor patrimonial aunque no se venda el fondo?
Entonces,no entiendo por qué motivo dices que tu cónyugue se vería obligado a vender las acciones.Por otro lado,al morir una personay pasar las acciones a un heredero,al no vender no se produce plusvalía, entonces¿que impuesto se pagaría al hacer la liquidacion?
me has dejado con la mosca en la oreja, pues yo tengo las acciones a mi nombre y estoy en gananciales.¿Quieres decir que si yo muero mi mujer tiene que venderlas? ¿y si quiero que sean para mis hijos? ¿se puede evitar que tenga que venderlas haciendo testamento?Explicame este tema, por favor.Yo ya pregunté en su día en la notaría este tema,y creía que pasaban a l os herederos.¿Yque pasa si las acciones estan a nombre de los dos?saludos
Es que no se puede.Ni una entidad bancaria, ni otra.Como he dicho,no se puede pasar la titularidad de las acciones de una persona a otra, ni introducir nuevos titulares.Y si no lo crees, consulta a la CNMV.Lo que sí se puede, es cambiar la cuenta de valores a otra entidad, pero con el mismo propietario.
Para vuestra informacion, os puedo decir,pues este tema fuí personalmente a la oficina bancaria a intentarlo,que no se puede poner en la cuenta de valores a otra persona aún siendo cónyugue en régimen de gananciales, una vez se han comprado acciones.Setienen que vender al mercado, y luego comprar en una cuenta de valores a nombre de los dos.Además,aunque estéis en régimen de gananciales,la renta de dividendos o plusvalías de la venta de acciones, se la computa solamente el, titular, en la declaracion de la renta.No ocurre lo mismo con los fondos de inversión,que sí se puede añadir otro titular y pasa a ser beneficiario del 50% de la plusvalías .Tampoco se puede hacer donacion en vida de acciones,una vez han sido puestas a nombre de una persona.Se tienen que vender al mercado, y luego se compran a nombre de quien se quieran dar, haciendo escritura de donación.Espero haberos aclarado algo.Saludos.
Entonces,si no quieres vender tus acciones ,te las canjearían por acciones de la empresa que hace la opa?.Y si es así,¿se tiene que tributar por el canje?.Supongo que se haría una oferta por el canje, y si no te interesa vendes,¿es así?.Quiero ir aclarando estos temas,pues en las carteras de largo plazo esto se nos va a cruzar en el camino antes o despues.Saludos.