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1971_2004

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1971_2004 09/04/14 16:19
Ha respondido al tema Ayuda, no se por donde tirar..
te dan el 80% del valor menor, el de tasacion o el de compra. Así que no, nunca te van a dar tanto dinero como para pagar el 100% más gastos, a no ser, como te han dicho que fuera un piso del propio banco, lo cual no es el caso. Yo no sé si ese piso que te ofrecen es un chollazo o no, pero sí sé que meterse en un piso de 140.000 euros no teniendo ni un duro ni tan siquiera un trabajo fijo y cobrando entre los dos 2000 euros es una locura. Mi consejo es 1) esperar a tener trabajo fijo y 2) que dejeis de buscar quimeras y mireis pisos que sí os podais permitir. Hoy día hay pisos en venta por bastante menos de 100.000 euros (incluso si es viejo y hay que hacer reforma puedes encontrar por menos de 50.000). ¿A qué meterse en uno de 140.000? a mí también me alucinaría vivir en un chalé con 1000 m2 de jardín, piscina y caseta de madera, pero como sé que no me lo puedo permitir pues vivo en un piso viejo, de ladrillo, con 60m2 y doy todos los días las gracias por poder tener un techo para mí y mis hijos. Si algún día me toca la lotería ya buscaré entonces quimeras y lujos.
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1971_2004 09/04/14 15:25
Ha respondido al tema ¿Dónde hago la declaración de la renta?
129146-CAMBIO DE RESIDENCIA: CUMPLIMENTACION DE LA DECLARACION. Pregunta Contribuyente que cambia su residencia de una Comunidad Autónoma a otra. ¿Qué domicilio fiscal y clave de Comunidad Autónoma debe hacer constar en su declaración por IRPF? ¿Qué deducciones autonómicas puede aplicar? Respuesta El contribuyente deberá hacer constar en su declaración, como domicilio fiscal, el de su nueva residencia habitual. Deberá marcar la clave de la Comunidad Autónoma donde tuvo su residencia habitual en el año al que se refiere la declaración, que será aquella Comunidad en la que el contribuyente permaneció durante más días de dicho año, y podrá aplicar las deducciones autonómicas aprobadas por esta Comunidad. En cualquier caso, el contribuyente podrá presentar su declaración, además de por medios telemáticos, en las entidades de depósito colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro, ..), así como en las oficinas de la AEAT y en las habilitadas para ello por las Comunidades y Ciudades Autónomas y Entidades Locales, situadas en cualquiera de las Comunidades Autónomas. Normativa/Doctrina Artículo 28 Ley 22 / 2009 , de 18 de diciembre de 2009 . Artículo 72 .1 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
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1971_2004 09/04/14 15:22
Ha respondido al tema Desgravacion de hijos renta 2013
puesto que no estais casados y no podeis declarar como matrimonio debeis hacer dos declaraciones individuales, con estado civil "soltero" y a la hora de poner los hijos debeis meter los datos de los dos hijos, poniendo la vinculación siguiente: 3- Hijo/a u otro/a descendiente del primer declarante, cuando el descendiente también conviva con el otro progenitor. De esta forma el programa calculará solo la desgravación corresponiente, que como te han dicho es el 50% de cada hijo a cada progenitor.
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1971_2004 09/04/14 15:18
Ha respondido al tema RENTA2013 hijos
solo puede meterlos si convive con ellos, si no convive por muy hijos suyos que sean no tiene derecho.
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1971_2004 09/04/14 11:17
Ha respondido al tema Vinculación de Descendientes (1, 2, 3, o 4)
no se adecua la opcion 3 porque tú ahora no estás conviviendo con tu hijo, por lo tanto o no lo pones y ella lo pone con vinculación 1, o los poneis los dos normalmente como si convivierais y entonces sería "- Hijo/a u otro/a descendiente común" y ya no habría que poner vinculación.
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1971_2004 09/04/14 10:51
Ha respondido al tema Vinculación de Descendientes (1, 2, 3, o 4)
perdón por dar por hechas cosas que no son, mejor así. PUes en ese caso ni idea. No sé si podría ella declararlos al 100% y tú no declararlos. Lo que no creo que pueda es hacerla ella conjunta con los niños. Deberían ser dos individuales.
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1971_2004 09/04/14 10:42
Ha respondido al tema Defensa jurídica
si fuera un gasto inherente a la compra de la vivienda (que por ejemplo necesites un abogado por algún lío con la inmobiliaria o con el vendedor yo qué sé) pues ahí podría tener sentido desgravarlo. Pero lo que recurriste fue una ayuda, subvención o como lo llames, no un gasto de la compra (al revés más bien) así que no lo veo.
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1971_2004 09/04/14 10:32
Ha respondido al tema Vinculación de Descendientes (1, 2, 3, o 4)
entiendo por lo que dices que lo vuestro es una separación de hecho. En ese caso yo haría dos individuales con deducción al 50% de los hijos. En el momento que haya sentencia legal de separación o divorcio ya pasaría a ser como el caso expuesto, madre al 100% con los hijos y conjunta y padre individual y sin hijos. En contraprestación el padre que no deduce a los hijos por no convivir con él puede deducirse la pensión que pague a la mujer y la pensión de alimentos a los hijos lleva una consideración especial más beneficiosa por lo que también se declara. Pero tanto una como otra tiene que ser vía sentencia judicial. Si no hay sentencia entiendo que fiscalmente es como si siguierais casados y conviviendo.
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1971_2004 09/04/14 10:26
Ha respondido al tema Vinculación de Descendientes (1, 2, 3, o 4)
el padre no se podrá deducir a los hijos, no los pondrá de ninguna forma y por tanto vinculación ninguna, ya que la madre los está deduciendo por entero al ser la única que convive con ellos.
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1971_2004 31/03/14 15:48
Ha respondido al tema Lio con la declaración de la renta 2014
cierto, aún así si tuvieran hijos en común podría darse que hubiera sentencia judicial adjudicando a la ex pareja y los niños el piso y en ese caso sí podría deducirlo. Evidentemente si no había hijos, no había mediado sentencia judicial alguna y él no se ha podido deducir la vivienda como vivienda habitual hasta el momento pues claro, entonces no hay nada que hacer en irpf y no podría acogerse a la reinversión.
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1971_2004 31/03/14 15:31
Ha respondido al tema Lio con la declaración de la renta 2014
Dando por hecho que tu marido estuvo pagando hasta el final su parte de la vivienda y que cumplia los requisitos de mi post anterior y por tanto la declaraba como habitual a pesar de no vivir en ella, lo que debes hacer es lo siguiente: Tienes que buscar la declaración de la renta del año que vendio tu marido la renta. Si la vendió hace dos años (2012) debió ser la renta del año año pasado. Ahí debió declarar la ganancia patrimonial por esa venta, y ahí vendrá si esa ganancia la declaró exenta por reinversión o por el contrario pagó el irpf correspondiente a la misma. Pagara o no, en cualquier caso este año deberá ir tu marido con esa renta y con todos los papeles de la nueva compra para regularizar el asunto. Y ahí ya haciendo números se verá si la cantidad invertida es suficiente para declararla totalmente exenta por reinversión o no y se regularizará en consecuencia. En realidad es muy sencillo, pero no tiene absolutamente nada que ver con el iva que como te han explicado es algo de lo que no se libra nadie, sino con irpf. Y no con el de la comprada ahora sino con el de la vendida por tu marido. Mi consejo con el lío que tienes es que lleveis todos los papeles de la venta, la compra, las últimas rentas, y en fin todo y que se haga cargo un asesor experimentado.
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1971_2004 31/03/14 15:19
Ha respondido al tema Lio con la declaración de la renta 2014
sí es posible que pueda considerarse vivienda habitual aún no viviendo ya en ella. Es un caso especial en caso de divorcio: 128107-LIMITE DEDUCCION: DIVORCIO, SEPARACION MATRIMONIAL Pregunta Contribuyente separado que sigue abonando su anterior vivienda en la que vive su exconyuge y sus hijos. Posibilidad de deducir por los pagos satisfechos relacionados con dicha vivienda. Respuesta La nueva legislación del IRPF regula la deducción por inversión en vivienda habitual señalando que en supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, el contribuyente podrá seguir practicando esta deducción, en los términos que reglamentariamente se establezcan, por las cantidades satisfechas en el período impositivo para la adquisición de la que fue durante la vigencia del matrimonio su vivienda habitual, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden. También podrá practicar deducción por las cantidades satisfechas, en su caso, para la adquisición de su vivienda habitual, pero con el límite conjunto de 9.015 euros anuales. A partir de 1.1.2011, el límite de la base de deducción será de 9.040 euros. Por tanto, a partir del ejercicio 2007 el contribuyente podrá practicar la deducción en los términos que reglamentariamente se establezcan mientras cumpla dichos requisitos, dentro de los límites y demás circunstancias contempladas en la normativa del Impuesto. Normativa/Doctrina Artículo 68 .1.1º Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 Modificado D.F. Segunda RD-Ley 20/2011 de 30.12 . . Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0299 - 2007 , de 19 de febrero de 2007
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1971_2004 28/03/14 11:23
Ha respondido al tema Hipoteca de promotor LA CAIXA vs hipoteca ING
a ver, en este caso el que tenga una hipoteca te está beneficiando, porque es hipoteca de promotor, y lo que te está ofreciendo la caixa es una subrogación con cambio de deudor. Eso quiere decir que la hipoteca no se cancela sino que cambia, en vez de estar a nombre del promotor ahora estará al tuyo. Eso tiene muchísimas ventajas. Porque la subrogación tiene muchos menos gastos que el hacer una nueva. Y tiene un inconveniente. Que los gastos de hacerla con otro banco serán mayores. Eso es porque en otro banco tendrán que cancelar hipoteca y hacerte otra, lo cual lleva los gastos normales de hacer una hipoteca nueva (mucho más que la subrogación) y encima el gasto añadido de la cancelación. No dices los gastos que sería hacerlo con ing, pídeselos porque yo creo que la diferencia será mucha. Lo de los 11000 euros más con una diferencia solo del 0,5% en el diferencial ¿estás seguro de haberlo calculado bien? tienes que buscar una calculadora donde venga el gasto final total diferenciado princpal e intereses con una y otra opción, ahí es donde podrás comparar. Y luego a eso sumar los gastos de una y otra. En los datos ue has puesto de las hipotecas, te olvidas un pequeño detalle, ing también te obliga a tener nómina y también sus propios seguros de hogar y vida (si no cumples con los seguros el diferencial pasa a ser 2,7%). Sí es cierto que ing no tiene comisiones. Sería interesante saber si la caixa te cobra comisión de subrogación (lo que sería apertura) y si esa comisión de desistimiento es parcial, total o las dos. Lo más importante es que no haya comisión parcial para poder ir amortizando. La total para mí no tiene tanta importancia. Lo de los recibos y tarjetas en la caixa, pues debeis valorar vosotros, a veces si no obligan a cantidades muy grandes de gastos merece la pena, y además es más cómodo tener todo en una cuenta. Y está el tema de que ing no es precisamente claro y transparente. No serías el primero que le deniegan la hipoteca después de pre-aproada y tasada incluso. Lo que tendrías que valorar es si la caixa es un buen banco, si te ofrecen buenas condiciones por domiciliar nòmina (no gastos, no comisiones por transferencias, cheques, mantenimiento...) Y lo de la comision apertura (subrogación) y desistimiento TOTAL. A ver qué te dicen. Si como banco te gusta, a mí me parece que puede ser mejor opción la hipoteca del promotor, el diferencial no sube mucho más, las vinculaciones las puedes quitar a la carta solo con una pequeña subida de diferencial y el ahorro en gastos será grande.
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1971_2004 27/03/14 09:55
Ha respondido al tema Hipoteca ING
parezco un disco rallado, pero bueno, ahí va. Busca el hilo titulado "ing hipoteca fantasma" y entenderás. Y repasa el resto de hilos de ing. Si no te quieren dar más no te van a dar más te pongas como te pongas. Así que vete haciendo a la idea de que o te apañas con lo que te ofrecen o te buscas otro banco. Ellos funcionan así, dan lo que quieren a quien quieren, son muy muy extrictos, nada transparentes (no dan explicaciones y en la web no pone información alguna de sus requisitos).
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1971_2004 27/03/14 00:47
Ha respondido al tema Hipoteca Ing: Opiniones y experiencias
Si pagas 34 euros menos, quiere decir que en intereses no te vas a ahorrar apenas nada, y esa es la cuenta que debes hacer, no la cuota total, sino la parte de intereses. Mi opinión es que no lo amortizarás en toda la vida de la hipoteca. Además, no veo qué sentido tiene pagar todo ese dineral para ahorrar 34eur. Por otra parte, andas algo perdido, creo, eso de que ing mandara oferta a la caixa seria si hicieras una subrogación, pero no puedes hacerlo así porque en la subrogación no cabe la extinción de condominio, ni ampliación de capital, ni ningún cambio queno sea interés o plazo. Lo que harían seria cancelar hipoteca vieja y hacer una nueva. Y la caixa no pintaría nada. De ahí la diferencia de gastos. El día de mañana, ya con tu hipoteca solo a tu nombre si la cosa va mejor, ya te subrogarás a otro banco, con gastos muchísimo menores. Y si la cosa va mal y no puedes cambiar de banco, pues aún así sales ganando, porque la diferencia de ints no justifica pagar 4000 euros. No tiene sentido ninguno a mi modo de ver hacerlo ahora y complicarte de esa forma.
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1971_2004 26/03/14 16:19
Ha respondido al tema Hipoteca Ing: Opiniones y experiencias
No, de ninguna manera por una diferencia de 0,5% te va a merecer la pena pagar 4000 euros de más en gastos. Eso te costaría años y años amortizarlo si es que alguna vez llegas a amortizarlo. Piensa que no tienes que contar "lo que te ahorras en el recibo" sino "la parte de intereses qeu te vas a ahorrar" porque la parte de amortización al final será la misma. No tiene sentido. Pero es que además como estamos comentando en ing son super-restrictivos y te puedes encontrar que después de todo el papeleo y tasación incluida te la denieguen sin explicaciones.
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1971_2004 26/03/14 16:16
Ha respondido al tema Hipoteca Ing: Opiniones y experiencias
leete el hilo "ing hipoteca fantasma" y entenderás muchas cosas. Yo no digo que ing no de hipotecas, claro que sí dará, pero desde luego la transparencia brilla por su ausencia, los requisitos tan restrictivos no vienen por ningún lado, de primeras a todos les preaprueban la hipoteca y te hacen hacerte ilusiones y perder oportunidades en otros bancos (a veces puedes incluso perder la operación). Con ellos no conviene jamás quedarse a una sola carta.
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1971_2004 21/03/14 15:32
Ha respondido al tema Vivienda con diferentes porcentajes de propiedad, problema a la hora de desgravar.
Imagino que es lo que haces pero no solo cambies la cantidad a desgravar, asegúrate de poner siempre en los datos adicionales de la vivienda (donde se pone la referencia catastral) el porcentaje correcto de titularidad. Y luego en el apartado de la desgravación donde se pone el número de contrato de hipoteca modificar también y poner 70%.
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1971_2004 21/03/14 12:50
Ha respondido al tema Vivienda con diferentes porcentajes de propiedad, problema a la hora de desgravar.
Una cosa ¿la cuenta por la que pagas los recibos va a tu nombre solo o estás con tus padres? La desgravación es por las cantidades efectivamente pagadas y según la titularidad. Así que debes poder justificar fehacientemente que has pagado tú solo al menos ese 70% para no tener problemas. Por eso si la cuenta bancaria fuera a nombre de los tres ahí sí te podrían buscar las vueltas y decir que debes desgravar solo el 33% por considerar que el pago es al 33% eso debes tenerlo en cuenta.
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1971_2004 21/03/14 12:26
Ha respondido al tema Vivienda con diferentes porcentajes de propiedad, problema a la hora de desgravar.
a ver si hacienda algún año te dijera algo y la cuenta está exclusivamente a tu nombre, no tendrías que tener problema porque puedes justificar que tú pagas el préstamo completo y puesto que también puedes justificar que eres titular del 70% de la vivienda y que es tu vivienda habitual. NO veo como te podrían buscar las vueltas teniendolo todo documentado no debería haber problema. Desde luego que el 100% siendo solo titular del 70% pues ni de coña, y lo del 33% siendo que los recibos van a tu nombre completos pues tampoco le veo sentido.
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