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Dar de Baja Seguro de VIDA

9 respuestas
Dar de Baja Seguro de VIDA
Dar de Baja Seguro de VIDA
#1

Dar de Baja Seguro de VIDA

Hace unos pocos meses la entidad con la que trabajo ( LIBERBANK ) para contratar una tarjeta de crédito me "obligaron" a contratar un seguro de vida, lo que no me di cuenta es que el seguro su renovación es anual y coincide la renovación el 1 de Enero ,pense que era anual pero se renovaba en la fecha en la cual había sido firmado ( mitad de año ), el caso es que como no esta vinculado a ninguna hipoteca y me parece un seguro innecesario en mi caso ( incluso leyendo la póliza dice que en casado de fallecimiento cobrarían mis hijos y cónyuges ) cuando ni estoy casado ni tengo hijos,,,el caso es que tendría que haber avisado con dos meses de antelación y esto se ha cumplido hace unos pocos días. ¿ Cómo podría darlo de baja para evitar problemas ? Avisando con mas de 50 días de antelación creo que es mas que suficiente, aun así si quieren acogerse a la ley ( que no se ni cual es ) de avisar con dos meses de antelación, tengo entendido que yo podría alegar algo así como que ni me han avisado ni presentado la prima de renovación ni nada... sencillamente mirando en las clausulas del seguro dice que la prima podría cambiar debido al cambio de mi edad.. ¿ cómo sería mejor enfocar el tema ? Decirle al banco que no renuevo mediante carta con acuse de recibo sin más, ni mencionar nada de los dos meses, o directamente ya alegar que no aviso con antelación porque ellos tampoco me han avisado de la prima.

Gracias, un saludo

#2

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

La ley establece un plazo de dos meses, a partir del año que viene seŕa de un mes. Manda preaviso en cualquier caso y negocia la póliza, es práctica común en la banca encasquetar seguros aunque no los necesites, seguro que ni habrás firmado. Trata de negociar, pero en un caso de este tipo, argumenta si no se te ha entregado ni has firmado documentación de ninguna clase, es un defecto grave (se incumple la Ley de Contrato de Seguro) y podrías llegar a reclamar ante el defensor del asegurado (o figura similar) y la Dirección General de Seguro, es un caso de malas prácticas y el mero hecho del pago del recibo no presupone la aceptación automática del contrato.
Acude a un mediador profesional que te aconseje y conoce la ley, tu patrimonio y tu tranquilidad bien lo valen. Y encima, normalmente pagarás menos que con el banco con un servicio infinitamente mejor. Un saludo,

#3

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

ya estás fuera de plazo,,,

#4

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

Tengo un seguro de vida con una Caixa, cuando lo contrate, el director que conoce perfectamente mi profesión, soy albañil, me aconsejo este producto, con fallecimiento por cualquier causa con cobertura de 120.000€. Firme con confiando en el, y posteriormente me he dado cuenta que hay una clausula en la que dice que en "vias o terrenos destinados a uso particular o por un colectivo determinado de usuarios o al desarrollo de cualquier actividad laboral , profesional, comercial o industrial, quedaría excluido el accidente". ¿Esto quiere decir que si sufro un accidente, que me provoca la muerte, en una de las obras en las que trabajo, no estaría cubierto?.¿Puedo solicitar la cancelacion, sin esperar al vencimiento de la poliza?

#5

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

¿Un seguro de vida que no cubre la muerte por accidente laboral? No me lo creo...Debe cubrir cualquier causa!

#6

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

Miremos la letra pequeña y los grupos de riesgo, si por no hacerle pagar más no le han incluido los trabajos en altura, le están haciendo un buen putadón al forero (y a su familia y beneficiarios) como tenga la mala ocurrencia de caerse de un andamio. Ojito con eso. Saludos,

#7

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

Eso ya lo tengo claro, lo que yo quiero preguntar es si puedo alegar que el banco tampoco me ha dicho el precio de renovación, o si esto no sería válido. En caso de que pudiera,¿cómo debería hacerlo y basándome en que ley?

#8

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

Lo primero, modifica la póliza para cubrir ese riesgo si lo necesitas. Lo segundo, preavisa antes de 60 días para el vencimiento que cancelas el seguro (no es obligatorio con la hipoteca y es más asequible en la mayoría de aseguradoras, y bastante además). Los temas de vicio en la contratación son bastante complicados de demostrar, sobre todo si la documentación te la entregaron y la firmaste. Un saludo,

#9

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

Puedes solicitar la modificación de la póliza, en ningún caso la anulación basada en esa causa puesto que tuviste plazo legal para hacer modificaciones o rechazar el contrato.

#10

Re: Dar de Baja Seguro de VIDA

No comunicar el precio de renovación en si no es motivo alguno para solicitar anulación, solo si la renovación no se ajustase a unas tarifas conocidas de antemano o con medio sencillo para calcularlas. En vida riesgo deben existir esas tarifas y estar comunicadas a la DGSFP en nota técnica, además que se solían incluir en las pólizas.

Por el vencimiento que hablas tiene pinta que te hayan incluido en un colectivo, a lo mejor ni eres el tomador de la póliza.