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Pias para ahorro estudios hijo

5 respuestas
Pias para ahorro estudios hijo
Pias para ahorro estudios hijo
#1

Pias para ahorro estudios hijo

Hola,

¿merece la pena hacer un PIAS a nombre de tu hijo con aportaciones mensuales de 50 euros/mes?¿es normal que cobran todas las comisiones en los primero 4 años de producto?

Si la respuesta es que merece la pena y que no es normal eso de que cobren todas las comisiones por adelantado en los primeros 4 años de vida(el mediador me dijo que era por ley, al estar relacionado con FI, tipo unit-linked)decirme por favor culaes conoceis en el mercado interesantes.

Muy importante que esta a nombre de tu hijo menor de edad.

Saludos

#2

Re: Pias para ahorro estudios hijo

Un PIAS está planteado preferiblemente para complementar los ingresos de la pensión a medio y largo plazo. Tenerlo como un ahorro a diez quince años no me parece lo más adecuado, te va a quedar normalmente una renta mensual vitalicia reducida y no es grande la ventaja fiscal.
Un hijo menor de edad, por ley, no puede ser tomador de la póliza. Para eso es más adecuado (normalmente) un ahorro infantil, en el que él sí puede ser el asegurado y puede llegar a tener condiciones tan buenas en el ahorro. Al menos en la aseguradora para la que trabajo. Saludos,

#3

Re: Pias para ahorro estudios hijo

El tomador, asegurado y beneficiario de un PIAS deben ser la misma persona, luego no puedes poner nada 'a nombre' de tu hijo. Para el caso que planteas existen otras soluciones de ahorro periódico.

#4

Re: Pias para ahorro estudios hijo

Hola,

Disculpe mi atrevimiento a preguntar,pero¿cuales son esas soluciones que ha mencionado?

Un saludo

#5

Re: Pias para ahorro estudios hijo

Patocles ¿cuál es el interés técnico mínimo garantizado en un PIAS?

#6

Re: Pias para ahorro estudios hijo

Atrevimiento ninguno, faltaría mas, para eso está el foro :-)

Simplemente planteo que un producto de ahorro moderno permite una flexibilidad suficiente para adaptar el ahorro a nuestras necesidades. Éstas se pueden llamar pagar los estudios de un hijo o que los estudios se acaben llamando Seat León, pero esa es otra historia. Si tu planteamiento de contratar un PIAS era por su ventaja fiscal, no encaja con la perspectiva de temporalidad y de uso.

Pero ¿y al contrario?. Contratando un plan de ahorro y manteniendo unas aportaciones regulares si que podrías posteriormente transformarlo en un PIAS, la Ley te lo permite. Ponte en el caso de que tu hijo se independiza, lo independizas tu porque te tiene hasta el gorro o cualquier otra situación donde ese dinero ya no se usará para el objetivo inicial, ese dinero lo puedes usar para tu jubilación.

Independientemente de las campañas de captación de algunas entidades en que disfrazan de ahorro infantil productos que les convienen a ellos, lo que debe permitir ese producto es una prima mínima anual y unas aportaciones extraordinarias mas bajas que un producto tradicional para que ese dinerito que le dan al niño en un cumpleaños o en la comunión puedan acabar en su plan de ahorro, que no deja de ser un plan de ahorro como el que tu te harías pero con cuatro retoques.

Hablar de fiscalidad, cuando la cambian año si año también, es un poco complicado, así que yo de ti contrataba un plan de ahorro donde seas tomador, asegurado y beneficiario en caso de supervivencia. Llegado el momento de rescatar tu dinero es tuyo, como lo ha sido siempre, y verás el destino que le das para evitar un posible pago de impuesto de donaciones. No recuerdo de nadie que se lo hayan cobrado por pagarle la matrícula de los estudios a sus hijos, puede que si a los de la matrícula del Seat León (siempre queda la posibilidad que seas el flamante propietario de una discoteca con neumáticos).

Los productos modernos son muy flexibles, encontrarás lo que mejor se adapte a tu deseo, seguro.

Aprovechando la pregunta que me hacían bajo la tuya respecto de intereses, solo conozco los de mi compañía actualizados: 2.75% técnico, equivalente a 1,98% TAE para primera anualidad.

Colchonero, no existe un tipo mínimo general para los PIAS, cada compañía aplica los suyos. Si que existe un máximo definido legalmente para cada anualidad por la DGSFP.

Saludos!

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