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Seguro de vida a favor de un tercero

3 respuestas
Seguro de vida a favor de un tercero
Seguro de vida a favor de un tercero
#1

Seguro de vida a favor de un tercero

Hola,
quiero exponer mi duda sobre la contratación de un seguro de vida dada mi situación actual.
Me explico:
estoy desempleada desde hace tiempo y sin subsidio, divorciada sin pensión compensatoria y conviviendo con un viudo que tiene trabajo y pensión.Por no perderla no podemos formalizar la relación.Además yo no estoy empadronada en su domicilio donde resido para poder acceder a las pocas ayudas que he conseguido estando en mi situación laboral(sinó me piden sus rentas,cuando no somos NADA).
A lo que voy: se me ha ocurrido que en caso de faltarme,(sabiendo y asumiendo que no tengo ningún derecho,que lo he dejado todo atrás por estar con él,soy quíen realmente está a su lado,y mi situación laboral y económica actual), podría hacerse un seguro de vida a mi favor para cubrir los primeros contratiempos derivados de su falta, tales como tener que salir de su casa, etc.
Mi gran duda es que si soy yo la única beneficiaria...¿debo compartir la cantidad con sus herederos por legítima aunque no sean beneficiarios?¿Hacienda se me comería la cantidad contratada?Pensaba entre 30000-50000 euros. Matizo que estoy en Catalunya y que mi pareja ya tiene contratado otro seguro de amortización de hipoteca del cual se beneficiarían sus hijos al heredar su casa.
Agradecería una respuesta experta, puesto que tengo miedo a dar pasos en falso.

Un saludo ;)

#2

Seguro de vida a favor de un tercero

Buenas, en un seguro de vida puedes poner a quién quieras de beneficiario. El seguro de vida no se incluye en la herencia, es decir, del seguro de vida se beneficia quien esté expresamente mencionado como beneficiario del mismo.

En caso de no designarse beneficiarios, es cuando por orden se reparte el seguro, es decir, primero se beneficiaria el cónyuge, seguidamente los hijos, a continuación los ascendentes y finalmente los herederos del cónyuge.

En cuanto a la forma de tributar, se debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Un saludo.

#3

Re: Seguro de vida a favor de un tercero

Puede hacer tu pareja un seguro de vida a tu favor sin ningún tipo de problema como te indica Maria Isabel, es mas, es inembargable, es de libre designación, es decir el asegurado designa a quien considere beneficiario. pero ojo, ten en cuenta dos cosas para no tener problemas futuros.

1 -+ que designe beneficiaria a ti, con nombre, apellidos y nif.
2 - se puede modificar el beneficiaria en una comunicación a la asguradora, en testamtento y puedes no enterarte (salvo que fuese irrevocable(.

También puedes ser tu la tomadora, tu pareja el asegurado y tu la beneficiaria, fiscalemnte no seria una sucesión ni donación y tributaria por incremento patrimonial, al ser tu la que abonas la prima (mira si merece la pena).

un abrazo.

#4

Re: Seguro de vida a favor de un tercero

Gracias por vuestras respuestas.
Pero si soy yo la tomadora y beneficiaria,¿cuánto se me comería Hacienda?Porque como incremento patrimonial,la verdad és que hoy por hoy sería el único patrimonio con el que contaría.
¿Qué és más aconsejable, ser tomadora o sòlo beneficiaria?

Un saludo