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Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?

4 respuestas
Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?
Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?
#1

Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?

Hola, vengo de BBK Caj. y me ha dicho un empleado que sí. Pero del folleto de la emision yo no entiendo eso. Más bien que "no hay garantías aportadas por terceros ajenos a la entidad emisora". A ver si me lo podéis confirmar.

Por cierto, pide uno el código de la emisión y le dicen al principio que "no hay código".

Me resulta raro que mi pariente (casi 80 años) contratara eso hace pocos añitos, conociéndole. Se las endosaron de otro cliente que se deshizo de ella al 100.5%.

Aparte, el otro día almorzando con él, y hablando sobre un depósito a plazo fijo, me dijo que lo había metido en esta entidad, BBK Caj., frente a un punto más a 1 año de plazo que le daban en otra entidad. Le pregunté la razón. Como es mayorcillo a veces no entiende bien lo que le pregunto, pero al final lo saqué: le habían dicho en la BBK que "si el otro ofrece más a saber por qué será, a lo mejor es que están mal". La típica táctica del miedo. Luego mi suegro añadió: "yo es que confío en mucho en ese director". Ya no quise seguir hablando con él del tema, porque me iba encendiendo.

Felices vacaciones.

#2

Re: Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?

Las obligaciones subordinadas no son un depósito, por tanto NO están cubiertas por el FGD
Tampoco lo están los bonos, ni las obligaciones "simples" ni las participaciones preferentes

#3

Re: Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?

Hola Manolok, me refiero a obligaciones subordinadas, no a aquellas que se convierten en acciones. Pero lo que contestas entiendo que la respuesta seguirá siendo que no.

UN saludo

#4

Re: Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?

Perdona quiería decir subordinadas, ya he editado el mensaje, que despiste
ni las obligacones "a secas" ni las subordinadas ni las convertibles (ni bonos, ni cédulas ni titulaciones ni preferentes, ni pagarés ni ...son depósitos
Por tanto ninguno de esos valores entra en el FGD

http://www.fgd.es/es/info_regulacion_dinero2.html
"No se considerarán depósitos garantizados:
(...)
b. Los valores representativos de deudas emitidos por la entidad de crédito, incluso los pagarés y efectos negociables"

Tengo claro que un bono u obligación o cédula o pagaré son valores de deuda

#5

Re: Obligaciones subordinadas: ¿cubiertas por el FGD?

Gracias Manolok

Un saludo

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