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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#2897

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Muchas gracias por tus respuestas, Gargantaprofunda, y por la lista, aunque veo que ha desaparecido ese post lo puedo recuperar a través de algún otro post que te contestaba. Aún no he hecho ninguna llamada, pues quiero clarificar una cosa más.

Respecto al recuadro junto a la firma del "test de conveniencia", en el caso que me ocupa dice textualmente:

NIVEL DE CONOCIMIENTO FINANCIERO: NORMAL
EL CLIENTE TIENE EL CONOCIMIENTO Y LA EXPERIENCIA INVERSORA SUFICIENTE PARA CONTRATAR PRODUCTOS DE AHORRO INVERSIÓN TANTO SIN RIESGO COMO CON RIESGO DE RENTABILIDAD.

Esto es de mayo del 2009, y acto seguido les colocan la deuda subordinada 8ª emisión, a nombre del menor, y un año después otra tanda de deuda subordinada a nombre de la madre (sin ningún test de conveniencia nuevo). En donde firman los adultos dice claramente que pueden contratar sin riesgo y con RIESGO DE RENTABILIDAD (es decir, riesgo de pérdida de intereses). ¿No sería este un caso claro de contratación fraudulenta? Por favor, contéstame pues por lo que dices es lo más relevante. También me gustaría tener acceso a esa documentación a la que hacías referencia y de la que hablaba "Mister Cross". Yo te garantizo máxima confidencialidad y una vez más te agradezco tus aportaciones. Saludos,

#2898

Re: Plazos cumpliéndose escrupulosamente ... pero apurando plazos, "typical Spanish"

Julen, si te sirve de algo, la web de la CNMV tiene que publicar el fin de tu subordinada, o bien como amortización final o algo así y lo hará con antelación.

#2899

Re: Plazos cumpliéndose escrupulosamente ... pero apurando plazos, "typical Spanish"

JULEN33,

Acabo de mirar en los boletines diarios del mercado secundario y si tu emisión es de CAIXA GALICIA ISIN ES0214843080 VTO. 01/10/2012, AMORTIZACIÓN ANUNCIADA AL 100%.

FELICIDADES!!

#2902

Re: Un poco de todo

Saludos Ff_pp_,

Gracias de nuevo. Creo que la lección la tengo aprendida. Te puedo asegurar que tanta amabilidad por parte de la Banca me da hasta coraje. es más me mostré bastante fría, aspera.
Solo preguntaba por si teniais conocimiento de algún caso que le haya propuesto alguna solución al tema. Pero como ya se dice popularmente "No hay que fiarse ni de tu padre". Saludos.

#2903

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Lamento tener que ser taxativo en la réplica. La Deuda Subordinada, CON O SIN VENCIMIENTO -da igual- está incluída en el paquete:

Real Decreto, Capítulo VII, Artículo 37, "Acciones de Gestión de Instrumentos Híbridos de Capital Y DE DEUDA SUBORDINADA" ...

MoU, Punto 17, traduzco literalmente "... las autoridades españolas requerirán medidas de reparto de la carga de los tenedores de capital híbrido y de los tenedores de DEUDA SUBORDINADA de los bancos que reciban capital público ...".

Mercado AIAF, cotización últimas semanas de DS de entidades "similares" a CX (CajaMadrid, CaixaGalicia, Caja España ...): Para vtos. 2018-2020 "ronda" el 50%, punto arriba punto abajo.

En algún momento del mes de Julio/Agosto se llegó a discutir incluso si se aplicaría "reparto de la carga" a la Deuda Sénior! El Sr. Draghi (a diferencia de Trichet) era un ferviente defensor de la idea. Al final el RD clarificó el escenario y limita el reparto HASTA la Deuda Subordinada. Si se estuvo discutiendo si convendría "tocar" la Deuda Sénior ... imagínate tú si van a tocar la Subordinada. El RD, el MoU y los precios de mercado no dejan la menor duda al respecto.

Intuyo que desde tu oficina alguien te quiere dar largas y mantenerte tranquilo hasta que llegue el día del bofetón y ya no se te pueda seguir dando largas. Tal vez, quien te anda diciendo que la DS con vencimiento no se va a tocar, esté pensando en realidad "Le suelto un par de chorradas, me lo quito de encima ... y cuando llegue el día en que haya que decirle "Oh!! Lo siento! Me equivoqué ... sí que hay quita para su deuda", es bastante probable que yo ya no esté y que se lo tenga que decir otro". Patada a seguir -como en el rugby-, me quito a éste pesado de delante y a otra cosa.

Si alguien, a estas alturas, anda diciendo desde la sucursal que "tranquilo que aquí no pasa nada y recibirá Ud. todo su capital", más allá de ser un mal comercial (engaña -otra vez, habría que decir- a sus clientes) cae ya en la categoría de miserable. Engaña consciente de que está engañando y está jugando con los ahorros de la gente.

Las únicas posibilidades de que un tenedor de subordinada pueda salir indemne de esta juerga:
- Que lo suyo sea tan flagrante que pueda acogerse a arbitraje y se lo devuelvan todo.
- Que coja los bártulos y se vaya zumbando al juzgado más próximo, demande y gane a su debido tiempo.
- Que el Gobierno se descolgase de la noche a la mañana con "Va, me sobran 5.000 milloncejos y como no sé que hacer con ellos ... voy y monto un fondo de compensación para ahorradores pillados en preferentes y subordinada" y que además caigas plenamente en la consideración de "ahorrador". A lo primero (a escasos días del rescate total de la economía española según se anticipa en prensa) le concedo una probabilidad del 0.5% (cuando nos rescaten -es cuestión de "cuando" más que de "si nos rescatan"- no quedará autonomía para incluir en el presupuesto lo que se quiera incluir ... se incluirá lo que Bruselas nos deje incluir ... cagada pastoret), a lo segundo -que seas clasificado como "ahorrador" en lugar de "inversor"- no puedo conceder probabilidad alguna ya que desconozco tu caso.
- Que no se acoja al "canje voluntario" que se plantee y que sí lo haga la mayoría del resto de afectados, de tal manera que se alcance el objetivo prefijado (explícito o no) de contribución al reparto de la carga por parte de la emisión de deuda en cuestión, y el FROB tenga a bien "perdonar" la vida de quienes no hayan canjeado y no tocarles el pago de cupón, ni tocarles el nominal, ni tocarles el vencimiento. El RD otorga al FROB poderes para hacer eso y cuanto convenga para que el "reparto de la carga" sea efectivo. Éste es un escenario típico de "teoría de juegos": El afectado "lucha" contra el resto de afectados. Le interesa que la mayoría no haga lo que él vaya a hacer. Si él se va a acoger al canje, le interesa que la mayoría no se acoja para poder salir victorioso del trance -> Él recuperará más de lo que recuperarán quienes no se acojan y vayan a ser después esquilmados por una medida obligatoria del FROB. Se marcha con la sensación de "hubiese podido ser peor ... mira lo que le ha ocurrido a quienes no han canjeado". Y si él no se va a acoger al canje, más le vale que el resto sí lo haga para que así el FROB le deje en paz y no le toque su deuda.

Ojo, incluso si se renuncia al canje y en el supuesto de que sean relativamente pocos los que renuncien y el FROB no se ensañe con ellos, entonces te quedarás con Deuda Subordinada de una entidad zombie en tus manos:
- Puede que esa entidad sea subastada, o troceada y subastada, y aparezca un postor interesado en el tinglado y oferte para quedarse con los activos y pasivos del zombie. Entonces tendrás, pongamos por caso que SAN se queda con el muerto, Deuda Subordinada de CX de la que va a responder SAN a vencimiento. Escenario más o menos confortable ... siempre que SAN no vaya a requerir ayudas públicas hasta vencimiento. Si las requiriese ... la Deuda Subordinada sería objeto de quita y vuelta a empezar (se volvería a aplicar lo establecido en el RD). Antes de vencimiento, esa deuda sería vendible en el secundario a precios de mercado ... Pero ocurre que tras el RD que establece muy claramente que la DS es susceptible de quita en caso de dificultades ... La DS ya nunca va a volver a gozar de los precios que gozó. Quien ahora la compra sabe que está comprando deuda particularmente (todavía más!!) arriesgada ... y eso va en el precio -> Los precios caen automáticamente.
- O puede que el Sr. De Güindows se equivoque nuevamente y no aparezca postor con ganas suficientes para quedarse con el muerto, activándose entonces, de todas todas, el mecanismo de liquidación: transferencia de pasivos/clientes a un banco puente, de activos dañados ya transferidos al "banco malo" y de activos "sanos" a vender a quién los quiera. En ese desagradable escenario ... la deuda subordinada valdría inmediatamente cero. El FROB no ofrecería canje ninguno (ya ofreció uno y quien a estas alturas tuviese la deuda entre sus manos lo rechazó ... no hay ninguna obligación de ofrecer otro canje) y el afectado se quedaría con un papelito entre las manos que no valdría absolutamente nada. Uno compra clientes y compra cartera de créditos sanos de un banco en liquidación ... eso siempre tiene valor. Pero la deuda subordinada de un banco con el cartelito "se liquida", evidentemente no vale nada.

Sorry, me he extendido mucho ...

#2904

Re: Plazos cumpliéndose escrupulosamente ... pero apurando plazos, "typical Spanish"

Alguien que se dedica a mirar los boletines del AIAF???????

Pilar, te encuentras bien??

Vete con cuidado que poco a poco te estás convirtiendo en una "experta" y ya nadie se va a creer que eres una simple ahorradora ;-)) Debes ser la única que se ha descargado un boletín aiaf en lo que va de año ;-))

En cualquier caso me uno a tu felicitación: Felicidades Julen!! Al menos ya tenemos uno a quien le ha salvado la campana!

Y pensar que había "paquetitos" de 12.000 euros a la venta, al 85% se llegaron a cruzar, hasta hace sólo unos días en el secundario. Estuve tentadísimo de meterle mano a uno de ellos ... pero (cagón que soy) me faltó el valor. Quien lo hizo, se habrá llevado al bolsillo 1.800 euracos brutos de la manera más tonta. Una rentabilidad del 15% en unos 15 días no se ve cada día. Anualizada ... un 360%.

Felicidades Julen!! Mira que lo veía claro ... pero me faltó valor! Otra vez será!

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