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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#8417

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola a todos... Sigo el hilo este pero hablo poco. Basicamente por que no puedo aportar nada interesante al tema y prefiedo no hacer ruido.

Nosotros tenemos subordinada con vencimiento en 2020, una cifra de 5 digitos.
Hace un par de meses fuimos a CX a ver si podiamos ir a arbritage, pues la deuda nuestra se la encajaron a nuestra madre, y nos "toco" en herencia. Nos dijeron que no, que solo las preferentes ivan a arbitraje.

El miercoles, pasado mañana, hemos sido citados en la oficina. Segun nos comentan para explicarnos como esta el tema ahora que ya esta claro que pasa.

Leer, hemos leido mucho, pero aclararnos, muy poco.

Entiendo que no debemos firmar nada, y leer totdo bien y por lo menos 4 veces hasta que se entienda que puñetas nos dicen.
hemos decidido en casa que si nos ofrecen ese 22% de quita a cambio de liquidez immediata lo aceptaremos. Quien sabe como puede acabar esto y para el 2020 CX puede ser solo un recuerdo...
Lo que nos preucupa es que hagan cambio a acciones y antes de darnos liquidez estas caigan. No se si esto es posible.

Como veis para nosotros esto es un lio pues jamas de los jamases hemos jugado con la pasta y el gol que nos encajaron nos ha dejado descolocados.

Alguien puede hacer un resumen claro de que debemos hacer el miercoles cuando nos sentemos con el de la oficina?

Gracias!

#8418

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Buenos dias nargoni, yo tambien tengo deuda subordinada de la 8 emision vencimeinto diciembre 2018. Estoy citado con la directora de la oficina el miercoles 19 de junio y por supuesto antes de ir ya he hablado con mi abogado y te anticipo lo que me ha comentado:

Que escuche el "rollo" que nos van a vender pero NO FIRMAR ABSOLUTAMENTE NADA, ni aceptar ninguna de las "mierdas" que nos van a ofrecer sobre superdepositos, etc. Me ha comentado que la mejor solucion seria que el 19 de julio nos abonen el 77 y pico% y despues ya tranquilos intentar tomar las medidas oportunas.

Sobre todo NO FIRMAR NADA, yo tambien tengo 5 digitos como comentas y me jode que estos HJDLGP se beneficien, pero ya les llegara el dia.

Saludos,

angelcir

#8419

Ya tengo los papeles !!

Ya tengo los papeles de la venta de acciones.
Voy a quitar mis datos y a lo largo de la mañana los pongo.

Hay frases como "los titulares aceptan libre e irrevocablemente...."

En principio no veo nada muy raro

#8420

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

El canje a acciones es automatico y obligatorio. No necesitan tu firma. Lo que si que debes firmar es la autorizacion para venderlas al FROB y asi obtener el liquido. Si no las vendes al FROB tendras una acciones que de momento no cotizan en ningun sitio y no se sabe muy bien que pasara con ellas. Despues de venderlas y para recuperar la diferencia puedes solicitar el arbitraje y por via judicial, etc.

Yo lo tengo claro, voy a firmar, retirar el dinero de la entidad y batallar por la diferencia.

Saludos.

#8421

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

¿Porque esa urgencia en firmar el canje,? ¿Porque un plazo para ofrecer la liquidez solo a un mes escaso? ¿porque no te dejan llevarte los papeles?

Mucho me temo que esta es la trampa y mucho me temo que si se venden las acciones y se obtiene la liquidez , se acabo lo que se daba. Eso es todo lo que se va a sacar y olvidaros de demandas y reclamar el 23% estafado. Que a los promotores de vender las acciones o se les olvida o omiten de forma descarada un papelito que un grupo de cuatreros estuvieron redactando este verano y que se aprobó de urgencia en Agosto. Lo pone muy clarito.....

Artículo 47.

1. Fuera de lo dispuesto en el artículo 69, los titulares de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada afectados no podrán iniciar ningún otro procedimiento de reclamación de cantidad con base en un incumplimiento de los términos y condiciones de la emisión correspondiente, si dichos términos han sido afectados por una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada acordada por el FROB y la entidad está cumpliendo con su contenido.

2. Fuera de lo dispuesto en el artículo 71.1, los titulares de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada afectados no podrán reclamar de la entidad ni del FROB ningún tipo de compensación económica por los perjuicios que les hubiera podido causar la ejecución de una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.

#8422

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Aquí tenéis los famosos documentos que no dejan sacar de la oficina para estudiarlos,, ¿porque sera? ¿ Quizás porque la palabra irrevocable se lee en multitud de ocasiones y todo lo que explican esta relacionado con el famoso articulo 47? Yo diría que formalizando esos documentos se esta “aceptando acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada acordada por el FROB y la entidad está cumpliendo con su contenido. “ y que por lo tanto....

“los titulares de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada afectados no podrán reclamar de la entidad ni del FROB ningún tipo de compensación económica por los perjuicios que les hubiera podido causar la ejecución de una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada. “

Si tenéis pretensiones de cobrar lo que os pertenece , o sea el 100% yo no firmaría nada de eso ...

Aceptación de la oferta de adquisición de acciones

https://www.dropbox.com/s/4wxw9whj6zy7n4v/Acceptaci%C3%B3%20oferta%20FGD.pdf

Oferta de adquisición voluntaria de acciones ordinarias de Catalunya Banc

https://www.dropbox.com/s/rsbgd45g4lfubiz/Sobre%20acciones%20de%20CX.pdf

#8423

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola cabreado,

anteriormente se habló de un escrito de reservas de acciones que colgó un bufette de abogados que sobretodo lleva el caso Bankia en el que a mi me parece muy completo. Mi pregunta es, si este escrito modificado al caso CX, serviría para no firmar ningún papel trampa de los canjes ofrecidos por los imprensentables y obtener así nuestro objetivo de recuperar tu parte de los ahorros y realizar la posterior demanda.

http://www.vabogados.com/imagenes/carta-disconformidad-canje-afectados-preferentes.pdf

SOLICITO:
1. Que se me devuelva de manera inmediata el dinero invertido y que de forma tan
premeditada e injusta se me ha arrebatado.

2. Que en caso de que se vaya a proceder al canje tengan constancia de mi negativa a
aceptarlo pro soluto, reservándome todas aquellas acciones que en derecho me asistan.

3. Que si, a pesar de todo lo manifestado, el Banco procede a la realización del canje,
apoyándose en el Real Decreto manifiestamente inconstitucional, les ruego que
procedan a la venta inmediata de cualquier producto financiero por el que quieran
canjear mis ahorros y al depósito inmediato en la cuenta de mi titularidad nº […].

4. Que en caso de no proceder, según les solicito, les haré responsables de todos los daños
y perjuicios que por su negligencia se me irroguen.

Y para su constancia expresa solicito me sea sellada la presente por duplicado,
extendida en […] folios de papel común, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

PD. No lo he leído pero sólo el principio. ¿Pero porqué ponen aceptación voluntaria de acciones si es obligatoria?

#8424

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

A lo que se refiere el artículo 47 es a los titulares de instrumentos híbridos, es decir , a aquellos que no reclamen o bien que habiendo reclamado se le haya denegado.
Lo que se está pidiendo, ya sea por vía arbitral, ya sea por vía judicial, es que el contrato de ese instrumento híbrido sea nulo, es decir, como si nunca se hubiera producido (con lo que si se produce sentencia o laudo a favor ya no se es titular del mismo), con lo que ya no sería de aplicación para este caso el arículo 47.
Vamos, eso es lo que creo (o lo que quiero creer); si en el foro hay alguien que pueda dar algo de luz será bienvenido