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Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas

930 respuestas
Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
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Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
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#825

Re: Opción del no caje- alguien puede darme más detalles?

Hola Ana, yo también tengo OS perpetuas y se lo pregunte al director de mi oficina. Me dijo que en Mayo pasarían a cotizar en el mercado SEND y que no sabia si seguirían pagando el cupón, ya que se guardan la potestad de, si quieren, alegar no tener beneficios y no pagarlo.
Que sea verdad o mentira ya no lo se.
Saludos

#826

Como colgar archivos

Alguien sabe como colgar archivos ?

Gracias y saludos

#827

Re: Opción del no caje- alguien puede darme más detalles?

Hola, Ana.
Siento resumir de esta manera, pero:
1.- Si no acudes al canje, tienen que seguir pagándote el cupón.
2.- La Ley del 4 de Febrero les permite, en previsión de pérdidas, demorar 12 meses el pago del cupón de las preferentes (no de las subordinadas). En caso de demostrar pérdidas al cierre del ejercicio fiscal justifican el no haberte pagado, en caso de beneficios te devolverán los intereses. Las subordinadas siempre cobran, si un año hay pérdidas, en cuanto vuelvan las ganancias te reintegran todo con efecto retroactivo.
3.- El mercado Send no está cerrado como aseguran en el Banco, incluso sigue teniendo movimientos. En este enlace puedes buscar si aparecen tus obligaciones y el último precio de venta si es que lo han tenido. Si no aparecen puede ser porque algunas obligaciones siguen cotizando en la Bolsa de Valencia (o de Madrid) todavía.
http://www.aiaf.es/esp/aspx/Comun/Emisiones.aspx

Y en este otro enlace, alguien se ha molestado en publicar un cuadro de decisión donde en función de tus condicionantes, aconseja una decisión u otra. En mi caso, subordinadas con vencimiento, sin necesidad de liquidez, me confirma mi decisión de no aceptar el canje-chantaje.
http://www.plataformadeafectados.blogspot.com.es/2012/03/arbol-de-decision-aceptar-el-canje-o-no.html

PD. Hay quien decide que prefiere perder a regalar. Yo digo lo que el refranero popular "más vale pájaro en mano que ciento volando". Si necesitase liquidez, prefiero vender a un 60% al contado y en metálico que a un teórico 75% en acciones, comisiones y gastos.

#828

Re: Opción del no caje- alguien puede darme más detalles?

Sentencia sobre preferentes

La reciente sentencia
dictada por el Juzgado de Primera
Instancia número 15 de Palma
de Mallorca de 15 de noviembre
de 2004 es un claro paradigma de
esta realidad.
Los hechos que dieron lugar a esta
interesantísima decisión judicial se
remontan al año 1999, en el que
una clienta de 78 años suscribió
con Caja Madrid un depósito
a plazo fijo por un importe de
42.000 euros en el mes de julio,
por el que percibía un interés
remuneratorio del 3%. En
noviembre de ese mismo año,
y siguiendo el consejo del
subdirector de la oficina, suscribió
un paquete de participaciones
preferentes caymadrid en el
convencimiento de que se trataba
de un depósito que revestía las
mismas características que el
anterior pero con un interés
superior, pasando a obtener una
remuneración del 5,15%. En
ningún momento fue informada de
las características de este producto
ni de los riesgos que conlleva y
que le supusieron una pérdida, en
dos años, de 5.284,22 euros.
Muy brevemente describimos las
participaciones preferentes como
activos en renta fija que empezaron
a comercializarse por las entidades
financieras a finales de los años 90
con el objeto principal de captar
capitales con los que financiar y
hacer frente a su actividad
crediticia y de inversión, y que
otorgan a sus titulares los derechos
que proporcionan las acciones
ordinarias (salvo el derecho político
de voto) así como un dividendo

La sentencia de 15 de noviembre
de 2004 antes referida vino a
estimar íntegramente la demanda
interpuesta por esta asociada de
Ausbanc Consumo contra Caja
Madrid, condenando a ésta al pago
de la parte de capital invertido y
perdido por la demandante más
sus intereses legales. Tras declarar
la sentencia que era esencial
determinar si se facilitó la
información necesaria de forma
clara y transparente sobre las
características de este producto de
“participaciones preferentes”, que
permitiera al suscriptor adoptar
una “decisión informada”, llegó
a la conclusión de que, atendida
la naturaleza y características del
producto financiero comercializado
por la entidad demandada, la
persona encargada de comercializar
dicho producto, es decir, el
subdirector de la oficina, omitió
la diligencia necesaria en la
información que debía facilitar,
pues de lo único que se le
informó fue sobre el interés a
percibir, que era mayor que el del
plazo fijo.

el juzgador a quo analiza, además
de la información suministrada a
la actora, el perfil inversor de la
misma, llegando a la determinación
de que en este caso la inversión
aconsejada por la entidad
demandada no se ajustó a su perfil
conservador, pues es obvio que si
esta señora hubiera conocido que
el capital invertido podría disminuir
en atención a los riesgos de
mercado y, además, que existía el
riesgo de no percibir dividendos, no
hubiera efectuado la suscripción
de participaciones preferentes.
Finalmente, la sentencia que
estamos comentando concluye
con la afirmación de que en este
caso, la entidad demandada ha
dejado de observar las “normas
de conducta que disciplinan su

actuación, entre las que destacan,
dentro del deber de diligencia, las
de asegurarse que disponen de
toda la información necesaria
para sus clientes, manteniéndoles
siempre adecuadamente
informados y la de cuidar de los
intereses de sus clientes, como si
fueran propios, habiéndose
suministrado una información
deficiente, pareciendo haber
pesado en el presente caso más
los propios intereses de la entidad
demandada que los del cliente
inversor, que actuó confiado en
los consejos del subdirector de la
sucursal bancaria (…) por lo que
ha de concluirse que la omisión
de información esencial por parte
de la entidad demandada en
relación al producto financiero
ofertado y finalmente suscrito por
la actora es contraria a la buena
fe, máxime cuando se contrató el
mismo por la confianza depositada
en la persona que comercializaba
el producto financiero”.
Entiendo, en definitiva, que nos
encontramos ante una resolución
que debe marcar un punto de
inflexión, frente a esta tendencia
de las entidades de comercializar
entre sus clientes productos
financieros de alto riesgo, sin
informar previa y debidamente de
las características de los mismos y
de los riesgos que conlleva invertir
en ellos, no sólo para el inversor
medio o conservador, y no sólo
para los mayores, sino incluso
para el más experimentado.

#829

Re: Opción del no caje- alguien puede darme más detalles?

Otra sentencia y datos sobre actuaciones y costes juridicos:

Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes.

- Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores:

“El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos.

(…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto .

- Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes.

“Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión.

Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.”

Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10.

MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable.

Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación.

En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión.

- Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil)

a) Falta de información

b) No adecuado perfil de inversor

c) incumplimiento de la exigencia MiFiD

d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero.

Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales.

Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria.

- Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido)

- Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido)

- Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido)

- Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido)

- Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto.

* Iva no incluido.

*Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses.

* Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).

#830

Re: Opción del no caje- alguien puede darme más detalles?

El gobierno parece que esta de parte de los bancos:

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos.

El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta".

Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital".

Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras".

SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA

El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes.

Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales.

La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados.

El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas".

PROPUESTA INCONCRETA

Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno.

"También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos

#831

Hoja seguimiento acciones canje / factores influyen denuncia / acepto o no el canje

Por si a alguien le puede servir para la toma de decisiones, incluyo una hoja excel donde podeis ver el dinero que iremos ganando / PERDIENDO nada mas aceptar el canje, una hoja donde vemos los parametros que nos pueden ayudar a tomar la decision de aceptar el canje y otra donde estan los factores que pueden influir en la decision judicial en caso de demandar.

http://www.filedropper.com/seguimientoaccionesbankia
http://www.filedropper.com/aceptoelcanje
http://www.filedropper.com/factoresquepuedeninfluirendemandajudicial

Saludos

#832

Hoja seguimiento acciones canje / factores influyen denuncia / acepto o no el canje

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