Extinción de condominio, ¿qué precio se pone del piso? ¿el de la escrituta? ¿o cualquier cantidad mediante acuerdo?Respuestas: 4
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Extinción de condominio, ¿qué precio se pone del piso? ¿el de la escrituta? ¿o cualquier cantidad mediante acuerdo?
Buenas noches:
Unos dicen que el que viene en la escritura, otros que puede ser menos o más, o sea pactado. ¿Pero esto es posible, luego hacienda no se hecha encima? Por favor ayuda, ando perdidísima y necesito saber cantidades para hablar con mi banco, y pedir un importe adicional, uffff. Un millón de gracias, saludos.
Re: Extinción de condominio, ¿qué precio se pone del piso? ¿el de la escrituta? ¿o cualquier cantidad mediante acue
Por favor, alguien que sepa del tema y me pueda decir algo; es que no tengo ni idea. Muchas gracias
Re: Extinción de condominio, ¿qué precio se pone del piso? ¿el de la escrituta? ¿o cualquier cantidad mediante acue
Hola, Una extinción de condominio no es mas que la disolución de la posesión común de la cosa. Para extinguir la posesión se hace una compraventa, de una/s de las partes a otra, así que el precio será el de mercado, o que acordéis todas las partes. En caso de no poneros de acuerdo, se debería sacar a pública subasta. Si ese piso se puede vender por 100mil en el mercado y estáis al 50% pues la otra parte deberá darle 50mil. Así es a grandes rasgos. Saludos.
Re: Extinción de condominio, ¿qué precio se pone del piso? ¿el de la escrituta? ¿o cualquier cantidad mediante acue
Gracias Jozze por tu respuesta,pero mi duda era si se podia pactar una cantidad para comprar la otra parte, o había que ceñirse a algún valor porque lo diga alguna ley, y pueda tener problemas con hacienda.
Un millón de gracias, saludos
Re: Extinción de condominio, ¿qué precio se pone del piso? ¿el de la escrituta? ¿o cualquier cantidad mediante acue
Si compras muy por debajo del precio de mercado hacienda podría revisarte el precio y enviarte una paralela. Imagina que tienes un piso de 300.000 en condominio y compras 1/2 de piso por 40.000, hacienda te dice que nonoes, y el que cobra Actos Jurídicos (tú comunidad autónoma) lo mismo. De todas formas el rango es amplio, una idea si quereis ir a la baja es preguntar en tu comunidad en cuanto valoran ellos el piso, hay unas tablas interesantes para eso y sobre ellas puedes guiarte. |
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