Utilización cuenta vivienda para pagar parte de la carga hipotecaria.Respuestas: 3
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Utilización cuenta vivienda para pagar parte de la carga hipotecaria.
Hola, muy buenas. Acabo de adquirir la que va a ser mi vivienda habitual en proindiviso con mi pareja.Tiene una carga hipotecaria de la que quiero pagar la parte equivalente a los ahorros de mi cuenta vivienda, para con el resto formalizar hipoteca a nombre de los dos? Es eso factible?
Re: Utilización cuenta vivienda para pagar parte de la carga hipotecaria.
Por tu mensaje, entiendo que YA has comprado la vivienda.
El saldo de la cuenta vivienda tiene que invertirse íntegro en la compra de la vivienda. Si no lo has hecho, entiendo que has perdido el derecho a las desgravaciones que hayas podido realizar sobre el dinero de esa cuenta y que, por tanto, deberías devolver dichas desgravaciones (si las has hecho, claro).
Re: Utilización cuenta vivienda para pagar parte de la carga hipotecaria.
Gracias por la contestación, Latestone. Creo que no he sabido explicarme. Acabo de negociar la compra de una vivienda con un particular, la cual tiene una hipoteca que pretendo subrogar, aunque todavía no he hecho los trámites. Hemos acordado una entrega de dinero, viene a ser la parte de lo que podría deducirme este año, y que no he aportado a la cuenta vivienda (9.000). Y mi intención es utilizar el saldo de mi cuenta vivienda que pertenece a las 3 anualidades anteriores (y que me he desgravado) para satisfacer los gastos e impuestos asociados y amortizar parte de la hipotega que pretendo subrogar.
Re: Utilización cuenta vivienda para pagar parte de la carga hipotecaria.
Cuando se cancela completamente la hipoteca del vendedor (para que el comprador quede libre de esas cargas), esto aparece en la escritura de compraventa. De modo que el pago de la compraventa se divide en dos partes: la parte necesaria para amortizar la hipoteca del comprador (que va directamente para el banco del vendedor) y el resto de dinero hasta llegar al precio de la vivienda (que va directamente al vendedor).
Pero en tu caso hablas de cancelación parcial por una hipoteca a subrogar, así que no sé si hace falta que aparezca en la escritura esa amortización parcial. Lo que sí que saldrá en la escritura es la subrogación de la hipoteca. Por otro lado, si sólo haces un pago tú y tu pareja no paga nada, eso podría considerarse donación (no importa si luego en la hipoteca ella paga más que tú, porque la deuda la estáis asumiendo los dos). No sé si a esto le afectaría el hecho de si estáis o no casados (y no sé si el régimen matrimonial afectaría, también).
Pero como es una cuenta vivienda creo que sólo puedes destinarla a la compra (a no ser que devuelvas parte de la desgravación). La recomendación que te hago es que vayas a tu delegación de hacienda más cercana y preguntes por la sala de información fiscal (se llama algo así).
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