Fianza piso alquilerRespuestas: 5
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Fianza piso alquiler
Hola, quiero alquilar un piso a unos compañeros y como vivo en Catalunya, parece ser que tengo la obligación de depositar la fianza en el Instut Catala del Sol, mi pregunta es la siguiente:
Re: Fianza piso alquiler
Obligada no estás, a no ser que hagas algún trámite a través del ICS para disfrutar de alguna ventaja (garantía de pago, rebaja de la cuota u otras) Solicitar la fianza es algo habitual para que el propietario pueda afrontar gastos de impagos del inquilino o destrozos en el mobiliario o la casa.
Re: Fianza piso alquiler
Ojo estás obligada a pedirle la fianza y ellos a dártela: Artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre:
Otra cosa es que estés obligada a depositarla porque eso ya es regulación propia de cada Comunidad Autónona, el la andaluza si es obligatorio el depósit, en la comunidad autónoma de Cataluña no lo se.
Re: Fianza piso alquiler
A eso me refería: no está obligada a depositarla en el ICS. De hecho puede depositarla también en la Cámara de propiedad. Se la puede quedar y hacer constancia del pago en el contrato o depositarla.
Re: Fianza piso alquiler. Distintas normativas autonómicas (y dispares sanciones)
Re: Fianza piso alquiler
Es OBLIGATORIO solicitar la fianza en su importe mínimo, y es OBLIGATORIO depositarla, o en el INCASOL o en las Cámaras de la Propiedad. Hay un plazo de 2 meses desde la fecha de contrato. El retraso en el depósito se sanciona con recargos, según el plazo incumplido. |
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