Cláusula escritura...Ayuda

Respuestas: 9

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12/04/10 (19:59)
Cláusula escritura...Ayuda
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Alguien me puede explicar esta cláusula de la escritura de la hipoteca, no la entiendo:
D............., sin perjuicio de su responsabilidad patrimonial universal, que establece el artículo 1.911 del Código Civil y deseando garantizar el buen fin y total cumplimiento de las obligaciones derivadas del préstamo descrito en la cláusula PRIMERA, constituyen hipoteca a favor de BANCO ........, sobre la/s finca/s descrita/s en el exponendo I de esta escritura, en seguridad de la devolución de la indicada suma de Euros 204.900,00 de principal, hasta un máximo de Euros 8.400,90 por razón de sus intereses por el plazo de UN AÑO al tipo máximo fijado en el apartado 5 de la cláusula TERCERA BIS, hasta un máximo de Euros 57.781,80 de intereses de demora de DOS AÑOS al tipo máximo señalado en el citado apartado 5, hasta un máximo de Euros 32.529,92 por costas procesales y hasta un máximo de Euros 8.132,48 por gastos de comunidad, impuestos y primas del seguro correspondientes a la/s finca/s hipotecada/s, si los hubiere

Zona Banca
Alcoriza
en respuesta
a Aleja
12/04/10 (20:08)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Si, tranquilo; eso es la cantidad aproximada que te reclamaría el banco en caso de impago ante una posible demanda judicial, tranquilo. :-)

Aleja
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a Alcoriza
12/04/10 (20:11)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Entonces es algo normal que se ponga?

Alcoriza
en respuesta
a Aleja
12/04/10 (20:14)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Totalmente normal

Aleja
en respuesta
a Alcoriza
12/04/10 (20:16)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Voy a abusar de tu ayuda:
¿por qué el valor de tasación a efectos de subasta es mayor que la tasación para la hipoteca?
La cáusula siguiente también es normal:
El BANCO podrá ceder a cualquier otra persona o entidad todos o cualquiera de los derechos, acciones y obligaciones dimanantes de este contrato, sin necesidad de tener que notificar la cesión o transferencia a los deudores, los cuales renuncian al derecho que, al efecto, les concede el artículo 149 de la vigente Ley Hipotecaria

Alcoriza
en respuesta
a Aleja
12/04/10 (20:19)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Porque el valor a efectos de subasta comprende todas esas cantidades correspondientes a intereses de demora, costas y demás.

Eso es la Titulación de créditos, es decir, que tu entidad vende tu hipoteca a un tercero, pero tranquilo que no te afecta...tu a pagar y yá está.

Saludos

Aleja
en respuesta
a Alcoriza
16/04/10 (18:52)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Ya he firmado hoy.... todo bien! Contaros que el Notario hizo alusión a las cláusulas abusivas y a la sentencia (http://dineroexperto.com/blog/clausulas-abusivas-en-hipotecas-y-tarjetas/), me explicó que llegado el caso, al ser unas cláusulas impuestas sin posibilidad de negociar y ser abusivas, prevalecería el derecho del consumidor, vamos, que como si no estuvieran. Además de anexar a la escritura la referencia a dicha sentencia.

W. Petersen
en respuesta
a Aleja
16/04/10 (18:59)
Re: Cláusula escritura...Ayuda

Este notario me parece que tiene poco futuro con los bancos y cajas, (tiene muchos futuro con los clientes y con su propio "estar bien consigo mismo") la que muchos se enteren de que por su cuenta hace hincapié a cosas que no indica la escritura como una sentencia de TS, llevarán las minutas a otro notario, porque que sea legal le va bien, pero que tenga exceso de celo ya no. En todo caso toma nota de este notario para el futuro, yo de ti cualquier cosa personal a éste, es un buen notario.

Zona Banca