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Obligacion de firmar subrogacion?

1 respuesta
Obligacion de firmar subrogacion?
Obligacion de firmar subrogacion?
#1

Obligacion de firmar subrogacion?

Buenos dias!! Os escribia porque hace unos dias he iniciado una subrogacion para irme de ing a santander, ya que estos últimos me mejoraban el diferencial bastante (1,25, frente al 2 que tengo en la actualidad). El tema es que a mi me gustaría que ING no sólo me igualara la oferta vinculante, si no que la mejorara y ofreciera lo que esta ofreciendo actualmente a nuevos clientes (0,99). Mi pregunta es la siguiente, si ING me enerva e iguala la oferta (quedándose en ese 1.25) y no la mejora, podria yo no firmar la enervacion presentada y quedarme como estoy? Es que yo particularmente quiero seguir con ing siempre que pudieran llegar a ese 0.99, ya que paralelamente kutxa me ofrece hipoteca nueva al 0.90.

Y por ultimo, otra pregunta, también me gustaría ampliar plazo de capital, y me han comentado que actualmente desde abril, ya no se abona únicamente los ICJD del importe ampliado, si no de todo el importe.... y como mi interés es ampliar capital, los gastos se irian facil a los 3000 euros, por lo que también me planteo cancelar hipoteca y apertura de otra en el caso en el que ing no llegue a ese 0.99.
Alguien sabe si Ing simplemente iguala la oferta vinculante o la mejora a las mismas condiciones que ofrecen para nuevos clientes?? Muchisimas gracias simplemente por leerlo, un saludo

#2

Re: Obligacion de firmar subrogacion?

Buenas Jose,

Si tu banco enerva la oferta vinculante, puede igualar o mejorarte las condiciones dependerá de lo que decida la entidad. Yo no tengo experiencia con ellos, te redirijo al hilo de hipotecas de ING a ver si alguien ha pasado por tu situación: https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/2203994-hipoteca-ing-direct?page=120#respuesta_3360430

En cuanto a poder echarte atrás o no, la Dirección General de los Registros y del Notariado, tiene declarado que quien decide si hay o no mejora de las condiciones de la hipoteca a los efectos de otorgar la escritura e inscribirla es el deudor (el cliente, en este caso tú), por lo que interpreto que sí podrías echarte atrás, aunque al firmar oferta vinculante tendrías que pagar por esos gastos de tramitación. Saludos!