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Suelo hipoteca

2 respuestas
Suelo hipoteca
Suelo hipoteca
#1

Suelo hipoteca

Buenas tardes tengo un suelo de hipoteca de un 4% y un techo de un 12% contratado con Caja Guadalajara, hoy la Caixa,reclame al director que me contesto con una carta denegamdomelo, escribi al SAC de la Caixa y me contesto asesoría Juridica denegándolo,me he dirigido al Defensor del asegurado y estoy esperando.

Tengo una duda, y es que parece ser que yo me subrogué en la hipoteca solamente en lo referente al Euribor, pero no a los intereses que en la compraventa ponía Euribor mas 1,25, y en la escritura pone en párrafo aparte no será menor del 4% ni superior al 12%.

El Banco no vino a la firma de la hipooteca, aunque dijeron que venían.

No sé , si es una subrogación simple o hay novación al existir la clausula de suelo-techo (lo digo por la oferta vinculante)

El Departamento Juridico en su escrito pone al final después de mucho preámbulo""En definitiva,la limitacion de la valoración del tipo de interés, es un elemento esencial de la relación jurídica,que, como tal fue determinante para que esta entidad otorgara el consentimiento para la concesion de la operación"" ¿es un reconocimiento de novación?

A mi nadie me informo de este extremo y yo creí que firmaba el Euribor+1,25%, que figuraba en el contrato de compraventa con la inmobiliaria.

Si es así es necesaria la Oferta Vinculante?

Gracias y un saludo

#2

Re: Suelo hipoteca

nadie ha contestado desde noviembre a esta pregunta

#3

Re: Suelo hipoteca

Tu relato es algo complejo para un simple usuario como yo.

a) Hablas de un contrato de compraventa con la inmobiliaria, en el que incluyes euribor más diferencial. Yo en un contrato de compraventa pongo el precio de lo que comprado/vendido. La inmobiliaria, si no es la que financia, poco puede decirte del crédito.

b) Hablas de una hipoteca firmada con la actual Caixa con determinadas condiciones. Si estas condiciones las había pactado otra persona distinta de ti y te subrogaste en sus obligaciones hipotecarias como pago de parte del precio de compraventa difícilmente podrás alegar razonablemente desconocimiento y, si acaso, a quien podrías quizás reclamar es a esa persona que te endosó unas condiciones disfrazadas de otras (promotor, particular o inmobiliaria). Ahí el banco sólo intervendría para autorizar el cambio de titular del crédito hipotecario.

c) Hablas de la necesidad de una oferta vinculante. Es obligatoria cuando yo acudo a pedir un crédito pero si ya conozco las condiciones pactadas anteriormente por otro, el banco no tiene que hacer ninguna oferta si me acojo a lo pactado. Solo si hay un cambio de condicionado (novación) puedo exigir la oferta vinculante y luego comprobar que eso es lo que refleja la escritura.

La mezcla de estos conceptos es lo que, para mí, dificulta poder responder tus demandas con cierto sentido. En cualquier caso estarás supeditado a lo que tengas firmado y documentado, sea lo que fuera que alguien te dijera (o se callara) en algún momento.