El único seguro obligatorio asociado a una hipoteca es el de "incendios" (Cobertura de continente únicamente, donde se asegura la construccion), con cláusula de cesion de derechos a favor de la Entidad que tiene la garantía de la finca asegurada.
A partir de aqui, puede darse dos supuestos:
a) La contratacion del seguro obedece a la vinculacion necesaria para aplicar un diferencial más bajo y se recoge explicitamente en la escritura hipotecaria.
Suelen ser hipotecas bonificadas, que a cambio de domiciliar la nomina, tarjetas, seguros, aportaciones a planes de pensiones... se obtiene una rebaja en el diferencial sobre el Euribor.
b) En el momento de negociar la hipoteca se condicionó la concesion de la operacion con reduccion del diferencial, a cambio de la contratacion del seguro, pero no está recogido en la escritura.
En este caso, transcurrido el primer año, no veo argumento alguno para que el Banco obligue a pagar la prima del seguro de los siguientes 4 años.
El Banco en este caso en concreto ofertó unas condiciones que incluye la contratacion de ese seguro de vida (no obligatorio).No es una estafa, ni es denunciable ni hay conspiracion alguna detras de esto.Simplemente forma parte de la negociacion entre Banco y cliente de una operacion financiera, donde a cambio de obtener unas condiciones económicas mas bajas, la contraprestacion es la contratacion del seguro.
Si en aquel momento no estaba de acuerdo con esas condiciones, podia dirigirse a cualquier otra entidad a negociar su hipoteca.O renegociar con la entidad la no contratacion del seguro.
A nadie le ponen una pistola en la cabeza para que firme la hipoteca. Seguimos teniendo la opcion de negociar y decidir.