Por supuesto que puedes.
Se ha hablado mil veces de eso aquí, de todos modos el depósito no tiene que invertir en fondos ni otros activos financieros sino que ha de ser una cuenta.
https://www.rankia.com/foro/completo.asp?mensaje=112670
Las cuentas viviendas deberán identificarse separadamente en la declaración del Impuesto, consignando, al menos, los siguientes datos:
Entidad donde se ha abierto la cuenta
Sucursal
Número de la cuenta”.
En el presente caso, el consultante mantiene un depósito en calidad de cuenta vivienda. Ante la posibilidad de obtener una mayor remuneración va a cambiar de depósito a otro, en un acto simultáneo de cancelación del actual y apertura del nuevo, por el mismo importe y sin disposición alguna del dinero. Tratándose, señala, de un mero cambio en el tipo de depósito, con la misma finalidad.
El nuevo depósito no podrá consistir en una cuenta financiera ni un instrumento mixto consistente en una cuenta de depósito asociada a contratos de inversión en activos financieros, ni un fondo de inversión. Instrumentos, todos ellos, no contemplados en la regulación de la cuenta vivienda, y que imposibilitarían la deducción.
Conforme a la regulación de las cuentas vivienda, las cantidades han de depositarse en Entidades de Crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición.
Características para considerar un depósito como cuenta vivienda son:
a) Ha de tratarse de un depósito con destino exclusivo, es decir, que las cantidades aportadas no puedan destinarse, temporalmente y en tanto se materializan en la inversión en vivienda dentro del plazo reglamentariamente establecido, a efectuar inversiones en cualquier otro tipo de activo financiero, sino que han de permanecer en la cuenta con un único destino final, la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
b) El saldo ha de permanecer en un depósito bancario separado de cualquier otro tipo de imposición, aunque esto no implica que deba tener una denominación específica como “cuenta vivienda”. Pudiendo transferirse, dentro del plazo reglamentario, de un depósito bancario a otro.
Así que si podrás hacerlo.
Los bancos "son muy listos" y presentan como Cuentas vivienda las que menos rentabilidad tienen. Siempre que se cumplan los requisitos aquí enunciados si es deducible.