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Hipoteca mixta o variable??

12 respuestas
Hipoteca mixta o variable??
Hipoteca mixta o variable??
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#1

Hipoteca mixta o variable??

Mi hipoteca tiene un periodo inicial de interés fijo de 12 meses al 2.85%, y después pasa a interés variable, con revisión semestral.

¿se considera una hipoteca variable o mixta? o ¿es sólo mixta durante el primer año?

Os pregunto esto pues he leído en un post de rankia: (https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/358908-otra-clausula-hipotecas-que-traera-cola) sobre la compensación por riesto de tipo de interés.

He entendido que está comisión sólo se puede aplicar a hipotecas de tipo fijo, por tanto ¿solo me afectaría para el primer año que es a tipo fijo?

Aunque en mi hipoteca no especifica la duración de esta comisión, dice: "en el caso en que como consecuencia de la cancelación subrogatoria o no subrogatoria de un Préstamo Hipotecario, la entidad genere una pérdida de capital según en la ley 41/2007... un 5,00% sobre el capital pendiente en el momento de la cancelación"

¿también esta comisión hace referencia a la amortización parcial?

#2

Re: Hipoteca mixta o variable??

nadie sabría contestarme a lo que expongo?

#3

Re: Hipoteca mixta o variable??

Es en el BBVA?

#4

Re: Hipoteca mixta o variable??

Mixta

¿En tu escritura hay algo como esto? Si no pone nada olvídate del tema y a ver si se pasa pronto este primer año.

Saludos

#5

Re: Hipoteca mixta o variable??

sí Jozzze, es del BBVA, la hipoteca fácil plus.

#6

Re: Hipoteca mixta o variable??

entonces entiendo que solo afecta esa cláusula el primer año al ser tipo fijo, no? después puedo subrogar, amortizar sin tener que dar un 5% sobre el capital pendiente.

Pero me escama que no aparezca reflejado la duración que tiene la comisión, como he leído por ahi que si suele venir.

#7

Re: Hipoteca mixta o variable??

Repito ¿esa comisióm aparece en tu hipoteca?
Que no todas las comisiones se aplican a todas las hipotecas

Saludos

#8

Re: Hipoteca mixta o variable??

Sí aparece en mi hipoteca.

Esta titulada en el punto 2.4 como: "Compensacion por riesgo de tipo de interes", y dice

"En el caso en que como consecuencia de la cancelación subrogatoria o no subrogatoria de un préstamo hipotecario, la entidad genere una perdida de capital segun lo indicado en la Ley 41/2007 por la que se modifica la ley 2/1981 del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria: compensación por Riesgo de Tipo de Interés del 5,00 % sobre el capital pendiente en el momento de la cancelación."

un saludo.