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Derecho a realojo VPO

9 respuestas
Derecho a realojo VPO
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#9

Re: Derecho a realojo VPO

Aquí hay una pregunta muy clara a la que no saben responder ninguna de los dos respondones, pero si saben comportarse como perros rabiosos que atacan y muerden a quien pregunta.
Si se ha firmado ya un contrato por el que te conceden una Vivienda VPO, lo que cuenta es la fecha en que se firmó ese contrato, no la fecha de la ocupación de la Vivienda que aún no has ocupado.
En esa fecha cumplías todos los requisitos para que te diesen una VPO a cambio de tu vieja vivienda.
Si posteriormente heredases una vivienda, eso es algo irrelevante que no afecta para nada al contrato en el que se te concedió una VPO.
Lo que desconozco en este momento es si los poseedores de una VPO no pueden tener otra vivienda libre en Propiedad. Pero eso sería una cincunstancia sobrevenida, cualquiera puede heredar algo y eso no va a invalidar un contrato de concesión de VPO firmado años atrás.
En todo caso no hay ninguna infracción. Lo máximo que te podría ocurrir es que tuvieses que vender una de las dos viviendas. Pero, repito, hay que leerse la normativa de las VPO

#10

Re: Derecho a realojo VPO

Gracias Juan sin tierra por responder solamente a mi pregunta y punto.

Un saludo.