Respecto al préstamo hipotecario vigente y en lo relativo a la sucesión estoy de acuerdo en que nada ha de cambiar. Se les pone la escritura de aceptación de herencia sobre la mesa, se hacen las modificaciones oportunas y listo. Al fin y al cabo suceder es ocupar el lugar de otro y nada más. Lógicamente el banco exigirá que se pase la escritura por el Registro de la Propiedad y se inscriba la nueva situación en que se encuentra la finca y sus cargas y tendrás que pagar los correspondientes honorarios que tampoco va a ser mucho.
Pero pretendes algo más que es quedarte con la propiedad y la carga hipotecaria. Eso ya es almo más que una sucesión. Es una novación. Tu pretendes cambiar las condiciones del préstamo y el banco también puede tener sus propias pretensiones y si uno de los dos no quiere las cosas se quedan como están. Al fin y al cabo las condiciones de un préstamo de hoy no son las mismas de hace cinco años o las de dentro de otros cinco. Eso podrá beneficiar o perjudicar pero es lo que hay.
Si lo que el banco os ofrece no os gusta lo dejáis como está, ponéis los veinticuatro mil y canceláis la hipoteca u os buscáis a otro que os financie la operación de forma más ventajosa.
El último párrafo se refiere a la inscripción de la titularidad de las fincas en el Registro de la Propiedad que es el que da garantías a terceros sobre esa titularidad y sobre las cargas que puedan existir.
La inscripción no es obligatoria. Si tu heredas la vivienda y no lo inscribes y te dedicas a vivir en ella hasta el final de tus días no pasa nada y te ahorras unas perras. Pero si pretendes en algún momento venderla o pedir financiación, el tercero va a acudir allí para asegurarse de que lo que tu dices es correcto y si no lo es no se va a fiar y te dirá que nones y que pongas la situación al día.
Y todo eso guarda relación con el enlace que te he puesto sobre el tracto sucesivo que dicho a lo bestia significa que no vale saltarse las casillas, que cada vez que varía la situación jurídica de una finca hay que ir e inscribirlo y si no lo haces lo tendrás que hacer todo cuando lo necesites, sin que puedas eludir los pasos intermedios que se hayan producido ni mucho menos dejar de pagar por ellos.
Si todo eso no se hace en su momento, se puede hacer más tarde pero supone pérdidas de tiempo, esperas inncecesariias, quizá la pérdida de alguna oportunidad y al final no se ahorra un duro. Y si se continúan haciendo cosas entre parientes sin pasar por el Registro, en algunos casos entre generaciones, cuanto más se deja más gorda se hace la madeja y al que le toque más tiempo y dinero le va a costar desenredarla para poner las cosas al día.