Para los que vienen a este foro a argumentar a favor del peligroso precedente de la suspensión de pagos de Eurobank, cualquier peregrino argumento les sirve para intentar desmontar la posición de Ausbanc Consumo. Sin embargo, hasta la propia nueva Ley Concursal reconoce que una sociedad en liquidación no puede pretender un Convenio de Acreedores para liquidarse: esto no lo decimos ni siquiera nosotros, sino relevantes ponentes de la Magistratura en las recientes jornadas sobre el tema celebradas en Madrid. Por cierto, las ponencias están a la venta para el público en general.
La posición de Ausbanc en este asunto ha sido la misma desde que Eurobank presentó la suspensión de pagos, por mucho que hayamos tenido que contestar a mil y una "provocaciones" e insultos que no "consultas", proferidos en horario continuo, que es lo que muchos "nicks" que aparecen en este foro de Rankia llevan haciendo, y siguen haciendo desde hace muchos meses. Son Vds. los que ni se sabe quién son ni a quién defienden ni en calidad de qué. Las personas que sin ser asociados han deseado realizar una consulta personal en la Asociación sobre una materia específica, han pedido hora y abonado la tarifa de 60,00 euros, y nadie puede pretender que se contesten las cuestiones particulares que se plantean en un foro libre de opinión. Si Vd. ha creído lo contrario, está en un lamentable error.