El informe de los interventores no aprecia causa de suspensión.
El informe de los inteventores judiciales presentado al Magistrado-Juez titular del Juzgado num. 73 correspondiente al estado de cuentas presentado por EUROBANK DEL MEDITERRANEO, S.A. con fecha 27 de agosto solicitando el DERECHO VOLUNTARIO a la suspensión de pagos, considera en su EXTREMO TERCERO sobre "Certeza e inexactitud de las causas que según la Memoria presentada, hayan originado la suspensión" que "LAS CAUSAS ALEGADAS PARA LA PRESENTACION DEL EXPEDIENTE DE SUSPENSION DE PAGOS SON INCOMPLETAS Y ADEMAS, EN TODA LA ARGUMENTACION DE MEZCLAN CAUSAS CON EFECTOS"....y que "EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA SUSPENSION DE PAGOS AUN HABIA LIQUIDEZ PARA SOPORTAR CASI SESENTA DIAS".
Por tanto, consideramos que el informe de los inteventores REAFIRMA el argumentario de AUSBANC CONSUMO para pedir que el Juzgado dictamine el levantamiento de la suspensión de pagos, puesto que si tenía liquidez para "aguantar otros 60 días" en el momento de presentarla, es decir, el 27 de agosto, EN ESTOS MOMENTOS su situación de liquidez es todavía más desahogada.
Es ante estos hechos determinantes y diáfanos: que los inteventores consideren que la suspensión no tiene CAUSA, que EUROBANK se ha puesto nervioso y ha desatado sus estrategias para confundir a los depositantes.