#1
#2
Re: Sueldo en Autónomo Colaborador
Sí, claro.
Pero no puede ser ni arbitrario, ni aleatorio, ni críptico.
No sirve "hacer ajustes" para peinar una mejor tributación.
Si se establece un contrato, donde se fije una retribución, y se paga de forma periódica y demostrable (como de un trabajador más), y se declara a hacienda como salarios, ese salario es gasto deducible.
Y el colaborador entonces tendrá que hacer su declaración de la renta con sus ingresos de ese salario, y el gasto de sus autónomos. (En este caso, aunque la cotización sea en RETA, se declara como gasto de rentas del trabajo)
Pero no puede ser ni arbitrario, ni aleatorio, ni críptico.
No sirve "hacer ajustes" para peinar una mejor tributación.
Si se establece un contrato, donde se fije una retribución, y se paga de forma periódica y demostrable (como de un trabajador más), y se declara a hacienda como salarios, ese salario es gasto deducible.
Y el colaborador entonces tendrá que hacer su declaración de la renta con sus ingresos de ese salario, y el gasto de sus autónomos. (En este caso, aunque la cotización sea en RETA, se declara como gasto de rentas del trabajo)
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
#3