#1
#2
Re: Cuota autónomos tarifa plana 2022/ 2023
Se mantiene el derecho que tenías, pero se añade la nueva cotización MEI, del 0,60 %.
Puede que por alguna razón, te hayan revalorizado la base de cotización.
En tal caso, hasta la base mínima 2022, que era de 960,78 €, es donde se aplica la bonificación de a tarifa plana, y por el exceso de base, ya se cotiza normal del todo.
Consulta el recibo de autónomos de enero, a ver que te han aplicado (no el del banco, el que sale en Mi Seguridad Social del Importass).
Puede que por alguna razón, te hayan revalorizado la base de cotización.
En tal caso, hasta la base mínima 2022, que era de 960,78 €, es donde se aplica la bonificación de a tarifa plana, y por el exceso de base, ya se cotiza normal del todo.
Consulta el recibo de autónomos de enero, a ver que te han aplicado (no el del banco, el que sale en Mi Seguridad Social del Importass).
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
#3
Re: Cuota autónomos tarifa plana 2022/ 2023
#4
Re: Cuota autónomos tarifa plana 2022/ 2023
Creo que no es reclamable.
En todo caso, es rectificable a partir de marzo.
La cuota de febrero, casi casi seguro que te sale igual.
Si miras cual es la base de cotización que has tenido en enero (o la que tienes ahora en febrero), casi seguro que te sale algo parecido o similar a 1.042,45 €.
Eso es porque "alguien", posiblemente, marcó o no marcó "algo" en la solicitud de alta, y quedó que revalorizasen la base de cotización de forma automática.
En este caso (presuntamente, hablo en plan hipótesis de lo que ha trascendido), por los primeros 960,78 € de base de cotización se aplica la tarifa plana antigua, tal y como estaba legislado.
Y por el exceso de base de cotización (los 81,67 € restantes), se cotiza a tarifa ordinaria, el 31,20 %.
Puede solicitar ahora en febrero que para marzo y siguientes te apliquen una base de cotización de solo 960,78 € (que era la mínima del año pasado).
En todo caso, los que tenéis tarifa plana antigua, creo que estáis sujetos a la regularización. Así que el año que viene se mirará cual es el rendimiento neto que comunica hacienda, y se regularizará las bases de cotización en base a ese rendimiento neto final.
En todo caso, es rectificable a partir de marzo.
La cuota de febrero, casi casi seguro que te sale igual.
Si miras cual es la base de cotización que has tenido en enero (o la que tienes ahora en febrero), casi seguro que te sale algo parecido o similar a 1.042,45 €.
Eso es porque "alguien", posiblemente, marcó o no marcó "algo" en la solicitud de alta, y quedó que revalorizasen la base de cotización de forma automática.
En este caso (presuntamente, hablo en plan hipótesis de lo que ha trascendido), por los primeros 960,78 € de base de cotización se aplica la tarifa plana antigua, tal y como estaba legislado.
Y por el exceso de base de cotización (los 81,67 € restantes), se cotiza a tarifa ordinaria, el 31,20 %.
Puede solicitar ahora en febrero que para marzo y siguientes te apliquen una base de cotización de solo 960,78 € (que era la mínima del año pasado).
En todo caso, los que tenéis tarifa plana antigua, creo que estáis sujetos a la regularización. Así que el año que viene se mirará cual es el rendimiento neto que comunica hacienda, y se regularizará las bases de cotización en base a ese rendimiento neto final.
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